JOSE ANTONIO NAJERA GARCES
Enviado por A5N5T1O2N0I8 • 27 de Noviembre de 2012 • 20.425 Palabras (82 Páginas) • 614 Visitas
QUEJOSO: JUAN SALVADOR GAVIOTA
AMPARO INDIRECTO
C. JUEZ DE DISTRITO EN TURNO EN MATERIA
ADMINISTRATIVA EN EL DISTRITO FEDERAL.
P R E S E N T E.
JUAN SALVADOR GAVIOTA, EN MI CARACTER DE PROPIETARIO DEL ESTABLECIMIENTO MERCANTIL CON DENOMINACION COMERCIAL “ EL ASADOR ”, CON GIRO COMERCIAL DE RESTAURANTE, UBICADO EN LAS CALLES DE XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, DE CONFORMIDAD CON EL ORIGINAL DEL AVISO DE DECLARACION DE APERTURA DE RESTAURANTE, INGRESADO CON FECHA VEINTIDÓS DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS, ANTE LA VENTANILLA UNICAL DELEGACIONAL EN CUAJIMALPA DE MORELOS, AL QUE SE LE ASIGNO EL NUMERO DE EXPEDIENTE 4587, CON FOLIO C-1930193/04 Y SELLO DE REGISTRO 5296-9294, GIROS MERCANTILES DE LA SUBDIRECCIÓN DE GOBIERNO Y POBLACIÓN Y COPIA DE CREDENCIAL PARA VOTAR CON NUMERO DE FOLIO 0000009975140, EXPEDIDA POR EL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL; DOCUMENTOS ANTERIORMENTE DESCRITOS CON LOS QUE SE ACREDITA EL INTERES JURÍDICO Y LEGITIMO, CON QUE SE ACTUA, LOS QUE SE ANEXAN A ESTE OCURSO LEGAL, POR MEDIO DEL CUAL VENGO A DEMANDAR EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL, EN CONTRA DE LOS ACTOS RECLAMADOS QUE A CONTINUACIÓN SE PRECISAN EN EL CAPITULO CORRESPONDIENTE Y, POR LO QUE EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 116 DE LA LEY DE AMPARO VIGENTE MANIFIESTO:
I.-A NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO PARA RECIBIR Y OIR NOTIFICACIONES:
YA HAN SIDO SEÑALADOS Y AHORA SE REITERA QUE ES EL DE JUAN SALVADOR GAVIOTA, CON DOMICILIO LEGAL PARA OIR Y RECIBIR TODA CLASE DE NOTIFICACIONES Y DOCUMENTOS, EL UBICADO EN LAS CALLES DE XXXXXXXXXXXXXXXXXX MÉXICO, 06720, DISTRITO FEDERAL.
I.-B NOMBRE Y DOMICILIO DE LOS AUTORIZADOS EN LOS DEL ARTICULO 27 DE LA LEY DE AMPARO:
CON FUNDAMENTO EN LOS TERMINOS AMPLIOS QUE DISPONE EL ARTÍCULO 27 DE LA LEY DE AMPARO, OTORGO AUTORIZACIÓN PARA QUE SE IMPONGAN DE AUTOS Y RESOLUCIONES Y RECIBAN NOTIFICACIONES, DOCUMENTOS Y COPIAS CERTIFICADAS, AUN LAS DE CARACTER PERSONAL, A LOS SRES. LICENCIADOS EN DERECHO: XXXXXXXXXXXXXXXXXX CON CEDULA PROFESIONAL NUMERO XXXXXX Y CON REGISTRO UNICO DE PROFESIONALES DEL DERECHO NUMERO XXXXX ANTE EL H. CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL; SOLICITANDO QUE EN TODO CASO, LE SEA RECONOCIDA DICHA PERSONALIDAD OTORGADA. ASI COMO A LOS CC. XXXXXXXX; REITERANDO TAMBIEN COMO DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR TODA CLASE DE NOTIFICACIONES Y DOCUMENTOS, EL UBICADO EN LAS CALLES DE XXXXXXXXXXXXX.
II.- TERCERO PERJUDICADO:
NO EXISTE.
III.- AUTORIDADES RESPONSABLES:
PARA CUMPLIR CON EL REQUISITO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 116 FRACCIÓN III DE LA LEY DE AMPARO, SEÑALO COMO AUTORIDADES RESPONSABLES A LAS SIGUIENTES, EN SU CARÁCTER DE ORDENADORAS O EJECUTORAS SEGÚN CORRESPONDA:
A) ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL;.
