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Jueces Menores


Enviado por   •  28 de Octubre de 2013  •  4.297 Palabras (18 Páginas)  •  411 Visitas

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Ciudad Victoria, Tamaulipas, a los quince días del mes de agosto del dos mil trece, siendo las once horas con quince minutos, da inicio los trabajos relativos a la mesa número cuatro dentro de la Primera Reunión Estatal de Impartidores de Justicia de Tamaulipas, coordinada por los Consejeros de la Judicatura Elvira Vallejo Contreras, Pedro Francisco Pérez Vázquez, Héctor Luis Madrigal Martínez y Ernesto Meléndez Cantú, y conformada por los Jueces Menores.

Primera Ponencia:- Licenciada Adriana Pérez Prado, Juez de Primera Instancia Civil de Ciudad Mante, con el tema: “Protocolo de Actualización desde la perspectiva de la legislación estatal en materia de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes”, abordando en su ponencia diversos matices del protocolo, entre los que destaca: la definición del protocolo internacional, sus principios, reglas de actuación y reglas especiales, así como su finalidad.

Haciendo alusión de que los juzgadores al momento de llevar a cabo cualquier diligencia jurisdiccional, deben desarrollar una técnica que coadyuve para el efecto de que los menores gocen de un mejor trato, así como buscar alternativas para evitar que se prolonguen sus estancias en los juzgados, ya que esto puede derivar en afectar su estado emocional, debiendo hacer únicamente indispensable las comparecencias estrictamente necesarias.

De igual forma que al momento de sus comparecencias, sean asistidos correctamente con un profesional del derecho, ya sea designado por el propio juzgador en el caso de que vea que existe un conflicto de intereses entre sus padres, siendo una solución nombrar a un defensor público, o algún otro abogado independiente a los que representan los intereses de sus padres, buscando con ello proteger y velar por el interés superior del menor.

Asimismo cerciorarse de la capacidad del menor, con el objeto de determinar si el menor o adolescente comprende lo que se le está haciendo saber por parte del juzgador al momento de su comparecencia, debiendo siempre tener especial cuidado en la admisión y desahogo de la prueba en la que éste participa.

Además, mencionó que el niño o la niña debe estar siempre acompañado de una persona que le inspire confianza, y en ausencia de esta, el juzgador a través de sus métodos realice lo conducente para que el menor armonice con el ministerio público, para que le dé la tranquilidad de desarrollar con naturalidad y seguridad su participación en la diligencia a desarrollarse, por lo que concluye la ponente en que es indispensable que el funcionario judicial tome en consideración siempre las características propias de los menores, como lo son la edad, la escolaridad, su entorno social, entre otros, sin que deje pasar por alto en asentar judicialmente todos los detalles por más mínimos que sean para que al momento de resolver en definitiva, sean elementos que ayuden a salvaguardar el interés superior del menor.

Acto continuo, se le cede el uso de la palabra por parte de la Coordinación de la mesa de trabajo a quien deseé hacer alguna pregunta o aportación, por lo que solo se recibieron por escrito dos preguntas por parte del los Jueces Menores Licenciados María Elena Casas Guerra y José Luis Márquez Sánchez, mismas que quedaron registradas en el sistema creado para tal efecto, y que en su momento serán respondidas por la ponente.

Segunda Ponencia:- Lic. Perla Lissette Estrada Muñoz, Coordinador de los Centro de Convivencia Familiar, con el tema: “Lineamientos Generales de los Centros de Convivencia Familiar”, inició su exposición en primer término justificando la creación de los Centros de Convivencia Familiar en el Poder Judicial, haciendo mención que a la fecha se encuentran actualmente funcionando en los municipios de Victoria y Reynosa, y se tiene la intención de ampliarse en los Distritos Judiciales con mayor volumen poblacional. Destacó que el objetivo principal de estos Centros es que en los casos en donde un menor se vea involucrado en el proceso de divorcio de sus padres y hasta que éste culmine, exista un lugar neutral en el que se pueda llevar a cabo la convivencia del menor con el padre no custodio, y con ello evitar conflictuar en mayor proporción las relaciones interpresonales entre los padres, lo cual afectaría directamente al menor, asimismo se busca respetar con mayor pulcritud las resoluciones judiciales por lo que hace a las reglas de convivencia.

Además, señaló que se brinda un servicio integral, constituido por un equipo especializado de psicólogos, enfermeras, trabajadores sociales.

Presentó el diseño del CECOFAM Victoria, el cual cuenta con: dos edificios uno administrativo en el que está el control de acceso, área de enfermería y cubículos para evaluaciones y psicoterapia y el edificio de convivencias que cuenta con recepción, salas de encuentro, de televisión, estudio – biblioteca, comedor con cocineta, área de juegos y descanso para menores de 0 a 2 años, área de juegos interior, área verde, terraza con juegos infantiles y mesa de jardín, cuarto de juego para psicoterapia infantil con cámara Gisell.

Mencionó sobre los beneficios de los Centros de Convivencia Familiar, destacando: 1.- Es un lugar neutral para las partes. 2.- Un espacio para que cuando la convivencia sea fuera del Centro, sirva para la entrega y regreso del menor, por acuerdos de los padres. Haciendo una valoración al momento de recibirlo y entregarlo. 3.- Auxiliar a los Jueces Familiares, cuando se requiera la intervención en materia pericial. Se hace cuando se tiene la sospecha de un síntoma de abuso. 4.- Proporcionar apoyo psicoterapéutico. 5.- Se pretende que en un futuro el servicio se proporcione los 365 días del año, para no interferir en la convivencia en el periodo vacacional.

Por último, hizo la recomendación a los juzgadores que al momento de resolver sobre las reglas de convivencia tomen en consideración la adaptación del menor en los Centros de convivencia, es decir, que en un principio sean menos horas de convivencia y paulatinamente vaya en aumento.

Para concluir con la participación de la Licenciada Perla Estrada, la coordinación de la mesa, dio un espacio para preguntas, las cuales fueron hechas por escrito por los Jueces Menores Licenciados Karla Karina Trejo Torres, Laura Nancy de la Garza Magaña, Rafael Carvajal Rivera y José Luis Márquez Sánchez, las cuales se subieron al sistema que se elaboró para tal efecto y se responderán en su momento por la ponente.

Tercer Ponencia: Doctor Juan Plutarco Arcos Martínez, Director del Centro de Actualización Judicial e Investigación Procesal, con el tema: “La Capacitación Judicial del Siglo XXI”, cuyo objetivo es dar a conocer las tendencias actuales en materia de capacitación, donde los programas deben ser organizados con el propósito de desarrollar esencialmente

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