Modelos Organizacionales
Enviado por chemitaluna • 11 de Febrero de 2013 • 7.155 Palabras (29 Páginas) • 343 Visitas
TÍTULOS DE CRÉDITO.
Hay que distinguir entre la teoría general de libertad sindical títulos de creidito y el análisis particular de los títulos. La teoría general consiste en estudiar y conocer los principios que informan los títulos y que son aplicarles a todos los títulos en particular que se refiere por ejemplo a las personas que intervienen, la prescripción, pero todas estas normas responden a principios generales.
Otro alcance es que el Código de comercio regulaba un titulo de crédito en particular que es la letra de cambio pero la ley 18.092 de 1982 derogo ese capítulo pues esta ley introdujo cambios sustanciales en ese título valor.
Los títulos de crédito son una creación propia del derecho comercial por cuanto vino a solucionar un gran escollo en el mundo de los negocios como era la necesaria agilidad y rapidez en la circulación de las riquezas otorgando seguridad tanto al acreedor como también al deudor.
En primer lugar se utilizaba la cesión de crédito del artículo 1902 del Código civil para la circulación de las riquezas.
Se utiliza la delegación. Existen 2 tipos de delegación la perfecta e imperfecta y esto tiene que ver con la liberación del deudor primitivo de su obligación. La imperfecta es cuando no queda liberado el deudor primitivo es decir subsisten las 2 obligaciones, en la delegación perfecta se libera de la obligación al deudor primitivo subsistiendo solamente el nuevo deudor produciéndose una novación por cambio de deudor.
El problema de la cesión es que existen muchas situaciones que hacen muy riesgoso la cesión de crédito como por ejemplos vicios que afecten el titulo. En razón de evitar estos riesgos se crearon los títulos de créditos para la circulación expedita de las riquezas.
En la cesión se transmite con sus vicios, cuando circula un titulo de crédito nace nuevo en la persona que los recibe.
De que se tratan
Se trata del estudio de ciertos documentos que tienen un contenido obligacional y que están premunidos de ciertas características que los distinguen de otros documentos que dan cuenta de obligaciones según las fuentes tradicionales de estas mismas. Es decir son otra forma de manifestación de las fuentes de las obligaciones distinta a las del artículo 1437 del Código civil.
Entre los ejemplos más conocidos de los títulos de crédito esta a letra de cambio, el pagare, el cheque, los vales vistas endosables, a contar del año 2005 las facturas, los conocimientos que es un titulo propio del comercio marítimo el cual acredita la entrega de la mercadería al porteador, se llama carga de porte en el comercio terrestre, mutuo hipotecario endosable, las acciones. Todos estos títulos de crédito son documentos esencialmente distintos a los de una escritura pública o privada en que consten contrato como el arredramiento, la compraventa, el muto, la prenda y l hipoteca.
Aspecto económico
Los titulo de crédito tienen un componente económico muy importante de esta manera muchos de los elementos de los titulo de crédito emanan de las ciencias económicas, así la circulación de las riquezas como el movimiento de los bienes y servicios que se transfieren en el mercado y que forman parte del mundo de los negocios no pudo ser ajeno al derecho debiendo proveerlo de ciertos instrumentos que tendieran a promover y a satisfacer ese fenómeno.
Así entonces la circulación de la riqueza es el fundamento primario de los títulos de crédito al cual deben concurrir 3 elementos:
- La velocidad.
- La cantidad.
- La seguridad.
Este documento da cuenta de una obligación y además dada su naturaleza lo voy a poder transferir
Definición
Todos aquellos documentos necesarios para ejercer el derecho literal y autónomo expresado en el mismo.
De esta definición se desprenden las 3 características más sustanciales de los títulos de crédito que son:
1. Que levan un componente de necesariedad.
2. El carácter literal de los títulos de crédito.
3. El carácter autónomo de los títulos de crédito.
La doctrina a agregado además otro elemento.
4. De la abstracción.
Ejemplos:
- Literalidad: el documento vale por lo que está escrito.
- Lo necesario: es tener el titulo en la mano.
Esta definición junto con tener la particularidad de dar a conocer los elementos fundamentales de los títulos de crédito menciona lo que son los dos elementos fundamentales de los títulos de crédito que es:
- Es sustrato materia, el titulo de crédito como cosa.
- Declaración documental, La relación obligacional en el representada, aspecto subjetivo
Los títulos también se reconocen y conocen como títulos valores, pero en chile se habla de títulos de crédito.
Análisis de la estructura
1. Sustrato material. Desde un punto de vista objetivo.
El titulo de crédito es una cosa mueble y esto tiene su origen en que estamos en presencia de un instrumento documental y este efecto de que sea una cosa mueble tiene mucha importancia pues por esta razón los títulos de crédito pueden ser objeto de relaciones reales es decir puede existir tenencia, posesión y propiedad es mas por tener carácter de cosa muebla puede ser objeto de garantía (prenda). Se puede constituir prenda con desplazamiento, la prenda industrial no se puede constituir. Ley 4.287 prenda de valores inmobiliarios a favor de los bancos, admite la prenda con carácter de garantía general pero sólo para garantizar obligaciones propias del deudor titular del título de crédito. ver min 5 prenda sin desplazamiento.
¿Puedo constituir prenda sobre mis acciones?
Si porque es un titulo de crédito y detrás de él hay un valor.
El titulo de crédito como documento
Se trata de un escrito literalmente simple y que tiene formalidades elementales, como todo documento tanto del punto de vista formal como de fondo deja constancia de un hecho que puede producir consecuencias jurídicas, su valor jurídico formal esta dado por su importancia probatoria es decir tendrá valor este documento en la medida que sea capaz de acreditar el hecho que ahí está representado.
2. La declaración documental, como fuente de obligaciones.
En el existe una declaración una promesa unilateral de voluntad que da nacimiento a un vinculo jurídico obligacional que se exterioriza en forma documental.
Que sea unilateral significa que se obliga una de las partes, esta declaración unilateral en los títulos de créditos que está representada en el titulo, documento, por esencia tiene 4 particularidades:
i. Es no recepticia.
No depende de la voluntad del sujeto a quien se dirige o su destinatario.
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