Individualización del reparto
Enviado por GONZALO300 • 11 de Octubre de 2011 • Documentos de Investigación • 644 Palabras (3 Páginas) • 811 Visitas
LA PTU EN LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO
INDIVIDUALIZACIÓN DEL REPARTO:
Se formulará un proyecto en el que se determine la PTU que le corresponde a cada trabajador y se colocará en un lugar visible de la empresa.
Los trabajadores tendrán un plazo de 15 días para realizar las observaciones correspondientes.
En caso de haber objeciones, éstas serán resueltas por comisión mixta dentro de un plazo de 15 días.
DE ACUERDO AL ARTICULO 125 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO
CONSIDERACIONES EN EL CALCULO DE LA PTU
Época de pago:
El reparto de utilidades se efectuará:
• En el mes de mayo para los trabajadores de patrones que sean personas morales.
• En el mes de junio para los trabajadores de patrones que sean personas físicas.
Sujetos obligados:
Están obligados a efectuar reparto de utilidades todas las personas físicas o morales que tengan trabajadores a su servicio, sean o no contribuyentes del Impuesto sobre la Renta.
Sujetos exceptuados
Quedan exceptuados de la obligación de repartir utilidades:
• Empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento.
• Empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo (calificado por SECOFI), durante los dos primeros años de funcionamiento.
• Empresas de nueva creación, de la industria extractiva, durante el período de exploración.
• Instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que con bienes de propiedad particular ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.
El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
• Las empresas que tengan capital menor al que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria, previa consulta con la Secretaría de Industria y Comercio. Dicha Secretaría establece que quedan exceptuadas de la obligación de repartir utilidades las empresas cuyo capital y trabajo generen un ingreso anual declarado al ISR no superior a $300,000, de acuerdo a la resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación del 19 de diciembre de 1996.
Los trabajadores que tienen derecho a recibir PTU son los siguientes:
• Trabajadores de planta, ya sea período indeterminado, determinado u obra determinada (por cualquier período laborado)
• Trabajadores eventuales cuando hayan laborado cuando menos 60 días durante el año
• Trabajadores de confianza
Trabajadores sin derecho a ptu
No tendrán derecho a participar de las utilidades los trabajadores del siguiente tipo:
• Directores, administradores y gerentes generales (tomando en cuenta sus
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