B) JEFE DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL;
C) DIRECTOR GENERAL JURÍDICO Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS, RESPONSABLE DE LA PUBLICACIÓN DE LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL;
DE LAS AUTORIDADES DEPENDIENTES DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL EN CUAJIMALPA DE MORELOS:
D) C. DIRECTORA GENERAL DE JURÍDICO Y DE GOBIERNO;
E) C. SUBDIRECTOR DE VERIFICACION Y REGLAMENTOS;
F) C. JEFE DE LA UNIDAD DEPARTAMENTAL DE CALIFICACIÓN DE INFRACCIONES;
G) C. CYNTHIA PENÉLOPE GARZA MUÑIZ, PERSONAL ESPECIALIZDO EN FUNCIONES DE VERIFICACION ADMINISTRATIVA;
DE LAS AUTORIDADES DEPENDIENTES DIRECTAMENTE DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FDERAL:
H) C. TESORERO DEL DISTRITO FEDERAL.
ESTA PARTE QUEJOSA DESDE AHORA DETERMINA NO SEÑALAR COMO AUTORIDADES RESPONSABLES A LA C. MARGARITA LIZETH ARCEO MAGAÑA, QUIEN NOTIFICO LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA CON NUMERO DE EXPEDIENTE 05002/12-EM DE FECHA NUEVE DE MARZO DEL DOS MIL DOCE Y EJECUTO EL ACTA DE CLAUSURA TEMPORAL EN CUMPLIMIENTO DE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA, EL VEINTICUATRO DE JULIO DEL DOS MIL DOCE, EN VIRTUD DE QUE EN TODO CASO, YA SE HAN SEÑALADO COMO AUTORIDADES ORDENADORAS A SUS SUPERIORES JERÁRQUICOS, COMO RESULTAR SER LA DIRECTORA GENERAL JURIDICA Y DE GOBIERNO EN CUAJIMALPA DE MORELOS Y EL SUBDIRECTOR DE VERIFICACION Y REGLAMENTOS, RESPECTIVAMENTE. DE IGUAL FORMA, SI EN TODO CASO, EN EL CONTENIDO DE ESTA DEMANDA DE AMPARO, SE MENCIONARE O SE DESPRENDIERA LA PARTICIPACIÓN DE CUALQUIER OTRA AUTORIDAD RESPONSABLE, SE TENGA TAMBIEN POR NO SEÑALADA, POR LOS MISMOS MOTIVOS.
IV. ACTOS RECLAMADOS EN ESTE JUICIO DE AMPARO:
SE RECLAMA DE TODAS Y CADA UNA DE LAS AUTORIDADES SEÑALADAS COMO RESPONSABLES LOS SIGUIENTES ACTOS RECLAMADOS:
DE LAS AUTORIDADES RESPONSABLES: ASAMBLEA LEGISLATIVA, JEFE DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Y DIRECTOR GENERAL JURIDICO Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS, RESPONSABLE DE LA PUBLICACION DE LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, DENTRO DEL CAMPO DE SUS RESPECTIVAS ATRIBUCIONES SE RECLAMAN:
A).- LA EMISION, REFRENDO Y PUBLICACION DE LA NUEVA LEY DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES DEL DISTRITO FEDERAL, PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL DEL 20 DE ENERO DEL 2011, LA CUAL ENTRO EN VIGOR A LOS TREINTA DIAS HABILES SIGUIENTES AL DE SU PUBLICACIÓN, QUE FUE EL 4 DE MARZO DEL AÑO EN CURSO; LA CUAL SE TILDA AHORA DE INCONSTITUCIONAL EN SU TOTALIDAD, AL ESTARSE YA APLICANDO SIN QUE SE HAYA EMITIDO EL REGLAMENTO DE DICHA LEY, EL CUAL DEBIO DE HABERSE PUBLICADO DENTRO DE UN PLAZO DE NOVENTA DIAS NATURALES A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA MISMA; ES DECIR, A MAS TARDAR EL 4 DE JUNIO DEL 2011, TAL COMO LO DISPONE EL ARTICULO OCTAVO TRANSITORIO DE DICHO ORDENAMIENTO LEGAL; YA QUE A LA FECHA, SOLO SE HA PUBLICADO EL 4 DE MARZO DEL 2011, EL REGLAMENTO DE LA LEY DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES DEL DISTRITO FEDERAL, EN MATERIA DE AFORO Y SEGURIDAD EN ESTABLECIMIENTOS DE IMPACTO ZONAL.
B).- LA EMISION, REFRENDO Y PUBLICACION DE LA NUEVA LEY DEL SISTEMA DE PROTECCION CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL, PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL DEL 8 DE JULIO DEL 2011, LA CUAL ENTRO EN VIGOR AL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACIÓN; LA CUAL SE TILDA AHORA DE INCONSTITUCIONAL EN SU TOTALIDAD, AL ESTARSE YA APLICANDO SIN QUE SE HAYA
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