LA PROTECCIÓN DE LOS CONSUMIDORES FRENTE A LAS CLÁUSULAS ABUSIVAS
Enviado por cxrlvsss • 6 de Marzo de 2019 • Apuntes • 925 Palabras (4 Páginas) • 74 Visitas
FICHA N.º 18-2. INTRODUCCIÓN AL DERECHO. GRUPO D
TEMA: LA PROTECCIÓN DE LOS CONSUMIDORES FRENTE A LAS CLÁUSULAS ABUSIVAS
PLANTEAMIENTO DE ALGUNAS CUESTIONES JURÍDICAS:
-¿Permite nuestro Derecho que una de las partes pueda establecer todo el contenido del contrato, de manera que la otra parte solamente puede aceptarlo o rechazarlo en su totalidad, sin poder modificarlo?
-¿Ha realizado usted algún contrato en estas condiciones? ¿Son frecuentes estos contratos actualmente?
-¿Qué son las condiciones generales de la contratación?
-¿Qué ventajas e inconvenientes tiene esta forma de contratar? ¿Puede perjudicarse a alguno de los contratantes?
-¿Cómo protege el Derecho a quien puede resultar perjudicado mediante esta forma de contratar?
LAS NORMAS JURÍDICAS APLICABLES:
-Arts. 80 y ss. TRLDCU (Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios); LCGC (Ley de Condiciones Generales de la Contratación).
PRINCIPALES CONCEPTOS JURÍDICOS:
Contrato de adhesión; Consumidor o usuario; Empresario; Condición general de la contratación; Libertad contractual; Control de incorporación; Control de contenido; Buena fe; Cláusula abusiva; Ineficacia parcial.
TAREA PROPUESTA:
Se pide que responda de forma razonada sobre si las siguientes cláusulas serían, en su opinión, abusivas o no. En caso de entender que lo son, debe señalar si serían abusivas por entenderse incluidas en alguna o algunas de las cláusulas declaradas por la ley como abusivas en los arts. 85 a 90 del TRLDCU (es la lista negra de cláusulas abusivas) o si serían abusivas por aplicación del criterio general establecido en el art. 82.1 TRLDCU.
1.º) Un usuario utiliza el parking de un establecimiento comercial durante el tiempo que tarda en realizar compras en el mismo. El precio por el uso del parking se ha establecido por minutos, pero existe una cláusula general expuesta al público que dice que se entenderá redondeado al alza a la media hora siguiente al tiempo efectivo ocupado por el cliente.
El cliente ha tenido estacionado su vehículo desde las 11:00 a las 12:05, pero pretender cobrarle hasta las 12:30 horas en virtud de esa condición general establecida.
Sí es una clausula abusiva ya que el artículo 87.5 enuncia que son clausulas abusivas “ Las estipulaciones que prevean el redondeo al alza en el tiempo consumido o en el precio de los bienes o servicios o cualquier otra estipulación que prevea el cobro por productos o servicios no efectivamente usados o consumidos de manera efectiva.
2.º) El cliente de un hotel sufre daños personales (rotura de una pierna) por la caída en el mismo a causa de encontrarse mojado el suelo y no haber sido señalizado por el personal del hotel.
Sin embargo y cuando el cliente pretende reclamar al hotel su responsabilidad por los daños (el coste de la asistencia sanitaria, medicinas, los días de baja en su trabajo, etc) el hotel le muestra las condiciones generales expuestas al público en la recepción y en una de ellas se especifica que el hotel no se hace cargo de los posibles daños sufridos por los clientes a causa de las caídas sufridas por éstos durante su estancia en el mismo.
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