Incidente De Liquidacion De Interes Moratorios En Juicio Hipotecario
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BANCO DEL BAJÍO, S. A.,
INSTITUCIÓN DE BANCA MULTIPLE
VS
JUAN ANTONIO VARGAS OROPEZA Y
OTRA
JUICIO: ESPECIAL HIPOTECARIO
EXPEDIENTE: 838/2010
SECRETARIA: “B”
C. JUEZ QUINCUAGESIMO PRIMERO DE LO CIVIL,
EN EL DISTRITO FEDERAL.
KAIN MENDOZA TORRES, con el carácter de Apoderada General para Pleitos y Cobranzas de BANCO DEL BAJÍO, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MULTIPLE, personalidad reconocida en autos, ante usted con el debido respeto comparezco para exponer:
Que con fundamento en los artículos 126, 127, y 128 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, 88, 139 y 140 fracción III y 141, del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, vengo a promover en ejecución de Sentencia Definitiva INCIDENTE DE REGULACION DE GASTOS Y COSTAS DE PRIMERA INSTANCIA, a los que fuera condenada la actora en términos de lo ordenado en el RESOLUTIVO QUINTO de la resolución de fecha 19 de septiembre de 2011, circunstancia por la cual pongo a consideración de ese H. Juzgado la siguiente:
PLANILLA DE LIQUIDACION
1.- El suscrito acredita su calidad de Licenciado en Derecho titulado, con cedula profesional número 3163313 (anexo 1), debidamente registrada ante la Primera Secretaria de Acuerdos de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de esta entidad, con folio 00001442 (anexo 2), abogado patrono que asesoró a la parte actora durante toda la secuela procedimental, como se desprende de actuaciones.
2.- Mediante resolutivo QUINTO de la Sentencia Definitiva de fecha 19 de septiembre de 2011, misma que ha causado ejecutoria como se desprende de constancias de autos, se condenó a los demandados al pago de los gastos y costas, mismos que se cuantificarán en el cuerpo del presente.
3.- Por resolutivo SEGUNDO de dicha sentancia se condenó a la parte de demandada a pagar a la actora …”$717,542.98 (SETECIENTOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS 98/100 M.N.),por saldo insoluto; $204,152.15(DOSCIENTOS CUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y DOS PESOS 15/100 M.N.) en concepto de mensualidades vencidas de septiembre de dos mil ocho a marzo del dos mil diez; y $39,272.27 (TREINTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS PESOS 27/100 M.N.)“…, generados al 28 de abril de 2010.
4.- De una simple operación aritmética consistente en sumar las cantidades condenadas en el resolutivo SEGUNDO, de la Sentencia fechada el dia 19 de septiembre del 2011 se obtiene la cantidad de $960,967.40 (NOVECIENTOS SESENTA MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS 40/100 M.N.), por los conceptos mencionados en el resolutivo en comento.
717,542.98
+ 204,152.15
39,272.27
___________________
960,967.40
5.- Por resolutivo
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