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Enviado por   •  13 de Septiembre de 2013  •  1.640 Palabras (7 Páginas)  •  200 Visitas

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AGENTE DE ADUANA EN LA LEGISLACION ADUANERA PERUANA

• Autor: Publicado por: manuel.solis

• Publicado el 2008-04-12 sáb 21:08:36

• Categoría: General Visto: 36889 veces

LA CONDICION DEL AGENTE DE ADUANAS

EN LA NUEVA LEGISLACION ADUANERA

RESUMEN EJECUTIVO

La condición del Agente de Aduana es estratégica tanto en la operatividad aduanera (auxiliar de la función pública aduanera) como en la cadena de comercialización internacional (operador de comercio exterior). El presente Informe analiza esta condición a raíz de las recientes modificaciones en la legislación aduanera.i>

La Condición Comercial del Agente de Aduana

En esta parte, veremos la importancia de la condición del Agente de Aduana no sólo en la operativa aduanera, sino también en las transacciones realizadas en el comercio internacional, ámbito al cual nos referiremos en primer lugar.

El comercio internacional consiste en el traslado de bienes y servicios entre los distintos países, lo que implica necesariamente el cruce de sus fronteras . Dicho traslado implica la participación de personas conocidas como agentes económicos quienes celebran diversos contratos principales (compraventa, suministro, etc.) como accesorios (financieros, de transporte, de seguro, etc.). Estos últimos conllevarán a la finalidad esencial de los contratos principales, es decir, el intercambio de bienes y servicios en el mercado.

La participación de los Agentes Económicos en su conjunto resulta necesaria para el desenvolvimiento de las transacciones comerciales, pero solo alguno de ellos intervienen realizando determinados servicios aduaneros destinados al traslado de la mercancía según las siguientes fases: envasado, carga, estiba, transporte, desestiba, descarga, almacenamiento, despacho. De todas estas participaciones, la del Agente de Aduana comprenderá casi todas las fases del traslado de la mercancía por ser justamente el representante del interesado en la operación aduanera, es decir, del dueño o consignatario de la mercancía.

En tal sentido, los demás operadores de comercio exterior coordinan con el Agente el traslado de la mercancía y el desarrollo de la transacción comercial de manera rápida y eficiente. En otras palabras, la participación del Agente de Aduana comprende todas las fases del traslado de la mercancía comercializada. Siendo así, resulta comprensible la importancia de su labor en la logística de comercio exterior, entendida ésta como el acto de trasladar una cosa de un lugar a otro, dentro de un menor tiempo, costo y riesgo. Es por eso que la facilitación del comercio exterior requerirá de un Agente de Aduana cuya profesionalidad esté a la altura de los encargos, esto es, que cuente con una organización técnica adecuada para disponer de recursos humanos dotados de conocimientos para atender los servicios aduaneros que le corresponda, superando cualquier incidente cotidiano .

Adicionalmente, podemos observar que actualmente algunas Agencias de Aduana han optado por constituirse en Empresas Operadoras Multilogísticas, pasando de ser intermediarios entre la Autoridad Aduanera y sus comitentes exportadores o importadores, a ofrecer a éstos últimos un conjunto de actividades cada vez más integral e integrada de servicios que comprenden las fases del comercio exterior.

A pesar de lo expuesto, lo cierto es que en nuestro país la Autoridad Aduanera e incluso un grupo de especialistas en el tema desconocen la condición comercial del Agente de Aduana, por no estar incluido dentro del Código de Comercio. En tal sentido, cabe considerar los siguientes aspectos:

• Los contratos celebrados con los agentes económicos, especialmente con los operadores de comercio exterior, son de carácter accesorio porque sirven para cumplir el contrato principal celebrado entre el importador (comprador, arrendatario o beneficiario del suministro) y el exportador (vendedor, arrendador o suministrante).

• La actividad del Agente de Aduana en el Comercio Internacional tiene su origen no en la norma legal sino en la práctica comercial, es decir, en la costumbre comercial reconocida para efectos legales. En tal sentido, la relación de sujetos considerados como comerciantes por el Código de Comercio deberá interpretarse de manera enunciativa y no taxativa.

• Como contraprestación por su labor, el dueño o consignatario le abonará por concepto de comisión un monto equivalente a un porcentaje del valor de la mercancía despachada, es decir, el mismo concepto por el cual se paga a un comerciante, específicamente al comisionista.

• Las actividades realizadas por el Agente de Aduana se asemejan sustancialmente con aquellas realizadas en los contratos de intermediación: contratos de comisión mercantil, de agencia y de representación. Sin embargo, nadie ha puesto en cuestionamiento la naturaleza comercial de las actividades materia de dichos contratos.

• Debemos reconocer que a diferencia de los demás intermediarios comerciales, el Agente de Aduana no participa directamente en las negociaciones que van a dar origen a la transacción comercial. Sin embargo, existen otros intermediarios comerciales que tampoco lo hacen - como es el caso del broker - y a pesar de ello nadie duda de su condición comercial .

Los argumentos expuestos no hacen sino reconocer la condición comercial del Agente de Aduana.

La Condición Aduanera del Agente de Aduana

Como dijimos, en las operaciones comerciales el Agente de Aduana surge en calidad de representante del dueño de la mercadería a importar o exportar

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