Las Razones De Derecho
Enviado por miriiz • 11 de Noviembre de 2012 • 1.399 Palabras (6 Páginas) • 624 Visitas
Las Razones del derecho
La distinción entre contexto de descubrimiento y contexto de justificación no coincide con la distinción entre discurso descriptivo y prescriptivo, sino que tanto en relación con uno como con otro contexto, se puede adoptar una actitud descriptiva o prescriptiva. Por ejemplo, se puede describir cuáles son los móviles que llevaron al juez a dictar una resolución en el sentido indicado (lo que significaría explicar su conducta); pero también se puede prescribir o recomendar determinados cambios procesales para evitar que las ideologías de los jueces --o de los jurados.
el modelo no sólo pretende explicar cómo se decide --y se argumenta-- de hecho, sino que sugiere también qué se podría hacer para reducir el peso de los prejuicios (dar un mayor peso a los otros elementos), o bien bajo qué condiciones los juicios con jurado (lo que implica también las argumentaciones de los jurados que conducen a una determinada conclusión) podrían ser tan fiables como los juicios con jueces profesionales. Por otro lado, está la perspectiva de otras disciplinas que estudian bajo qué condiciones un argumento puede considerarse justificado. Aquí, a su vez, cabría hablar de una justificación formal de los argumentos (cuándo un argumento es formalmente correcto) y de una justificación material (cuándo puede considerarse que un argumento, en un campo determinado, resulta aceptable). Ello permitiría distinguir entre la lógica formal o deductiva, por un lado, y lo que a veces se llama lógica material o informal (en donde se incluirían cosas tales como la tópica o la retórica), por el otro.
Encontramos también que lo que el hace al hablar del caso Daniels es solo una reconstrucción de los argumentos utilizados por el juez para así darle validez a su resolución.
Encontramos una segunda crítica referida a problemas de la técnica logia que parecen en la reconstrucción efectuada por MacCormick, ya que la utilización de la lógica proposicional no parece ser del todo adecuada para dar cuenta del razonamiento judicial.
Otra crítica que el autor hace acerca de dicha teoría es con respecto a la deducción y consistencia normativa, que ha sido formulada con anterioridad por Wellman (1985). Y esta refiere que la aceptación de un argumento deductivo del razonamiento jurídico tiene un dilema. ya sea que se afirma que en el ordenamiento jurídico no existen inconsistencias lógicas o bien, se acepta la existencia de tales contradicciones, con lo cual la teoría deductivista cae en tierra ya que a partir de una serie de argumentos puede justificarse cualquier conclusión.
El termino subsunción es algo ambigua ya que refiera a dos problemas, el primero con respecto a la subsunción individual, es decir, el de determinar la verdad de ciertos enunciados individuales sintéticos. Y el otro, el de la subsunción genérica, el de establecer la relación que existe entre dos predicados u oraciones, es decir, se discute acerca de la verdad de un enunciado metalingüístico sobre predicados.
La teoría de la argumentación jurídica de Alexy es una teoría procedimental, ello quiere decir que un enunciado normativo es correcto “si y solo si puede ser el resultado de un procedimiento”. Caben diversas interpretaciones del procedimiento referentes a: 1) a los individuos que participan en el mismo, 2) a las exigencias que se imponen al procedimiento, 3) a la peculiaridad del proceso de decisión
Según Alexy, existen cuatro vías para fundamentar las reglas del discurso:
La primera consiste en considerarlas como reglas técnicas, esto es, como reglas que prescriben medios para lograr ciertos fines.
La segunda vía es la de fundamentación empírica, la cual consiste en mostrar que ciertas reglas rigen de hecho o que los resultados obtenidos de acuerdo con determinadas reglas se corresponden con nuestras convicciones normativas.
La tercera es la de fundamentación definitoria y consiste en analizar las reglas que definen un juego de lenguaje y aceptarlas como criterio.
Y la ultima, también llamada pragmático-trascendental o pragmático-universal, consiste en mostrar que la validez de determinadas reglas es condición de posibilidad de la comunicación lingüística.
El objeto de la teoría es la construcción de una teoría alternativa, que desde esta perspectiva consiste en un proceso de generalización de la teoría, que debería llevarse a acabo, al menos, las siguientes dimensiones.
La
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