La Ley De Adopciones
Enviado por 45880714 • 30 de Octubre de 2013 • 4.033 Palabras (17 Páginas) • 386 Visitas
INTRODUCCIÓN
La intención al elaborar el presente trabajo de análisis de la adopción, es hacer conciencia en los legisladores, para que analicen esa institución tan importante para la sociedad guatemalteca, especialmente para los derechos del niño, y la de los padres que en algún momento han sido víctimas de delincuentes que les han robado a sus hijos, arrancándoles con ello el por qué de su vida, para darlos en adopción al mejor postor, en su mayoría extranjeros, evitando con ello que los padres encuentren a sus pequeños.
Con el análisis del trámite de la adopción para establecer el parentesco y filiación del menor con respecto a quien esta otorgando la adopción.
Asimismo, hacer consciencia desde ya a los futuros profesionales del derecho, de lo que representa la participación del notario en el trámite de la adopción, con irresponsabilidad; y no con egoísmo al prestarnos al juego sucio de unos crueles delincuentes que roban pequeños para venderlos. La institución de la adopción no ha tenido cambios significativos desde 1963, a pesar que en la actualidad las solicitudes de adopciones por extranjeros tienen prioridad, por lo que en el exterior del país poseen la idea acertada, que en Guatemala es fácil adoptar niños.
Analisis de la ley de adopciones según Decreto
número 77-2007
La Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Estado reconoce la adopción como una institución encargada de velar por la protección e integridad de los niños huérfanos y abandonados de nuestro país. El Estado reconoce la necesidad de crear una institución que sea el encargado de la adopción, por lo cual surge el Consejo Nacional de Adopciones CNA el cual será la Autoridad Central.
La familia constituye la base de la sociedad, por lo que su conservación es vital, para el crecimiento y desarrollo de nuestro país. Pero el interés primordial de toda sociedad es la protección de los niños.
El objeto de esta ley es regular la adopción tanto nacional como internacional, para que el proceso sea transparente. La adopción es una institución social de protección la cual esta tutelada por el Estado. La adopción no debe ser un negocio, el niño preferente mente debe estar con su familia biológica; sin embargo existen casos en los cuales una familia puede dar a su hijo en adopción, pero es claro que la pobreza no es un motivo para dar en adopción.
Es Estado está obligado a darle reguardo a los niños y/o adolecentes huérfanos o abandonados, a garantizarles el pleno goce de sus derechos para evitar cualquier trato ilegal como la sustracción, venta, tráfico, explotación o abuso.
Hay dos clases de adopción: Adopción Nacional y Adopción Extranjera; con la aclaración que se le dará prioridad a la familias nacionales para la adopción. La institución deberá velar por los niños que sean dados en adopción a familias extranjera, que los niños adoptados tengan los mismos derechos de los cuales tienen en nuestro país, los niños conservarán la nacionalidad guatemalteca. Los adoptantes tendrán prohibiciones. Dicho proceso se manejara con la mayor discreción, esto quiere decir que nadie que no sea la institución encargada conocerá del caso; y los padres biológicos del adoptado no podrán conocer a los padres adoptivos. Ninguna persona o autoridad tendrán influencia en el proceso.
Son sujetos de adopción los niños o adolescentes huérfanos o desamparados, los que se encuentre en situación vulnerable a sus derechos, los que los padres hayan perdido la patria potestad de los niños, los que sus padres declaren voluntariamente darlos en adopción.
Las personas que pueden adoptar son las parejas casadas o en unión de hecho, las personas solteras cuando así lo crea conveniente el CNA, las personas deben de ser veinte años mayor que el sujeto en adopción. Existe limitación para que una persona no pueda iniciar con el trámite de adopción las cuales son las personas que tengan impedimentos físicos, padezcan de alguna enfermedad que pueda poner en riesgo al adoptado, trastornos mentales o vicios que puedan dar mal ejemplo al adoptado, quien injiera cualquier clase de medicamento si prescripción médica, quien cometa actos
ilícitos, la pareja en el cual uno de los conyugue no estén de acuerdo, padres que hayan tenido problemas ente juzgados de familia.
El Consejo Nacional de Adopción con una estructura orgánica; la cual la integrará El Consejo Directivo, Dirección General, Equipo Multidisciplinario, Registro y otros establecidos en la Ley. Cada órgano tendrá a su cargo diferentes funciones todas basadas en el interés de los sujetos en adopción.
El CNA dará autorización a las entidades para que entidades privadas resguarden a los adoptivos, les brinden techo y todo lo relacionado a su cuidado mientras que sean adoptados. Los órganos Internacionales facultados para que puedan participar en el proceso de adopción serán los que la Haya señale.
Todo proceso de adopción será conocido por los Juzgados competentes y ellos dictarán la sentencia de adopción. Los padres que soliciten la adopción como los padres biológicos tendrán una orientación para que conozcan dicho proceso.
El proceso de adopción se iniciara con la selección de la familia adoptiva en un plazo no mayor de diez años contados a partir de la fecha en la que fue enviada la solicitud, la CNA verificara cada paso del trámite de la adopción, la opinión del niño tendrá mucho que ver en el proceso, se hará un término de empatía por escrito, la resolución final se hará por medio de una certificación de los informes, para que los interesados puedan adjuntarla a la solicitud y remitirla al juez que conozca el trámite.
Según algunos artículos de la ley de Adopciones.
Art. 176.- Inscripción en el Registro Civil
*La sentencia que concede la adopción debe
Inscribirse en el Registro Civil, para que se cancele el registro original de nacimiento.
* Mediante la marginación se da cuenta la adopción,
* Se practica un nuevo registro donde cuenta esta circunstancia
Art. 177.- Nulidad de la adopción
1. Falsedad de los informes o documentos necesarios para concederla;
2. Inobservancia del requisito de edad del adoptado según el artículo 157;
3. Falta de alguno de los requisitos que debe reunir el adoptante, según el artículo 159
4. Omisión o vicio de los consentimientos requeridos por el artículo 161;
5. Incumplimiento de la exigencia contemplada en el artículo 160 para la adopción por el tutor.
Art. 178.- La acción de nulidad
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