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MANEJO Y APLICACIÓN DE LOS RECURSOS DEL RAMO 033, PARA LA OBRA PUBLICA MUNICIPAL


Enviado por   •  15 de Marzo de 2012  •  5.430 Palabras (22 Páginas)  •  1.143 Visitas

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MANEJO Y APLICACIÓN DE LOS RECURSOS DEL RAMO 033, PARA LA OBRA PUBLICA MUNICIPAL

INTRODUCCION

Dentro de la Administración Municipal, uno de los aspectos mas importantes es la ejecución de la Obra Publica y esta comienza desde la planeación de las diferentes obras y acciones a realizar con los recursos provenientes de la federación, estas obras son producto de la recopilación de las solicitudes de las localidades del municipio y de aquí saldrán los beneficios de dichas comunidades y del municipio mismo. El gobierno municipal es el organismo que se encarga de ver por el bienestar de la ciudadanía tanto en lo Político como en lo Social y de Administrar los recursos que llegan al municipio como son los Ingresos Municipales conocidos también como Recursos Propios así mismo las aportaciones federales llamadas Ramo 033, pero para este caso en particular y en el transcurso de esta memoria de experiencia profesional trataremos del manejo de los recursos federales denominados Ramo 033. El objeto de este trabajo es dar a conocer como se lleva el control de este recurso; ya que de esto dependerá la realización de Obras y Acciones que traerán beneficios a los habitantes del Municipio. Dicha memoria contiene paso a paso, los mecanismos enfocados a la aplicación del recurso de manera individual de una obra del Municipio de Cerro Azul, Veracruz; Denominada “Construcción de Sistema de Drenaje Sanitario” de la localidad de Xilitla, iniciando con su aprobación hasta la culminación. Cabe resaltar que esta descripción será narrada de acuerdo a la experiencia obtenida durante el ejercicio de la Administración Municipal 2005 – 2007.

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MEMORIA DE EXPERIENCIA PROFESIONAL

MANEJO Y APLICACIÓN DE LOS RECURSOS DEL RAMO 033, PARA LA OBRA PUBLICA MUNICIPAL

I.

APLICACIÓN Y CONTROL DEL RECURSO EN OBRA EJECUTADA

1.1.

RAMO 033

En este capitulo observaremos la manera de cómo se programa y se ejecutan los recursos del Ramo 033, partiendo desde la llegada del recurso al municipio. El Ramo 033 es un recurso que se divide en dos fondos:   FISM (Fondo de Infraestructura Social Municipal) FAFM(Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios)

El FISM se destina a financiar obras, acciones sociales básicas e inversiones que benefician directamente a sectores de la población, en condiciones de rezago social y de pobreza extrema, por lo mismo: NO PODRÁN DESTINARSE A OTROS RENGLONES, PUESTO QUE SE INCURRIRÍA EN DESVIACIÓN DE RECURSOS. El Programa de Inversión de FISM de obras y acciones determinado en Consejo de Desarrollo Municipal, deberá enviarse a más tardar la segunda semana de marzo del ejercicio en turno al ORFIS, anexando: copia de Acta de Instalación de Consejo de Desarrollo Municipal, incluirá la elección del Vocal de Control y Vigilancia, y copia del Acta Resolutiva correspondiente, misma que deberá realizarse tantas veces como se modifique el citado proyecto. Al entregarse al ORFIS, deberá acompañarse de la relación de Comités Comunitarios. Este fondo se entregará periódicamente en los primeros diez meses del año a los Municipios a través de los Estados. Para una adecuada planeación de la ejecución de las obras programadas dentro de este financiamiento, se deberá considerar que los recursos se recibirán de enero a octubre. Los recursos del FISM se aplican EXCLUSIVAMENTE en los siguientes rubros:           Agua potable. Alcantarillado. Drenaje y letrinas. Urbanización municipal. Electrificación rural y de colonias pobres. Infraestructura básica de salud. Infraestructura básica educativa. Mejoramiento de vivienda. Caminos rurales. Infraestructura productiva rural.

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Las acciones a realizar con este fondo serán:  2% para Desarrollo Institucional.  3% para Gastos Indirectos (1 % para conservación y mantenimiento y 2% para administración y control de las obras).  5% para Prevención Presupuestaria. El FAFM deberá ser utilizado para la satisfacción de los requerimientos del Ayuntamiento, dando prioridad al cumplimiento de sus obligaciones financieras, y a la atención de las necesidades directamente vinculadas a la seguridad pública de sus habitantes, decidiendo su destino específico en Sesión de Cabildo que para el efecto realicen, señalando en el acta correspondiente los conceptos y montos de cada acción, siguiendo el mismo procedimiento tantas veces como sea modificado el proyecto de inversión. En la elaboración de este programa, el Ayuntamiento deberá tomar en cuenta que la ministración de los recursos se hará en una doceava parte en forma mensual. Los conceptos de gasto que se pueden realizar con estos recursos, son los siguientes:  Obligaciones financieras.  Necesidades en materia de seguridad pública tales como: Adquisición de vehículos para patrullas; conservación y mantenimiento de vehículos, equipo personal y de trabajo policial; equipo de radio comunicación; percepciones y prestaciones de ley a los elementos policíacos, siempre y cuando su contratación no rebase el 31 de diciembre del año en turno y su sueldo no sea mayor al del personal regular, considerando que estos recursos (FAFM) son producto de un presupuesto asignado al municipio para aplicarse exclusivamente durante este ejercicio. Una vez satisfecho lo anterior, podrá aplicarse también a:  Consumo de energía eléctrica, hasta el 20% del importe facturado por la CFE.  Vehículos para limpia pública y de trabajo austeros (bajo ninguna circunstancia podrán ser de lujo).  Rehabilitación de equipo de transporte, siempre y cuando su costo no sea mayor al 50% del valor del equipo nuevo.  A partir del Ejercicio 2008, aparece en la Apertura Programática, el rubro de Combustible exclusivamente para vehículos de seguridad publica.  Mobiliario y equipo de oficina básico, fax y líneas telefónicas, equipo de cómputo y periféricos, así como otros que sirvan para incrementar su capacidad administrativa.  Maquinaria y equipo de construcción; en caso de ser usado o de importación,

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deberá estar debidamente facturado, con el pedimento de importación aduanal y la garantía de funcionamiento, así como el avalúo correspondiente.  Obra pública básica, en cuyo caso deberán observarse los lineamientos señalados en el FISM (en cuanto a codificación), aplicando la Ley de Obra Pública de Estado y demás legislación

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