La Mineria
Enviado por floresrutti • 6 de Julio de 2013 • 10.306 Palabras (42 Páginas) • 266 Visitas
INTRODUCCIÓN
El presente trabajo tiene por finalidad realizar un análisis de las figuras contractuales de la actividad minera , para lo que se ha creído necesario citar algunas referencias bibliográficas de manera textual ya que ello nos ayudara a comprender en que consiste cada una de los contratos que regula la legislación minera ; de otro lado también cabe que se mencione que la legislación minera no ha desarrollado de manera puntual cada una de las figuras contractuales , por lo que será de aplicación de manera supletoria el código civil.
El primer capítulo se desarrollara todo lo referente a los contratos de transferencias, opción y cesión, que de por si tienen diferentes objetos y finalidades, el segundo capítulo estará referido al ámbito de garantías como la hipoteca y la garantía mobiliaria, ya que la prenda ha desaparecido de acuerdo a nuestra legislación y finalmente se hará mención y estudiara los supuesto en que se configura una sociedad contractual y una sociedad legal.
CONTRATOS MINEROS DE ACUERDO A LA LEGISLACIÓN PERUANA
CAPITULO I: GENERALIDADES DE LOS CONTRATOS CIVILES Y LOS CONTRATOS MINEROS
En la constante relación del hombre con la sociedad , este siempre ha buscado satisfacer sus necesidades por lo que siempre se ha visto involucrado de intercambio de bienes o servicios , justamente este intercambio o transferencia de bienes ha generado desde épocas muy lejanas el nacimiento del contrato como fuente de obligaciones jurídicas , no esta en discusión la valides de que este sea verbal o escrito , sino de la existencia , se requiere en la actualidad la celebración de contratos donde se intercambia bienes para disponer de aquello que se carece a cambio de aquello que se posee , es así que el contrato en general juega un papel importante dentro de la vida cotidiana del ser humano. Así se puede decir que: “el contrato en el fondo constituye un instrumento eficaz para el desenvolvimiento de la vida social y económica , gracias al cual los hombre llegan a concentrar una gama infinita de relaciones jurídicas , permitiendo a la vez la circulación de la riqueza y la seguridad jurídica que requieren dichas transacciones ” .
Los contratos civiles requieres de determinados requisitos legales para su existencia y validez de tal forma que tenga efectos jurídicos plenos de los que se pueden señalar: el consentimiento, puesto que el contrato queda perfeccionado en el momento y lugar en que la aceptación es conocida por el oferente o persona que solicitó inicialmente a la otra parte (el aceptante) el pactar el contrato; el objeto del contrato, consistente en crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas de carácter patrimonial, siendo que la obligación que es objeto del contrato debe ser lícita, y la prestación en que consiste la obligación y el bien que es objeto de ella, deben ser posibles; la forma del contrato, por cuanto se presume que la forma que las partes convienen adoptar anticipadamente y por escrito es requisito indispensable para la validez del acto, bajo sanción de nulidad para determinados contratos. Adicionalmente es necesario tomar en cuenta los requisitos generales de todo acto jurídico debe poseer para ser válido como: agente capaz, objeto física y jurídicamente posible, fin lícito, observancia de la forma prescrita bajo sanción de nulidad de acuerdo al artículo 140 del código civil vigente. De otro lado se debe entender como caracteres principales de los contratos civil y contratos en general su liberalidad, consistente en la atribución de las partes intervinientes de definir si contratan o no, y una vez definido el contrato, el establecer de común acuerdo el contenido del contrato; su fuerza de ley entre los contratantes, dado que los efectos del contrato celebrado no pueden invalidarse o declararse ineficaz de manera unilateral por una de las partes, sino sólo de común acuerdo, y en caso de discrepancia o conflicto mediante la intervención del Juez o de un Arbitro; su carácter patrimonial, puesto que esencialmente el contrato tiene por finalidad el generar, regular, modificar o extinguir una relación jurídica patrimonial, y en el ámbito minero es más valedero este criterio; el imperativo de la voluntad de las partes, característica que se relaciona con la fuerza de ley del contrato celebrado entre los contratantes .
Teniendo ello en consideración que se puede señalar respecto de la contratación minera, es necesario acotar y citar autores de conocimientos bastos , así Carlos Vela Gonzales señala que : “ puede definirse el Contrato Minero como aquel acuerdo en el que intervienen dos o mas partes intervinientes con el objetivo de realizar actividades de exploración, explotación, beneficio, labor general y transporte de productos minerales respecto a una concesión minera, según el tipo de concesión que fuere, a fin de conseguir una utilidad o provecho de carácter económico a favor de las partes intervinientes en mención. Incluyéndose en esta definición de contrato, todas las formas de exploración y explotación posibles que pudiera realizarse; en estricto cumplimiento de las normas jurídicas mineras y ambientales específicas aplicables, y de las normas civiles, comerciales y empresariales de carácter general, aplicables a los contratos mineros de manera supletoria.” De otro lado , podemos señalar como concepto adecuando respecto al contrato minero : “como aquel acuerdo en el que intervienen dos o mas partes intervinientes con el objetivo de realizar actividades de exploración, explotación, beneficio, labor general y transporte de productos minerales respecto a una concesión minera, según el tipo de concesión que fuere, a fin de conseguir una utilidad o provecho de carácter económico a favor de las partes intervinientes en mención. Incluyéndose en esta definición de contrato, todas las formas de exploración y explotación posibles que pudiera realizarse; en estricto cumplimiento de las normas jurídicas mineras y ambientales específicas aplicables, y de las normas civiles, comerciales y empresariales de carácter general, aplicables a los contratos mineros de manera supletoria.” De otro lado se puede señalar que la importancia radica de acuerdo a: Fernando Zuzunaga del Pino de contra con mecanismos eficientes de interrelación entre los agentes involucrados, donde los contratos mineros representan la principal herramienta de vinculación entre ellos .
Para la validez legal de los contratos mineros se requiere que los contratos mineros consten en escritura pública y deban inscribirse en el Registro Público correspondiente (Registro de Derechos Mineros o Registro de Sociedades o de Sociedades Mineras, según corresponda), para que surtan efecto frente al Estado y terceros; siendo sólo inscribibles
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