Las leyes agrarias
Enviado por JaimeGaby1 • 29 de Noviembre de 2013 • Informe • 391 Palabras (2 Páginas) • 311 Visitas
publicado en el periódico oficial del gobierno el 24 de Febrero de 1924 y ejecutada totalmente el 23 de Febrero de 1932 con una superficie de 411Hs. 88 As 23Cs.
Con fecha 23 de Febrero de 1932 se celebró la interior de ejido la asamblea de limitación, destino y asignación de tierras ejidales, acto por el que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 de la ley agraria y su reglamento en materia de certificación de derechos ejidales y titulación de parcela se aprobaron los planos generales e internos del ejido en os cuales se señalan una superficie general de 411Hs 88 As 23 Cs de la cual se destinaron al área parcelada_______-HS. Y de uso común_-Hs.
Artículo 4. El ejido contara con un libro de registro, a cargo dl comisariado ejidal en el que se asentaran los nombres y datos básicos de identificación de todos los ejidatarios así como los siguientes datos:
a) Todos los acuerdos tomados en la asamblea
b) Todo lo relativo a las enajenaciones y actos jurídicos que se realicen sobre derecho ejidales.
Dicho libro deberá a disposiciones para su consulta.
Artículo 5. El ejido para su desarrollo agropecuario y socioeconómico, cuenta con los siguientes recursos.
_____ Hectáreas de tierras parceladas
_____ Hectáreas de tierras de uso común
411 Hs. 88As 23 Cs. Superficie total del ejido.
Todos los bienes que se adquieran por parte de los ejidatarios.
TÍTULO SEGUNDO
DE LOS EJIDATARIOS
Artículo 6. Para los efectos de la ley y este reglamento, tiene carácter de ejidatarios los titulares de derechos agrarios quienes acreditaran su calidad a través de los siguientes documentos:
a) Certificado de derechos agrarios o título expedido por autoridad competente.
b) Certificado parcelario agrario.
c) Sentencia o resolución relativa al tribunal agrario y que el interesado sea aceptado poa la asamblea general de ejidatarios.
Artículo 7. Todo ejidatario deberá ser mexicano, mayor de edad o de cualquier edad si tiene familia a su cargo o se trate de heredero de ejidatario.
CAPITULO PRIMERO
DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LIS EJIDATRIOS.
Artículo 8. Los ejidatarios tendrán además de los derechos y obligaciones establecidos en la ley agraria, las siguientes:
a) Asistir puntualmente y participar en las asambleas legalmente convocadas sin portar armas ni estar bajo efectos de droga, enervantes o bebidas alcohólicas.
b) Participar en las labores comunitarias que acuerde la asamblea, a excepción de que justifiquen su incapacidad la cual deberá ser calificada por la asamblea considerando entre otras las siguientes causa:
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