Legislacion
Enviado por alecander • 15 de Septiembre de 2013 • 506 Palabras (3 Páginas) • 416 Visitas
ACTIVIDAD 1 UNIDAD 2.
El estudiante mediante la formulación de preguntas orientadoras, evalúa las diferencias entre las modalidades de representación del empleador, sus efectos y causas
1 ¿Quiénes son representantes del empleador o patrono?
R/:
a) Las que ejerzan funciones de dirección o administración, tales como directores, gerentes, administradores, síndicos o liquidadores, mayordomos y capitanes de barco, y quienes ejercitan actos de representación con la aquiescencia expresa o tácita del patrono;
b) Los intermediarios
2 ¿Qué deben hacer los empleadores o patronos que tengan sucursales o agencias dependientes de su establecimiento en otros municipios distintos del domicilio principal?
R/: Deben constituir públicamente en cada uno de ellos un apoderado, con la facultad de representarlos en juicios o controversias relacionados con los contratos de trabajo que se hayan ejecutado o deban ejecutarse el respectivo municipio.
3 ¿Si hace falta el apoderado, que paso se debe seguir?
R/: Se tendrán como hechas al patrono las notificaciones administrativas o judiciales que se hagan a quien dirija la correspondiente agencia o sucursal; y este será solidariamente responsable cuando omita darle al patrono aviso oportuno de tales notificaciones.
4 ¿Qué entiende por contratista?
R/: Las personas naturales o jurídicas que contraten la ejecución de una o varias obras o la prestación de servicios en beneficios de terceros, por un precio determinado, asumiendo todos los riesgos, para realizarlos con sus propios medios y con libertad y autonomía técnica y directiva. Pero el beneficiario del trabajo o dueño de la obra, a menos que se trate de labores extrañas a las actividades normales de su empresa o negocio, será solidariamente responsable con el contratista por el valor de los salarios y de las prestaciones e indemnizaciones a que tengan derecho los trabajadores, solidaridad que no obsta para que el beneficiario estipule con el contratista las garantías del caso o para que repita contra él lo pagado a esos trabajadores.
5 ¿A quienes se consideran como simple intermediario?
R/: Se consideran simples intermediarios a las personas que cumplan con lo siguiente:
* Son simples intermediarios, las personas que contraten servicios de otras para ejecutar trabajos en beneficio y por cuenta exclusiva de un empleador.
* Se consideran como simples intermediarios, aun cuando aparezcan como empresarios independientes, las personas que agrupan o coordinan los servicios de determinados trabajadores para la ejecución de trabajos en los cuales utilicen locales, equipos, maquinarias, herramientas u otros elementos de un empleador para el beneficio de éste y en actividades ordinarias inherentes o conexas del mismo.
* El que celebrare contrato de trabajo obrando como simple intermediario
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