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La Libertad


Enviado por   •  24 de Enero de 2015  •  4.159 Palabras (17 Páginas)  •  153 Visitas

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. La libertad: ¿qué es?

1. Sobre la libertad se ha dicho y se seguirá diciendo mucho. Se argumenta, por ejemplo, en algunas concepciones, que siendo el hombre libre no lo es del todo pues tiene toda actividad regulada por pautas de conducta que le dicen lo que debe y lo que no debe hacer. A estas se suma la contradicción que sostiene que aún teniendo la conducta regulada por normas existe la disyuntiva de lo que el individuo decide o no decide hacer, otorgándole otra acepción a la palabra libertad, libre albedrío.

Guillermo Cabanellas al respecto nos dice: se trata de la "facultad humana de dirigir el pensamiento o la conducta según los dictados de la propia razón y de la voluntad del individuo, sin determinismo superior ni sujeción a influencia del prójimo o del mundo exterior", a lo que podemos agregar que, siendo así, el ser humano es libre independientemente de la existencia de las normas que rigen su conducta y de las sanciones que, como resultado de la priorización optada, se deriven.

Pero este hecho tiene un antecedente nacido de una relación de dependencia, si nos remontamos a los tiempos primeros de la existencia del hombre, como nos dice Juan Monroy: –la única posibilidad que tuvo el animal humano para subsistir dependió de la formación de grupos (clanes, tribus, gangs). Lo que explica un rasgo del hombre tan antiguo como su existencia: su sociabilidad"–. Si a esto le sumamos lo venido después, desde las viejas Concepciones Estatales, Platónicas como Aristotélicas, Rousseau y su Social Contract, el nacimiento del Constitucionalismo, Montesquieu y la Teoría de la Separación de Poderes y el reconocimiento de los Derecho Fundamentales de las Personas, concluiremos –inobjetablemente– que la libertad forma parte de la evolución del hombre y que ha sido tema de discusión y polémica durante toda nuestra existencia y que además se denota una gran dependencia, o necesidad, del hombre a vivir con otros en sociedad para facilitar la respuesta a sus necesidades. Siendo así y dando cuenta que al fin el hombre es libre y que en medio de tanta libertad depende de otros para poder aplacar su necesidad de bienes que le aseguren la subsistencia; la misma relación de dependencia, ¿no constriñe la libertad?

A continuación enfocaremos el tema según algunos autores.

Volviendo a Guillermo Cabanellas define a la libertad en una forma genérica como: "Facultad natural que tiene el hombre de obrar de una manera o de otra, y de no obrar, por lo cual es responsable de sus actos", sin embargo este mismo autor asigna, en el campo jurídico, la siguiente sentencia: "Entendida la libertad como autonomía individual, absoluta en el pensamiento, y mayor o menor según las relaciones surgidas de la convivencia social, ha movido a definiciones de juristas y legisladores. Envuelta en la anonimia, pero aureolada por notable perspicacia jurídica, los romanos decían: "Libertas est potestas faciendi id quod Jure licet" (La libertad es la facultad de hacer lo que el derecho permite)".

Justiniano transcribió en el Digesto el concepto y las palabras similares de Florentino: la libertad es la facultad de hacer cada uno lo que le plazca, salvo impedírselo la fuerza o el derecho.

Aún encadenada así en algo la libertad, su valor es tan grande que Gayo la consideraba como el mayor de los bienes: "Libertas omnibus rebus favorabilior est" (La libertad es la más preciada de las cosas). Y tan elevado es su precio que, ratificando a su colega Ulpiano, exclamaba: "Libertas pecunia lui non potest" (la libertad no se puede pagar con dinero). Los piratas sarracenos, con los cristianos medioevales y los guerrilleros morunos con los prisioneros de guerra del siglo XX, demostrarían que aquel insigne jurista no siempre estaba en lo cierto.

Paulo, a su vez, expresaba: "Libertas ad tempus dari non potest" (La libertad no se puede conceder temporalmente). Por que esa amenaza de retornar a la esclavitud amarga, como simple condena a la libertad, la transitoria liberación. No obstante, en la realidad procesal y como atenuación penitenciaria, se conoce esa libertad revocable o en cuotas que representan instituciones como la libertad provisional de los procesados y la libertad condicional de los condenados de ejemplar comportamiento ulterior.

Las Partidas, inspiradas en el Digesto, caracterizaban la libertad cual "poderío que ha todo hombre naturalmente de hacer lo que quisiese, sólo que fuerza o derecho de ley o de fuero se lo embargue".

En Francia, en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, la libertad se consagra como Derecho Fundamental en el artículo 2° y se define en el 4° en estos términos: "La facultad de hacer todo aquello que no perjudique a otro".

Como conducta personal, la libertad se entiende en el sentido más amplio y a la vez ingenuo. En el Anarquismo Puro, como aquella potestad de hacer lo que se quiere, imposible por carecer de omnipotencia y por el respeto que infunden los demás en su individualidad y en su conjunto. Con sentido más moral, la libertad se circunscribe a hacer cuanto no daña a otro, con la imprecisión consiguiente al daño y a la autoridad para apreciarlo. En aspecto más jurídico, la libertad consiste en el derecho de hacer cuanto las leyes permiten y todo lo que no prohíben.

Desaparecida la esclavitud, al menos en sus formas más groseras, la libertad personal está garantizada en el orden civil, y es irrenunciable e inalienable. No sucedía así en el Derecho Romano, donde dada la extensión de las facultades individuales, el mayor de 20 años podía vender su propia libertad y transformarse en esclavo, condición digna del capaz de tal suicido moral.

El propio Escriche, partícipe del entusiasmo que la libertad suscitaba en todos sus aspectos y más en la España del siglo XIX, luego de su calvario constitucional y de la primera de las guerras civiles ganada bajo su signo, declara que la libertad –en su sentido natural y verdadero– es la facultad que tiene el hombre de obrar o de no obrar en todo, como crea convenirle. Por eso toda la ley le es contraria, por que toda la ley le ataca y disminuye. Pero no llega a una conclusión anarquista, como buen jurista.

Por eso agrega que la ley que nos quita una parte de nuestra libertad nos asegura la porción que nos queda, confiriéndonos los derechos de seguridad personal, de protección para el honor y de prosperidad; de modo que el sacrificio que hacemos para adquirir tan preciosos bienes es mucho más pequeño que la adquisición. La libertad, pues, de los ciudadanos, será mayor o menor según la mayor o menor gravedad de los obstáculos que la ley oponga a sus acciones o actos; y tales pueden ser las leyes de un estado que absorban casi enteramente la libertad

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