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LA FAMILA EN EL DERECHO ROMANO


Enviado por   •  5 de Diciembre de 2011  •  3.622 Palabras (15 Páginas)  •  842 Visitas

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MATERIA: DERECHO ROMANO

1ER. CUATRIMESTRE GRUPO “A”.

ENSAYO FINAL: LA FAMILIA

INTRODUCCIÓN

El derecho romano es un conjunto formado por las disposiciones jurídicas y el sistema legal desarrollado en roma desde la primera compilación de leyes, conocida como la ley de las doce tablas, en el año 450 a.c., hasta la muerte de Justiniano I, soberano del imperio bizantino, en el año 565 d.c. de forma concreta, se utiliza para designar la compilación de la ley conocida como corpus iuris civilis, también llamado código de Justiniano, realizado bajo los auspicios del mismo y que fue la base del derecho civil de muchas naciones europeas continentales. Antes de las XII Tablas, el derecho en roma tenía un carácter religioso y su interpretación la realizaban sacerdotes que eran miembros de la clase patricia. Las protestas y agitaciones de la clase plebeya condujeron a que la ley consuetudinaria existente se escribiera añadiendo algunos principios que no formaban parte de la costumbre. La ley de las doce tablas, tras ser escrita, fue sometida a una asamblea popular y aceptada. Este código contiene reglas simples, ajustadas a una comunidad agrícola, establece la igualdad ante la ley de los patricios y los plebeyos y fue erigido en la fuente de todo el derecho público y privado romano. El sistema legal instaurado por este código y el conjunto de reglas que se desarrollaron a su alrededor era aplicado en exclusiva a los ciudadanos romanos y se conocía como el ius civile. Uno de los principales temas que regulo el derecho romano fue La familia. En un sentido moderno, la “familia” es un complejo de personas ligadas entre sí por un vínculo natural. Esta noción, sin embargo, en el derecho romano, permaneció por largo tiempo absorbida por un concepto más amplio mismo que será el objeto de estudio en el presente ensayo.

LA FAMILIA ROMANA

Es el grupo de personas que viven sometidas al poder doméstico de un mismo jefe de casa o pater familias (sui iuris), sean descendientes inmediatos o mediatos, la esposa, la nuera, los hijos (filius familia - alieni iuris). Por otro lado familia significa también para los romanos, el conjunto de bienes del pater familias, así como el conjunto de esclavos sometidos a la potestad dominical del mismo. Pater familias o jefe de familia: es el título dado al individuo (sui iuris), es decir, el que está libre de toda autoridad, dependiendo de él mismo. Que tiene derecho de tener un patrimonio y de ejercer sobre otro las cuatro clases de poderes que contempla el ius civile (derecho del amo sobre el esclavo) patria potesta, manus y mancipium. Ese concepto no estaba ligado al hecho de tener descendencia o de haber engendrado hijos. Además cumple como sacerdote de los ritos domésticos: las sacra privata o ceremonias de culto familiar. Con el derecho de la familia, lo que vemos nuevamente es las personas, y como ya sabemos, desde el punto de vista del lugar que guarda el individuo dentro de la familia, el alieni iuris y por lo tanto estará sometido a la autoridad de un paterfamilias. Un sui iuris, el cual no se subordina a ninguna autoridad. Las personas alieni iuris pueden ser sometidas a tres autoridades. En cambio las sui iuris, no se someten a la autoridad de nadie, pero su capacidad puede estar limitada, un ejemplo sería la edad, en esta organización el parentesco es la división de las personas desde un punto de vista familiar; esto es que son los lazos que unen a los distintos miembros de una familia, estos lazos podían ser de carácter natural civil, siendo diferentes las consecuencias que uno u otro producía. En roma nos encontramos con un parentesco natural, o de sangre llamado cognación y un parentesco civil creado por la ley, que se le daba el nombre de agnación. Cognatio: es el parentesco que une a las personas descendientes una de otras en línea recta o descendientes de una autor común en línea colateral, sin distinción de sexo. Agnatio: es el parentesco civil fundado por una autoridad paternal o marital, solo será reconocido en la línea masculina. Otro punto que debemos abordar es el de la Patria Potestad, Es la relación paterno-filial que tiene por núcleo el deber de los padres de criar y educar a sus hijos. La potestad sobre los hijos era, en el derecho romano, un poder absoluto del padre creado en beneficio de la familia, esta pertenece al jefe de la familia, quien la ejerce sobre sus descendientes, que forman la familia civil o agnaticia. En el contenido de la patria potestad se pueden apreciar cuatro aspectos. 1.-personal  

en este aspecto deben los padres velar por sus hijos: cuidarlos en forma correspondiente a su edad y circunstancias; tenerlos en su compañía y prodigarles un trato afectuoso; alimentarlos, educarlos y procurarles una formación integral, o sea, física, moral e intelectual, en la medida de sus posibilidades. Están facultados para corregirlos de un modo razonable y con moderación; en correspondencia, éstos deben obedecer a sus padres mientras permanezcan bajo potestad, y respetarles siempre. 2.- patrimonial: los padres deben administrar los bienes de los hijos con la misma diligencia que los suyos propios. en casi todos los países ha desaparecido el usufructo de los padres sobre los bienes de los hijos, pero éstos deben contribuir al levantamiento de las cargas familiares cuando sea preciso. 3.-representación: en los asuntos personales y patrimoniales el hijo no emancipado no puede actuar por sí y en lugar suyo actúa su padre o madre, que lo representan. no pueden representar los padres al hijo cuando exista conflicto de intereses con él; en estos casos se nombrará al hijo un defensor judicial. 4.-tutela: la tutela es la institución ordinaria de guarda legal de los menores de edad no emancipados que sean huérfanos o cuyos progenitores se hallan privados de la patria potestad, así como los incapacitados por locura o sordomudez. Todo esto forma parte de lo que los romanos llamaban derechos sobre las personas. En los principios de roma el poder de paterfamilias era prácticamente limitado, llegando incluso a tener derecho de vida y muerte sobre sus descendientes, así como el hecho de poder manciparlos a una tercera persona. Este poder fue paulatinamente frenado por el derecho y ya en la época republicana se hizo mucho más moderado. Así mismo el derecho sobre los bienes era exclusivo del paterfamilia. Ahora bien es necesario hacer un recorrido por las relaciones de potestad. El paterfamilias tiene un poder pleno e ilimitado sobre todos los miembros de la familia que se manifiesta en formas diversas:

* Patria potestas, poder del padre sobre los hijos y las esposas de estos in manu;

* Manus, poder sobre la mujer que entra en la familia, las hijas y la mujer in manu;

* Dominica potestas, poder sobre los esclavos.

El poder absoluto y pleno del padre (patria potestas)

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