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Ley De Insolvencia


Enviado por   •  28 de Abril de 2014  •  1.443 Palabras (6 Páginas)  •  356 Visitas

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1. Ley de Insolvencia Económica

Uno de los fines especiales del Estado social de derecho, es el de contar con una debida administración de justicia. A través de ella, se protegen y se hacen efectivos los derechos, las libertades y las garantías de la población entera, y se definen igualmente las obligaciones y los deberes que le asisten a la administración y a los asociados. Como bien lo anota la disposición que se revisa, del compromiso general en alcanzar la convivencia social y pacífica, de mantener la concordia nacional y de asegurar la integridad de un orden político, económico y social justo.

1.1 Objetivo de la ley de Insolvencia Económica

Con esta ley las personas naturales No comerciantes que se atrasen en sus obligaciones financieras tendrán la oportunidad de renegociar sus deudas con sus acreedores antes de ser embargadas o desalojadas de sus viviendas.

Esta ley algunos la definen como un salvavidas financiero al que las personas tienen derecho si no pueden pagar a tiempo sus obligaciones o en caso dado de que sus empresas estén en riesgo de quedar en quiebra.

2. Procedimiento para hacer efectiva la ley de insolvencia Económica.

Esta ley permitirá a las personas que tengan obligaciones crediticias, las cuales por determinadas circunstancias no han podido ser canceladas, ellos pueden acudir ante un Centro de Conciliación -autorizado por el Ministerio del Interior y de Justicia- para solicitar 60 días hábiles, prorrogables por 30 días más, para negociar con los acreedores sus obligaciones mediante un proceso extrajudicial regulado por un mediador que permitirá a las partes involucradas llegar a un acuerdo.

Mediante este procedimiento todos los acreedores deben acudir obligatoriamente al trámite y escuchar la propuesta de pago del deudor. Dentro de este periodo de conciliación se detienen todos los procesos judiciales contra el deudor y se suspende el cobro de cualquier tipo de interés y otros cobros, durante este espacio los activos del deudor no podrán ser embargados mientras se posibilita que el deudor ofrezca todo tipo de intercambio de activos como parte de pago. Sin en esta conciliación no se establece un acuerdo entre las partes se causarán y cobrarán los intereses de mora y demás cobros que habían sido suspendidos.

La insolvencia no es un mecanismo para evitar que sus deudas se hagan efectivas ni para buscar que le condonen sus obligaciones financieras, sino una oportunidad para buscar un arreglo.

2.1 Quienes pueden declararse en Insolvencia económica.

La persona podrá declararse insolvente cuando haya incumplido la cancelación de dos o más obligaciones a favor de dos o más acreedores por un plazo mayor a 90 días, o cuando cursen en su contra una o más demandas de ejecución o cobro judicial. Las obligaciones atrasadas deben representar por lo menos la mitad de la deuda total a cargo del deudor.

La ley de insolvencia económica busca evitar la costumbre o habito de una cultura del no pago que en ocasiones para algunas personas es muy común, en este caso en el deudor no puede haber transferido a terceros sus bienes, dentro de los seis meses anteriores a la aceptación de la solicitud, ni fingir una separación de su cónyuge, pues en este caso se declarará fracasado el acuerdo.

2.2 Beneficios dela ley de Insolvencia Económica

No podrán perseguir su patrimonio judicialmente de ninguna manera.

No le podrán cortar los servicios públicos por no pago de las obligaciones.

Si debe pagar algún impuesto o contribución para poder vender un inmueble, sólo le podrán cobrar los que se causen con posterioridad a la aceptación de la solicitud.

Si cumple con el acuerdo y paga sus obligaciones, a usted lo podrán retirar de las bases de datos financieras.

2.3 Clases de deudas para acogerse a esta ley

Las únicas deudas que nuestro sistema judicial permita que se tramiten con esta ley son las de acreedores del sector financiero, comercial y de carácter particular.

3. Marco legal Ley de insolvencia económica

Dentro de este contexto se tiene en cuenta que está contemplada una sanción penal si se llega a comprobar falsedad o datos incompletos que hagan inducir a error al conciliador o al juez, el deudor no podrá adquirir nuevos créditos ni otorgar garantías a favor de terceros sin el consentimiento de los acreedores, para evitar el abuso de la figura, un deudor no podrá solicitar el inicio de un nuevo trámite de negociación de deudas sino hasta después de transcurridos

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