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Ley de Gestión Integral de Riesgos Socionaturales y Tecnológicos


Enviado por   •  18 de Marzo de 2014  •  562 Palabras (3 Páginas)  •  315 Visitas

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Ley de Gestión Integral de Riesgos Socionaturales y Tecnológicos

Artículo 2

Gestión Integral de Riesgos

La gestión integral de riesgos socionaturales y tecnológicos es un proceso orientado a

formular planes y ejecutar acciones de manera conciente, concertada y planificada,

entre los órganos y los entes del Estado y los particulares, para prevenir o evitar,

mitigar o reducir el riesgo en una localidad o en una región, atendiendo a sus

realidades ecológicas, geográficas, poblacionales, sociales, culturales y económicas.

Artículo 5

Definiciones

A los efectos de la presente Ley y sus Reglamentos, se entiende por:

1. Amenaza. Probabilidad de que un fenómeno se presente con una cierta intensidad,

en un sitio específico y dentro de un período de tiempo definido, con potencial de

producir efectos adversos sobre las personas, los bienes, los servicios y el ambiente.

2. Desastres. Alteraciones graves en las personas, los bienes, los servicios y el

ambiente, causadas por un suceso natural o generado por la actividad humana, que

exceden la capacidad de respuesta de la comunidad afectada.

3. Emergencias. Alteraciones en las personas, bienes, servicios y ambiente causadas

por un evento natural o generado por la actividad humana que no excede la capacidad

de respuesta de la comunidad afectada.

4. Evento adverso. Manifestación de un fenómeno natural, tecnológico o provocado

por el hombre en términos de sus características, magnitud, ubicación y área de

influencia.

5. Mitigación. Es toda acción orientada a disminuir el impacto de un evento generador

de daños en la población y en la economía.

6. Preparación. Conjunto de medidas y acciones llevadas a efecto para reducir al

mínimo la pérdida de vidas humanas y otros daños, organizando oportuna y

eficazmente la respuesta y la rehabilitación.

7. Prevención. Conjunto de medidas cuyo objeto es impedir o evitar que eventos

naturales o generados por la actividad humana causen daños, emergencias o

desastres.

8. Reconstrucción. Proceso de reparación, a mediano y largo plazo, del daño físico,

social y económico, a un nivel de desarrollo que asegure su sustentabilidad.

9. Rehabilitación. Reconstrucción a corto plazo de los servicios básicos e inicio de la

reparación del daño físico, social y económico como consecuencia de una emergencia

o un desastre.

10. Respuesta. Ejecución de las acciones previstas en la etapa de preparación y que,

en algunos casos, ya han sido antecedidas por actividades de alistamiento

...

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