LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS
Enviado por Juanyr • 24 de Agosto de 2012 • 482 Palabras (2 Páginas) • 593 Visitas
Para que un documento público emitido en el extranjero surta sus efectos jurídicos en México y viceversa, es necesario que se encuentre legalizado. La legalización de documentos públicos tiene por finalidad certificar la autenticidad de la firma que ostenta el documento, del sello y la calidad en que el signatario del mismo haya actuado. La legalización nada tiene que ver con el contenido del documento, sino con aspectos externos de él.
Actualmente en México existen dos sistemas de legalización de documentos públicos :
1) El consular, se conoce también como sistema de legalización tradicional, sucesiva o en cadena; y 2) El de apostilla, se conoce también como apostillamiento.
Sistema de Legalización Consular, Sucesiva o en Cadena
Este sistema de legalización consiste en que los documentos públicos mexicanos que se pretende surtan efectos legales en un país que no forma parte de la Convención, deben contar con una serie de legalizaciones de distintas autoridades que van enlazadas una de otra, de tal manera que si una de ellas no se hace, el documento no estará legalizado.
Este procedimiento comprende cuatro pasos, los cuales comentamos enseguida, partiendo de que el documento a legalizar es un instrumento notarial.
Primer paso: La Secretaría de Gobierno de la entidad federativa donde ejerce sus funciones el notario verifica la autenticidad de la firma y sello del notario. Tratándose de un notario del Distrito Federal, esta función corresponde a la Oficina de Asuntos Jurídicos y Notariales de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos del Gobierno del Distrito Federal.
Segundo paso: La Secretaría de Gobernación comprueba y da fe de la autenticidad de la firma del funcionario de la Secretaría de Gobierno del Estado que legalizó el documento, o bien, del funcionario del Gobierno del Distrito Federal, según sea el caso.
Tercer paso: La Secretaría de Relaciones Exteriores verifica que la firma del funcionario de la Secretaría de Gobernación sea auténtica.
Cuarto paso: Por último, el documento se legaliza en el consulado o representación diplomática del país destinatario acreditada en México, donde se certifica la firma del funcionario de la Secretaría de Relaciones Exteriores.
Como se puede apreciar, llevar a cabo este procedimiento de legalización en cadena o sucesiva, resulta lento, complejo y oneroso para los interesados, ya que el tiempo de este proceso es de tres a cuatro semanas, y en cuanto a las erogaciones económicas que el mismo origina, estímelo usted y tome en cuenta en ello las distancias que tiene que recorrer para lograrlo y el pago de los correspondientes derechos. Sin duda este procedimiento frustra la agilidad que exigen las condiciones actuales del comercio internacional.
Los documentos extranjeros provenientes de países que no hayan suscrito
...