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JUZGADO SEGUNDO LABORAL DE PASTO


Enviado por   •  20 de Octubre de 2015  •  Tarea  •  448 Palabras (2 Páginas)  •  302 Visitas

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REPÚBLICA DE COLOMBIA

Rama Judicial

JUZGADO SEGUNDO LABORAL DE PASTO

San Juan de Pasto, nueve (09), de octubre de dos mil quince (2015)

Asunto                        : ORDINARIO

Demandante                        : JORGE HUMBERTO TEPUD MENA

Demandado                        : HOSPITAL INFANTIL LOS ANGELES

Providencia                        : AUTO DE INADMISION

Radicación                        : 52 001 53 64 002-2015-1122

En la ciudad san juan de Pasto Departamento de Nariño a los nueve (09) días del mes octubre del año dos mil quince (2015), la señora  juez  segundo laboral del  circuito en asocio de su secretario, se constituyó en audiencia pública con objeto de considerar el anterior libelo de demanda presentada por el doctor DAVID ERNESTO CALDERON, contra el señor  WILLIAN EDMON PARDO, gerente general del hospital infantil los ángeles, Abierto el acto público, el señor juez despachó oralmente el siguiente.

AUTO

El Juzgado observa que en el anterior libelo de demanda faltan los siguientes requisitos, exigidos por el artículo 25 numeral es 7 y 8, 25ª y 26 del código de procedimiento laboral:

  • Replantear los hechos; como son, no hay claridad, además no comprende este juzgado porque concepto se establece la fecha de nacimiento del demandante  y cuál fue la causa de despido planteada por el demandado además hay inconsistencia en las fechas estipuladas no concuerdan las letras con los números.
  • Respecto a las pretensiones, falta coherencia con relación a los hechos  y especificar lo pretendido.
  • Referente a las pruebas, el poder no es el original, requisito sin ecuánime para el reconocimiento de las partes como sujetos procesales; fue adjuntada una copia.
  • frente a la Cuantía y competencia, falta de certeza del valor cuantitativo de la deuda del sujeto pasivo con la obligación que hace referente el demandante.

En tal virtud de lo expuesto, el Juzgado

RESUELVE

Devuélvase el libelo de demanda a la parte interesada, para que realice las correcciones anotadas y lo presente nuevamente y así darle el trámite legal correspondiente.

Notifíquese y cúmplase.

 No siendo otro el objeto de la presente audiencia, se termina y firma como aparece.

La juez,

KARE MARGARITA AGULO GONNZALEZ

El secretario,

LUIS ALBERTO TENORIO

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