Marco Legal Y Pedagogico
Enviado por nathrdz • 8 de Diciembre de 2014 • 1.801 Palabras (8 Páginas) • 243 Visitas
CAPITULO III
MARCO LEGAL Y PEDAGÓGICO
En la actualidad la educación forma parte esencial de la vida del ser humano y le pertenece al Estado la obligación de proveerla por todo el país para que sea accesible a cada individuo.
Fue en 1857 cuando se incluyó por primera vez en la Constitución de aquel entonces un artículo dedicado a la educación, el artículos 3°, mismo que se encuentra actualmente en la carta magna promulgada en 1917 por el Congreso Constituyente. Esta carta que rige a nuestro país, cuenta con nueve títulos, que forman un total de 136 artículos en su contenido.
Entre los 38 artículos del título primero se localizan los derechos y las garantías individuales de todos los mexicanos, como el artículo 3° antes mencionado referente al derecho que tiene todo individuo de recibir una buena educación por parte de la nación.
Otro documento de compromiso con los principios educativos es la Ley General de Educación misma que reglamenta al artículo 3° Constitucional y regula la educación impartida por el Estado y sus tres órdenes de gobierno.
Grandes han sido los logros educativos en México, pero existe también plena conciencia de los rezagos y nuevos retos u objetivos por cumplir, como aquellos plasmados en el Programa Sectorial de Educación 2007-2012 y que por tal motivo se cuenta además con los programas de estudio (2009) valorados como el instrumento operativo que orienta el logro de dichos objetivos y finalidades del Nivel de Educación Básica en las etapas y grados correspondientes.
3.1 Antecedentes en la educación
Los individuos de un país siempre depositan en la educación sus más grandes ideales. La educación primaria por ejemplo ha pasado por grandes cambios en la historia de nuestro país, en 1867 cuando el presidente Benito Juárez introdujo su obligatoriedad está era la llamada educación primaria elemental y solo consistía en tres años de estudios, mas adelante paso a ser de cuatro años y, en 1905, Justo Sierra pugnó porque se extendiera a cinco años.
Finalmente fue tras la promulgación de la Ley Orgánica de Educación en febrero de 1940 que se fijo una educación primaria con un periodo comprendido de seis años.
Anteriormente también se buscó renovar el artículo pertinente a la educación, y para dicha renovación se valoro la importancia formativa de los primeros años del ser humano, ya que en ellos se determina fuertemente el desenvolvimiento futuro del niño, se adquieren hábitos de alimentación, de higiene y salud así como su capacidad de aprendizaje.
Es decir, que la motivación intelectual en la etapa preescolar (cuatro y cinco años) aumenta el desarrollo de los niños para una mejor disposición en el nivel de educación posterior, reduciendo significativamente la reprobación y deserción en los grados iniciales de la primaria. Al igual que una escolaridad adicional que comprenda la secundaria, impulsa la capacidad productiva de la sociedad, al proporcionarle individuos moral e intelectualmente preparados para la vida.
Es en virtud a estas consideraciones, que el nuevo texto del artículo 3° de la Constitución publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de marzo de 1993, da un renovado sustento a los objetivos educativos que sociedad y gobierno de México se han trazado.
3.1.1 Artículo 3° Constitucional
Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado –Federación, Estados y Municipios- impartirá educación preescolar, primaria y secundaria. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica obligatoria. La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia.
I. Garantizada por el artículo 24 la libertad de creencias, dicha educación será laica y, por tanto, se mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa.
II. El criterio que orientará a esa educación se basará en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios.
Además:
a). Será democrático, considerando a la democracia no solo como estructura jurídica y régimen político, sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo;
b). Será nacional, en cuanto –sin hostilidades ni exclusivismos- atenderá a la comprensión de nuestros problemas, al aprovechamiento de nuestros recursos, a la defensa de nuestra independencia política, al aseguramiento de nuestra independencia económica y a la continuidad y acrecentamiento de nuestra cultura, y
c). Contribuirá a la mejor convivencia humana, tanto por los elementos que aporte a fin de robustecer en el educando, junto con el aprecio hacia por la dignidad de la persona y la integridad de la familia, la convicción del interés general de la sociedad, cuanto por el cuidado que ponga en sustentar los ideales de fraternidad e igualdad de derechos de todos los hombres, evitando los privilegios de razas, de religión, de grupos, de sexos o de individuos;
III. Para dar pleno cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo y en la fracción II, el Ejecutivo Federal determinará los planes y programas de estudio de la educación preescolar, primaria, secundaria y normal para toda la República. Para tales efectos, el Ejecutivo Federal considerará la opinión de los gobiernos de las entidades federativas y de los diversos sectores sociales involucrados en la educación, en términos que la ley señale; (Reformado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de Noviembre del 2002)
IV. Toda la educación que el Estado imparta será gratuita;
V. Además de impartir la educación preescolar, primaria y secundaria, señaladas en el primer párrafo, el Estado promoverá y atenderá todos los tipos y modalidades educativos –incluyendo la
...