Manual de periodo probatorio
Enviado por Oswaldo Martinez • 28 de Enero de 2019 • Informe • 941 Palabras (4 Páginas) • 74 Visitas
PERIODO PROBATORIO
De acuerdo con el Codigo de trabajo Art. 15 se deberá superar un periodo de probatorio de hasta tres (3) meses. La falta de capacidad comprobada en cualquier momento del periodo de prueba, será causa de extinción de la contratación.
Durante el período de prueba, cualquiera de las partes puede dar por terminado el contrato de trabajo
HORARIO DE TRABAJO
La empresa con estable un horario obligatorio de ingreso, sin embargo se deberá cumplir la jornada laborar de 8 horas diarias establecidas entre las 8:00 hasta las 18:00, con una hora de almuerzo, cumpliendo con las 40 horas semanales, de lunes a viernes.
ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD
Para el personal administrativo con relación de dependencia la asistencia a las labores diarias se registra a través del reloj biométrico, con el fin de ingresar la hora inicio de laborales, la hora de salida e ingreso al almuerzo, y la hora de salida cumpliendo con las 8 horas establecidas en el horario de trabajo.
Para el personal externo sin relación de dependencia, no es necesario se registre el ingreso, estos podrán trabajar en las oficinas o desde sus domicilios, cumpliendo son los trabajos se les fueron asignados en el tiempo establecido.
LICENCIA
Licencia Ordinaria con disfrute de sueldo
- Por enfermedad:
Al personal con relación de dependencia se le concederá licencia con remuneración en casos justificados mediante certificados médicos avalados por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social o previa validación de un médico. Los permisos por enfermedad se ejecutaran de acuerdo con lo que determina el código de trabajo.
- Por maternidad y paternidad
Se concederá permiso con derecho a remuneración de acuerdo a lo que determina el código de trabajo.
Toda mujer trabajadora tiene derecho a una licencia con remuneración de doce (12) semanas por el nacimiento de su hija o hijo; en caso de nacimientos múltiples el plazo se extiende por diez días adicionales. La ausencia al trabajo se justificará mediante la presentación de un certificado médico otorgado por un facultativo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, y, a falta de éste, por otro profesional; certificado en el que debe constar la fecha probable del parto o la fecha en que tal hecho se ha producido.
El padre tiene derecho a licencia con remuneración por diez días por el nacimiento de su hija o hijo cuando el nacimiento sea por parto normal; en los casos de nacimientos múltiples o por cesárea se prolongará por cinco días más. Y demás beneficios que se determine en el código de trabajo
- Por muerte, enfermedad o accidente grave del cónyuge, padres, abuelos, hijos o hermanos del empleado (a):
Los permisos con estas calamidades se determinaran de acuerdo al código de trabajo, pudiéndose extender de acuerdo a la gravedad de la calamidad y con los justificativos respectivos, los cuales serán presentados al área de Talento Humano.
OPORTUNIDAD DE CRECIMIENTO
Tanto el personal interno como el personal Externo de EQVALEC CIA LTDA. Tendrá derecho tanto a capacitaciones, técnicas, administrativas, ventas, y demás que el personal necesite para su crecimiento personal y profesional.
El personal interno y externo tendrá serán los primeros en ser tomados en cuenta para un cargo que requiera la empresa, tomando en cuenta la experiencia y las aptitudes que requiera el puesto de trabajo.
SISTEMA DE PAGO
El pago para el personal interno se lo realizará mediante transacción bancaria, estos pagos o salarios se los realizará el 50 % hasta el 15 de cada mes y el otro 50 % más los beneficios, comisiones y/o bonos se realiza el día 28 de cada mes, o el último día laborable anterior a estas fechas cuando las mismas sean fines de semana o feriados.
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