Lavado De Activos
Enviado por javier9713 • 16 de Junio de 2014 • 524 Palabras (3 Páginas) • 228 Visitas
DRÁSTICAS MULTAS POR LAVADO DE ACTIVOS
Con multas hasta de 1.000 millones de pesos serían castigadas las entidades financieras que permitan operaciones relacionadas con el lavado de activos.
Así quedó contemplado en el proyecto de ley que presentará la Superintendencia Bancaria al Congreso de la República y que contiene drásticas sanciones para frenar este ilícito.
Esta será una de las multas más cuantiosas que se impone a una entidad de crédito teniendo en cuenta que hasta el momento solo se imponían sanciones económicas por 20 millones de pesos. Es decir, que las multas se incrementarán en un 5.000 por ciento.
Las modificaciones al Estatuto Orgánico del Sistema Financiero se oficializan en momentos en que el país es cuestionado por su poca colaboración para combatir el narcotráfico.
La Superintendente Bancaria, María Luisa Chiappe, reveló que también se aplicarán multas severas a los directores de las entidades bancarias que permitan el lavado del ilícito dinero, de hasta 50 millones de pesos. El máximo hasta ahora es de 12 millones de pesos.
Reportes La funcionaria anunció, de otra parte, que es obligatorio para los establecimientos, hacer constatar en un formulario especial las transacciones en efectivo que sean iguales o superiores a 10 millones de pesos. Hasta ahora este requisito se aplicaba para las operaciones que superen los 7,5 millones de pesos.
También se aplicará esta obligación para las operaciones en moneda extranjera por un monto mayor de 10.000 dólares o a su equivalente en otras monedas.
Las casas de cambio deberán reportar las transacciones de giros superiores a 3.000 dólares o más y 5.000 dólares para operaciones de y venta.
Los cambistas reportarán operaciones desde 5.000 dólares. Las casas de cambio fronterizas reportarán desde 2.000 dólares en la moneda del país vecino. Dichos montos se actualizarán cada año por la Superbancaria.
Las nuevas disposiciones están contempladas en un manual de procedimientos que será distribuido a las financieras.
En adelante las instituciones financieras tendrán que ser más rígidas en el conocimiento de sus clientes, y para ello quedarán obligadas a conocer plenamente la identidad de los usuarios los negocios a los que se dedican y hacer un constante seguimiento a sus cuentas bancarias. Los reportes deberán enviarse en un plazo de 30 días. Los nuevos mecanismos de control establecen un mayor conocimiento de los clientes que van a entrar al sistema financiero así como un mayor conocimiento del mercado. Se exige un adecuado registro no solo para cuentas corrientes sino para cualquier clase de producto que le venda el sistemna financiero a su cliente como puede ser un CDT, una cuenta de ahorros, la entrada a un fondo común ordinario, la compra de un seguro, una operación en un fondo de pensiones , dijo la Superintendente Bancaria, María Luisa Chiappe en
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