LEY SOBRE MODALIDADES FORMATIVAS LABORALES
Enviado por comidaxxx • 25 de Marzo de 2014 • 1.487 Palabras (6 Páginas) • 302 Visitas
LEY SOBRE MODALIDADES FORMATIVAS LABORALES
TÍTULO PRELIMINAR
DE LOS PRINCIPIOS, OBJETIVOS Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
Artículo I.- Principios
I.1 La persona es el centro fundamental de todo proceso formativo; en consecuencia, las modalidades formativas que se desarrollen deben fijarse como meta principal que la persona alcance a comprender su medio social en general y su medio de trabajo en particular, a fin de que esté en condiciones de incidir en estos de manera individual y colectiva.
I.2 Toda persona tiene derecho de acceder en igualdad y sin discriminación alguna a la formación profesional y que su participación en las diversas modalidades formativas aprobadas le permita mejorar su empleabilidad en el mercado laboral.
I.3 Resulta imprescindible que la formación recibida se complemente con una adecuada experiencia práctica en el seno de la empresa, debidamente programada por las partes intervinientes en las modalidades formativas aprobadas, confirmando así la necesidad del principio de Adecuación a la Realidad del proceso formativo para asegurar su calidad y pertinencia.
Artículo II.- Objetivos
Son objetivos de la presente Ley:
a. Coadyuvar a una adecuada y eficaz interconexión entre la oferta formativa y la demanda en el mercado de trabajo;
b. Fomentar la formación y capacitación laboral vinculada a los procesos productivos y de servicios, como un mecanismo de mejoramiento de la empleabilidad y de la productividad laboral y,
c. Proporcionar una formación que desarrolle capacidades para el trabajo, que permitan la flexibilidad y favorezcan la adaptación de los beneficiarios de la formación a diferentes situaciones laborales.
Artículo III.- Ámbito de aplicación
El ámbito de aplicación de la presente Ley comprende a todas las empresas sujetas al régimen laboral de la actividad privada.
CAPÍTULO I
DE LAS MODALIDADES FORMATIVAS
Artículo 1.- Modalidades formativas
Las modalidades formativas son tipos especiales de convenios que relacionan el aprendizaje teórico y práctico mediante el desempeño de tareas programadas de capacitación y formación profesional.
Artículo 2.- Tipos de modalidades formativas
Las modalidades formativas son:
1. Del aprendizaje:
a. Con predominio en la Empresa.
b. Con predominio en el Centro de Formación Profesional:
b.1 Prácticas Preprofesionales.
2. Práctica Profesional.
3. De la Capacitación Laboral Juvenil
4. De la Pasantía:
a. De la Pasantía en la Empresa.
b. De la Pasantía de Docentes y Catedráticos.
5. De la actualización para la Reinserción Laboral.
Artículo 3.- Derechos y beneficios
Las modalidades formativas no están sujetas a la normatividad laboral vigente, sino a la específica que la presente contiene.
Artículo 4.- Centros de Formación Profesional
Son entidades especializadas los Centros de Formación Profesional debidamente autorizados por el Ministerio de Educación; los Servicios Sectoriales de Formación Profesional, y otros que se creen con igual finalidad y a los que la Ley les otorgue tales atribuciones.
Asimismo, los Servicios de Formación Profesional debidamente autorizados por el sector de competencia, gestionados por organizaciones, empresas, gremios empresariales y organizaciones sindicales que reúnan los requisitos de calidad y pertinencia según los lineamientos de la Política Nacional de Formación Profesional. Dichas entidades se rigen por sus normas especiales y las que señala la presente Ley.
CAPÍTULO II
DEL APRENDIZAJE
Artículo 5.- Definición del aprendizaje
El aprendizaje es una modalidad que se caracteriza por realizar parte del proceso formativo en las unidades productivas de las empresas, previa formación inicial y complementación en un Centro de Formación Profesional autorizado
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