La Jurisdiccion
Enviado por bailadores • 23 de Octubre de 2012 • 1.447 Palabras (6 Páginas) • 349 Visitas
La jurisdicción: se define como: la actividad del Estado dirigida a la función pública de administrar justicia mediante la creación y aplicación de normas destinadas a la composición del proceso, con la intervención del juez, las partes y los interesados con la finalidad de que se produzca y se ejecute la decisión correspondiente conforme a lo que se determine en la ley.
La jurisdicción en Sentido procesal:
Función pública=para administrar justicia= emana de la soberanía del estado=se ejerce a través de órganos especializados.
La jurisdicción fundamento constitucional:
División tripartita del poder art 253 de la constitución nacional: “la potestad de administrar justicia emana de los ciudadanos y se imparte en nombre de la republica por autoridad de la ley….corresponde a los órganos del poder judicial conocer de las causas y asuntos de su competencia mediante los procedimientos que terminen las leyes, y ejecutar o hacer ejecutar sus sentencias.”
Objeto y fin:
Dirimir conflictos y controversias relevantes jurídicamente=obtener la cosa juzgada o solución definitiva= la paz social.
Naturaleza jurídica:
Derecho público del estado=deber de sometimiento de los particulares=obligación jurídica del estado de prestar la jurisdicción= sujeto activo: el estado= sujeto pasivo: los particulares.
Elementos:
Poder de documentación e investigación=poder de decisión=poder de coerción=poder de ejecución.
Características:
Presupuesto procesal=carácter público=monopolio del estado=autonomía de la función.
La jurisdicción clasificación:
Jurisdicción contenciosa: se caracteriza por la existencia de un conflicto, una controversia entre las partes. Por un lado, existe un demandante que solicita la tutela del juez, y por el otro un demandado contra quien aquél dirige su petición o pretensión. Siempre existe un proceso contencioso que se inicia con una demanda contentiva de una pretensión
Jurisdicción graciosa: no existe un conflicto de intereses, siempre interviene el órgano jurisdiccional que va a proveer lo que es solicitado por el peticionario, quien no es propiamente un demandante.
• De derecho y equidad.
Ramas:
Ordinaria y especial=según la competencia de los tribunales: civil, penal, militar, constitucional, laboral, agraria, tributaria.
La acción: derecho público, subjetivo, abstracto y autónomo, que tiene toda persona natural o jurídica de recurrir a la jurisdicción del estado para su aplicación a un caso concreto a través de un proceso mediante una sentencia.
Elementos:
Es un derecho público=es un derecho subjetivo=es un derecho abstracto=es un derecho autónomo=pertenece a toda persona natural o jurídica=envuelve el derecho de recurrir a la jurisdicción del estado=su objeto es la aplicación de la ley a un caso concreto=a través de un proceso=mediante una sentencia.
La acción condiciones para su ejercicio:
Interés legitimo=instancia del interesado=afirmación de ser titular de un derecho controvertido.
La acción y la pretensión:
La pretensión fin concreto que el demandante persigue a través del ejercicio del derecho de acción, es decir, las declaraciones que se pretende se hagan en la sentencia.
Diferencia entre acción y pretensión:
• La pretensión es un acto, la acción un derecho
• La pretensión tiene por fin obtener una sentencia favorable, la acción solo poner en movimiento la jurisdicción del estado
• La pretensión es el mismo derecho subjetivo reclamado en la demanda, la acción es un derecho distinto
• La acción es anterior a la pretensión, pero no es causa de ella
• Ambas se ejercen a través de la demanda.
La pretensión: es el acto por el cual el demandante afirma ser titular de n interés jurídico frente al demandado y pide al juez que dicte una decisión con autoridad de la cosa juzgada que lo reconozca.
Elementos:
• Los sujetos de la pretensión: DEMANDANTE Y DEMANDADO.
• El objeto de la pretensión: TUTELA DEL INTERES PARTICULAR
• El titulo o causa peten di: RAZON Y FUNDAMENTO
Acumulación de pretensiones: acto o serie de actos en virtud de los cuales se reúnen en un mismo proceso 2 o más pretensiones conexas, con el fin de que sean examinadas y decididas dentro de aquel único proceso.
Clases de acumulación de pretensiones:
• Acumulación inicial: desde el comienzo del proceso
• Acumulación sucesiva: después de iniciado el proceso
• Acumulación simple: se plantean concurrentemente
• Acumulación eventual o subsidiaria: se hace valer una pretensión principal y dependiendo de su resultado se hacen valer otras para ser resueltas subsidiariamente
• Acumulación facultativa: por voluntad o iniciativa de la parte
• Acumulación imperativa: cuando el juez la acuerda de oficio
• Acumulación indebida: la que se realiza:
Cuando las pretensiones se excluyen mutuamente entre si
Cuando por razón de la materia corresponda conocer a distintos tribunales
Cuando tengan procedimientos legales incompatibles.
El proceso: conjunto de actos coordinados que se ejecutan por o ante los órganos jurisdiccionales del estado jueces o tribunales competentes para la administración de justicia para obtener mediante la actuación de la ley en los casos concretos la declaración, defensa o realización
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