MEDIOS DE IMPUGNACION
Enviado por WEB_11 • 20 de Febrero de 2014 • 345 Palabras (2 Páginas) • 288 Visitas
Se denomina voto particular, en derecho procesal, a la opinión divergente que emite el miembro de un Tribunal u órgano colegiado con respecto a la decisión tomada por la mayoría. El voto particular puede centrarse en la decisión final tomada (en cuyo caso se llamará voto disidente o discrepante) o en la argumentación (en este caso, se llamará voto concurrente, puesto que el miembro del tribunal no coincide con la argumentación mayoritaria, pero sí con la decisión final adoptada).
El voto particular tiene su aplicación principalmente en lo que se refiere a la jurisprudencia y decisiones judiciales, aunque el concepto también se extiende al resto de órganos públicos colegiados que emiten decisiones o recomentaciones
Emisión del voto particular
Los requisitos para que se emita un voto particular son:
• Que un Tribunal u órgano colegiado emita una decisión o sentencia.
• Que alguno de sus miembros no esté de acuerdo con la decisión de la mayoría, y quiera dejar constancia por escrito de sus discrepancias y motivos.
En ese caso, el miembro del Tribunal puede dejar por escrito su voto particular, dejando claros sus motivos y la sentencia alternativa que él habría dictado.
Amparo penal
El juicio de amparo tiene por objeto resolver toda controversia que se suscite:
I. Por normas generales, actos u omisiones de autoridad que violen los derechos humanos reconocidos y las garantías otorgadas para su protección por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte;
II. II. Por normas generales, actos u omisiones de la autoridad federal que vulneren o restrinjan la soberanía de los Estados o la esfera de competencias del Distrito Federal, siempre y cuando se violen los derechos humanos reconocidos y las garantías otorgadas para su protección por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y
III. III. Por normas generales, actos u omisiones de las autoridades de los Estados o del Distrito Federal, que invadan la esfera de competencia de la autoridad federal, siempre y cuando se violen los derechos humanos reconocidos y las garantías otorgadas por la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
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