Minuta Sociedad Colectiva
Enviado por visitador2 • 5 de Octubre de 2012 • 943 Palabras (4 Páginas) • 1.239 Visitas
MINUTA:
Señor Notario sírvase usted extender en su registro de escritura pública, una de SOCIEDAD COLECTIVA que celebraron los suscritos Don César Augusto Obando Del Rosario y Aurora Velásquez Diestra, en la que consienten las siguientes estipulaciones:
PRIMERO: César Augusto Obando Del Rosario, peruano de nacimiento, identificado con L.E. 17654982, Contador Público Colegiado, domiciliado en la calle Arequipa Número ciento setentaicuatro de la ciudad de Cusco, de estado civil soltero; Aurora Velásquez Diestra peruana de nacimiento, identificada con L.E. 18763459, industrial, domiciliada en Jirón Pizarro número trescientos treintainueve de la ciudad de Cusco, casada con don Gilmer Sebastián Cruzado Ponce; convenimos en formar una SOCIEDAD COLECTIVA con el objeto de explotar industria) y comercialmente el establecimiento "Farmacia San Nicolás", situada en la calle González Prada ciento treintaidos, de la Plazuela González Prada.
SEGUNDO: La SOCIEDAD COLECTIVA, que formamos girar con la razón social siguiente "Farmacia San Nicolás – César Augusto Obando Del Rosario y Cía. S.C.".
TERCERA: El presente contrato de SOCIEDAD COLECTIVA tendrá un término de duración de cinco años forzosos prorrogables a cinco año más por acuerdo de ambos socios, salvo el caso de que de mutuo acuerdo se determine la rescisión del contrato antes de vencido dicho término. Para éste último caso el socio que toma la iniciativa debe comunicarla al otro socio con seis meses de anticipación y para el caso de fallecimiento los herederos del otro socio acrecerán al socio que sobreviviera la decisión de continuar la sociedad dentro de un plazo de seis meses de la fecha del fallecimiento de su causante, en defecto de lo cual el contrato quedará rescindido y se procederá a la liquidación de la sociedad.
CUARTA: La SOCIEDAD COLECTIVA materia de este con trato asume totalmente el activo y pasivo de la antigua sociedad "Farmacia Piura" en que han intervenido los mismos otorgantes, según escritura pública otorgada ante usted mismo señor notario con fecha dieciséis de marzo de mil novecientos ochentaiocho, sociedad que ha fenecido el quince de febrero del año en curso, y por lo tanto ha sido liquidada entregándose el haber social a los accionistas que la formaron, de tal manera que se dé por extinguida total o definitivamente dicha sociedad cuyo activo y pasivo han sido transferidos integralmente a la nueva sociedad, que tiene adquiridos los muebles, mercaderías, etc. conforme al inventario de su propósito.
QUINTA: Los aportes individuales que ambos accionistas entregamos a la Constitución de la nueva sociedad, aparecen del inventario levantado a efectos de éste contrato verificado el treinta de marzo último, con la siguiente participación: Señor César Augusto Obando Del Rosario un mil quinientos setentaiseis nuevos sotes y la Señorita Aurora Velásquez Diestra cuatro mil ciento setentaiseis nuevos soles. Sumando ambos aportes hacen el capital social de cinco mil setecientos cincuentaidos nuevos soles, que es el valor del inventario expresado.
SEXTA: Tendrá la calidad de Gerente
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