Licenciatura en Derecho
Enviado por juannieva13 • 22 de Febrero de 2020 • Ensayo • 1.644 Palabras (7 Páginas) • 138 Visitas
Lejos de tratar solo con sistemas de tradición democrática consolidada, el profesor Biscaretti se sintió atraído por sistemas que también eran muy distantes, en términos de mentalidad cultural y legal, de los de Europa occidental. Basta pensar en los ensayos dedicados, desde 1942, a Tennoy al orden constitucional del imperio japonés; los estudios, respectivamente, de 1946 y 1948, sobre la Constitución de la Unión Sudafricana (publicada, esto, en la preciosa colección de ensayos para el Ministerio de la Asamblea Constituyente) y sobre la India británica; a la investigación sobre la Unión Soviética y los otros estados socialistas, llevada a cabo desde finales de la década de 1950 por él, un erudito no marxista que, sin embargo, consideró esencial abordar el examen de estos sistemas sin hostilidad preconcebida, pero también sin adhesión, con el debido desapego y con el único propósito de conocerlos para poder vivir con ellos, ya que son sistemas legales y constitucionales tan diferentes. Dicha investigación habría dado como resultado una serie de ensayos publicados durante los próximos veinte años en la serie que dirigió para ISAP, inaugurada, con su introducción en la Unión Soviética, en 1964 y realizada en estrecha colaboración con los autores elegidos para el análisis de países individuales. El resultado de esta incansable actividad de estudio habría sido, en los años 70, también dos monografías diferentes dedicadas a la Constitución china de 1975 y (en colaboración con G. Crespi Reghizzi) a la Constitución soviética de 1977.
Al variar, en su investigación, en tantas latitudes legales y entre diferentes formas de Estado y con el retorno, a lo largo de los años, de volver a visitar los sistemas previamente estudiados, para evaluar su evolución constitucional, Biscaretti ha expresado su profunda experiencia. también desde un punto de vista metodológico, en el difícil "arte" de la comparación. Incluso cuando se ocupó del derecho constitucional italiano, nunca olvidó ilustrar sus instituciones según el método comparativo, ni utilizar la contribución siempre fructífera de otras disciplinas, como la historia constitucional, la ciencia política y la sociología.
La atención a la recopilación altamente informada de datos políticos y legales de los numerosos sistemas analizados por él fue el signo de su larga actividad docente, que tuvo lugar con el apoyo de al menos tres trabajos diferentes. Dedicó el derecho constitucional al sistema legal italiano , creado por El Estado democrático moderno , escrito entre 1944 y 1945, publicado por primera vez en 1949-1950 y alcanzado, en 1989, en su XV edición, después de ser traducido Español y portugués.
En el derecho comparado ha dedicado la 'Introducción al Derecho Constitucional Comparado , apareció por primera vez en 1969 y llegó en 1988, la sexta edición (pero equipado, en el año 1991, como un apéndice de utilidad de actualización, titulada 1988-1990 . Un tres años de profundas transformaciones constitucionales ).
El atento maestro no podía olvidar la necesidad de confrontación con el altavoz de las Constituciones, en una época en que el texto de este último no estaba tan fácilmente disponible como ahora. Esto explica la colección de constituciones extranjeras contemporáneas, que comenzó en 1970 y alcanzó su quinta edición en 1990, dividida en dos volúmenes diferentes ya en 1980 (dedicados respectivamente a los estados de la democracia clásica y a los estados socialistas). La última edición, cuyo volumen II fue publicado en 1996, poco antes de la muerte de su curador, y que constituye el último trabajo científico del Maestro, también representa una primera solución al problema que había planteado sobre cómo reiniciar el estudio. de todo el asunto y la sistemática del mismo manual, dedicado al Derecho Comparado, después de la desaparición casi total de la forma del estado socialista. En la VI edición de la colección reemplazó (en el Vol. I, 1994) la dicción de Estados de democracia clásica con la de Estados de democracia estabilizada y dedicó el Vol. II (en colaboración con M. Ganino) a los Estados de reciente reestructuración., que también incluía a los antiguos estados socialistas. Cabe destacar, precisamente con respecto a estas colecciones, que Biscaretti no solo comentó, sino que muy a menudo tradujo el texto de las Constituciones, después de haber solicitado, en general, las embajadas respectivas, el texto en el idioma original o en los idiomas que él conocía, con el propósito hacer una cuidadosa comparación antes de la traducción.
La obra del tratadista Biscaretti Di Ruffia (Derecho Constitucional comparado) es cada vez más un aporte jurídico - político a los diversos estudios de los ordenamientos jurídicos internacionales contemporáneos. En particular, una fuente imprescindible para los los estudios - que como en mi caso personal - se orienta por las investigaciones en torno a las subjetividades constituyentes y las configuraciones del poder constituyente de los pueblos que actualmente pugnan por constituirse como sociedades democráticas que observan y se rigen por el reconocimiento, respeto y protección de los derechos fundamentales, los derechos humanos y el derecho internacional de los derechos humanos; esa especie de conciencia común de humanidad compartida en este planeta azul.
Paolo Biscaretti di Ruffia
Es un continuador de la escuela institucionalista de Santi Romano. Es la vertiente italiana de la corriente. La otra vertiente fundamental es la francesa desarrollada, especialmente, por Hauriou y Burdeau.
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