Legislación Laboral
Enviado por dimatr19 • 27 de Febrero de 2015 • Síntesis • 488 Palabras (2 Páginas) • 218 Visitas
Liquidación de Trabajo Suplementario
Diana María Troncoso
Universidad Minuto de Dios
Legislación Laboral
Bogotá, 18 de Febrero de 2.015
Resumen
Se considera salario, al dinero que recibe todo empleado de parte de su empleador por la prestación de un servicio. Factores como la cuantía, modo de pago, tiempo y lugar; se definen mediante mutuo acuerdo y por lo general a través de un documento llamado contrato se deja constancia.
De acuerdo a lo reglamentado por el código laboral, un empleado puede trabajar hasta 12 horas semanales como máximo en horas extras. Las cuales deben ser canceladas por su empleador en forma correcta.
En el desarrollo del siguiente taller, se pretende liquidar de forma correcta los recargos existentes de acuerdo a lo estipulado por la ley.
Caso 1
- Un trabajador labora en una fábrica de textiles como operario, con una jornada ordinaria de 8 horas diarias, devengando un salario mensual de $760.000,00.
- 1. En la última quincena, laboro esporádicamente:
- Un jueves de 1:00 PM a 12:00 PM (de la noche)
- Un domingo de 8:00 A.M a 12:00 PM (de la noche), con una hora de almuerzo.
El trabajador requiere saber a qué tiene derecho, por los días trabajados, cuanto debe recibir por estos conceptos. Realice la liquidación, indicando que es lo que está pagando de acuerdo con lo anteriormente expuesto.
8 horas * 30 días que tiene el mes= 240 horas tiene el mes.
Valor de la hora: $760.000,00/240= $3.166,666
Del anterior ejercicio podemos decir que:
Para el Jueves, el trabajador cumple el horario de 8 horas diarias. Que va de 1:00 PM a 9:00 PM.
De 9:00 PM a 10:00 PM, es una hora extra diurna.
DE 10:00 PM a 12:00 PM, son 2 horas extras nocturnas.
Para el día domingo se deduce de la siguiente manera, teniendo en cuenta que en estos dos días laboro esporádicamente, es decir no es el horario habitual de él.
De 8:00 AM a 5:00 PM, son 8 horas dominicales diurnas (incluido el almuerzo).
De 5:00 PM a 10 PM, son 5 horas extras diurnas dominicales.
De 10:00 PM a 12:00 PM, son 2 horas extras dominicales nocturnas.
Para un total de 26 horas
El total de horas extras es de: 18
1 hora extra diurna con recargo del 25%
2 horas extras nocturnas con recargo del 75%
8 horas dominicales diurnas con recargo del 75%
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