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Justicia Comunitaria


Enviado por   •  11 de Junio de 2012  •  825 Palabras (4 Páginas)  •  1.963 Visitas

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JUSTICIA COMUNITARIA

1.- CONCEPTO

Es una institución de Derecho Consuetudinario que permite sancionar las conductas reprobadas de los individuos pero sin la intervención del Estado, sus jueces y su burocracia, sino directamente dentro la comunidad de individuos en la que las autoridades naturales de la comunidad hacen de equilibrantes entre las dos partes enfrentadas.

2.- ORIGEN

Se han conocido de experiencias asociadas a la Justicia Comunitaria en diferentes países, sin embargo la justicia comunitaria es tan antigua como la propia humanidad y en específicamente en Bolivia ha pervivido desde la época de la conquista y la colonia. Durante la República, en el ámbito constitucional boliviano, la primera mención que se realiza respecto a las comunidades indígenas, la encontramos en la reforma de la Constitución Política de Bolivia de 1938, señalaba:

Artículo 165.- El Estado reconoce y garantiza la existencia legal de las comunidades indígenas.

Artículo 166.- La legislación indígena y agraria se sancionará teniendo en cuenta las características de las diferentes regiones del país.

Artículo 167.- El Estado fomentará la educación del campesino, mediante núcleos escolares indígenas que tengan carácter integral abarcando los aspectos económico, social y pedagógico.

Esta fecha marca el hito para el reconocimiento de la justicia comunitaria, no la creación, porque esta clase de justicia ya existía en las comunidades indígenas.

En la Ley Contra la Violencia en la Familia o Domestica

Asimismo la Ley Nº 1674 (15 diciembre 1995) de Ley Contra la Violencia en la Familia o Domestica en el Art. 16 reconoce que:

Articulo 16º.- (Autoridades Comunitarias). En las comunidades indígenas y campesinas, serán las autoridades comunitarias y naturales quienes resuelvan las controversias de violencia en la familia, de conformidad a sus costumbres y usos, siempre que no se opongan a la Constitución Política del Estado y el espíritu de la presente ley."

Podemos ver que la Justicia Comunitaria tiene su origen en el caso de países latinoamericanos en Bolivia, en nuestros aborígenes, quienes la aplicaban desde sus inicios, estando esta vinculada directamente al Derecho Consuetudinario.

3.- CARACTERÍSTICAS

• Consensual. No funciona por el principio de mayoría, sino por decisión colectiva, de complementariedad, de consenso.

• Informalidad. La gente participa sin formalidades, con su lenguaje común, y sin erogaciones económicas.

• No profesional. Los implicados concurren personalmente y se enfrentan “cara a cara”; no hay jueces de derecho sólo hay guías y orientadores del mismo nivel de los participantes o implicados.

• Colectiva. Las partes del conflicto son consideradas en el ambiente en que el problema se presenta, por esto, no son considerados individualmente, sino en relación y con participación de amigos y parientes.

• No estatal. No deben participar las autoridades

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