Incidente Por Defecto
Enviado por fgallegoa • 1 de Marzo de 2014 • 946 Palabras (4 Páginas) • 419 Visitas
GONZALEZ ALBA DAVID
VS.
SAIZ GOICOECHEA MARIA DEL PILAR
JUICIO: CONTROVERSIAS DEL ORDEN FAMILIAR
INCIDENTE DE NULIDAD POR DEFECTO EN EL EMPLAZAMIENTO
EXPEDIENTE 1928/2012
SECRETARÍA “B”
C. JUEZ VIGÉSIMO CUARTO DE LO FAMILIAR EN EL DISTRITO FEDERAL
PRESENTE:
MARÍA DEL PILAR SAIZ GOICOECHEA, con la personalidad que tengo acreditada en autos del expediente que al epígrafe se menciona, ante Usted con el debido respeto comparezco para exponer:
Por medio del presente escrito y con fundamento en lo dispuesto en los numerales 56 Fracción III, 74, 76 y demás relativos del código adjetivo de la materia y fuero, vengo a interponer INCIDENTE DE NULIDAD POR DEFECTO EN EL EMPLAZAMIENTO en contra del ilegal emplazamiento a la suscrita en el juicio que nos ocupa por las razones que a continuación expongo:
HECHOS:
1.- En los autos del expediente que nos ocupa se desprende que en la Cédula de Notificación que obra a fojas 43 último párrafo, la citada Cédula de marras adolece de las formalidades ordenadas en el artículo 56 del código adjetivo de la materia, ya que las fechas NO se escribieron con letras, SI SE UTILIZARON ABREVIATURAS y SI se rasparon frases, ya que la supuesta fecha en la que se dejó en poder de la persona que recibió el instructivo dice textualmente 24 de Octubre 2012 (sic); pero el número 24 citado con anterioridad esta sobrepuesto con LIQUIDO CORRECTOR y por ende sobrepuesto a otra fecha, motivo por el cual y con fundamento en los artículos invocados con anterioridad, amén de las dolencias de forma mencionadas, a la ocursante le es imposible saber la verdadera fecha en que fue emplazada a Juicio, por lo tanto y con apego a Derecho, solicito de Usía declare como nula la cédula de notificación de marras con fundamento en el artículo 74 del ordenamiento invocado.
2.- De igual manera, el Acta de Diligencia que obra en autos a fojas 44 y 45, corre la misma suerte que la cédula de notificación, ya que adolece de las formalidades esenciales que ordena el código adjetivo de la materia y toma como fecha de notificación el 24 de Octubre de los corrientes, fecha que esta sobrepuesta con líquido corrector en la cédula de notificación y por ende NO SE PUEDE SABER A CIENCIA CIERTA CUAL ES LA FECHA DE EMPLAZAMIENTO REAL.
En este orden de ideas es claro y evidente que la cédula de notificación y el acta de diligencia de marras, ADOLECEN DE LAS FORMALIDADES QUE MARCA EL CÓDIGO ADJETIVO DE LA MATERIA, motivo por el cuál, se interpone el presente INCIDENTE DE NULIDAD POR DEFECTO EN EL EMPLAZAMIENTO para que Usía declare NULAS dichas actuaciones.
Sirve de apoyo el siguientes criterio Jurisprudencial emitido por los mas altos Tribunales de nuestro país:
Época: Séptima Época
Registro: 250927
Instancia: PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO
TipoTesis: Tesis Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: 145-150 Sexta Parte
Materia(s): Común
Tesis:
Pag. 183
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.;
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