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Nacionalidad


Enviado por   •  7 de Mayo de 2013  •  1.824 Palabras (8 Páginas)  •  296 Visitas

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Introducción

La nacionalidad sólo puede entenderse ante la existencia del Estado. Si no existe el Estado, sólo hay individuos, habitantes u ocupantes de cierto espacio geográfico, vinculados entre sí por situaciones de hecho. La nacionalidad es un atributo personal derivado de la realización de un supuesto jurídico, y, por lo tanto, de un orden legal prestablecido.

La nacionalidad, no depende ya del hecho fortuito de haber nacido en un territorio determinado o de nacer de unos progenitores que la tenían, sino de un hecho voluntario que persigue vincular a quien lo exprese con una determinada sociedad política, su cultura, su manera de vivir y su sistema de valores.

¿Qué es la nacionalidad?

La nacionalidad es el vínculo jurídico que une a la persona con el estado y tiene la doble vertiente de ser un derecho fundamental y constituir el estatuto jurídico de las personas. Por esta relación, el individuo disfruta de unos derechos que puede exigir a la organización estatal a la que pertenece y ésta, como contrapartida, puede imponerle el cumplimiento de una serie de obligaciones y deberes.

La nacionalidad es un elemento fundamental en la vida del individuo, en tanto en cuanto le permite pertenecer a un grupo, identificarse con éste y, a la vez, le otorga la protección del Estado y la posibilidad del ejercicio de sus derechos conforme a las normas jurídicas del mismo (ej: acceso a la funciones públicas).

La nacionalidad, en definitiva, es la máxima expresión jurídica de la integración de una persona en una comunidad estatal, es algo más que la autorización de residencia y trabajo.

Asimismo, la nacionalidad juega un importante papel en el sentido de ser la condición necesaria para acceder a la protección diplomática de los derechos de los nacionales de un país cuando se encuentran en el extranjero. Es decir, todo nacional de un Estado tiene derecho a que los órganos diplomáticos de su país le ofrezcan protección y asesoramiento durante sus estancias en el extranjero.

Principios Fundamentales

a. Toda persona tiene derecho a tener una nacionalidad. Sin embargo, en la realidad tal principio no deja de ser teórico, por cuanto hay personas que poseen dos o más nacionalidades y otras que no tienen ninguna, debido a los conflictos de nacionalidad.

b. Toda persona tiene derecho a tener una nacionalidad desde su nacimiento. La nacionalidad forma parte de lo que se denomina estatuto personal y es un elemento de identificación de las personas. Toda persona cuando nace debe tener derechos y deberes que le da el ordenamiento jurídico del Estado. La persona sin nacionalidad, carece de protección estatal.

c. Toda persona tiene derecho a cambiar de nacionalidad. La Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas del 10 de diciembre de 1948, consagra como uno de los derechos fundamentales de la persona natural, el derecho de cambiar de nacionalidad.

Clases de Nacionalidad

A. La nacionalidad venezolana originaria o por nacimiento

B. La nacionalidad venezolana derivada o por naturalización

C. El principio de la doble nacionalidad

Perdida de la Nacionalidad

Al hablar de la pérdida de la nacionalidad venezolana es necesario distinguir y observar separadamente la pérdida de la nacionalidad originaria de la pérdida de la nacionalidad venezolana originaria.

Pérdida de la Nacionalidad Venezolana Originaria

Nuestra Constitución Nacional vigente consagra dos supuestos sobre la pérdida de la nacionalidad venezolana originaria: en primer lugar por opción de adquisición voluntaria de otra nacionalidad y en segundo lugar, respecto a la venezolana que se casare con extranjero. Ante este problema planteado es de suponer dos hipótesis, a saber:

1. La adquisición voluntaria de otra Nacionalidad:

El Derecho sobre nacionalidad responde a dos principios fundamentales por la Declaración Universal de los Derechos Humanos en su Artículo 15 al señalar:

"Toda persona tiene derecho a una nacionalidad. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de ella".

Estos principios han sido recogidos por la Constitución de la República de Venezuela (1961), sobre todo en lo que respecta del derecho de cambiar la nacionalidad.

En efecto, por mucho tiempo fue debatido el problema de si el venezolano podía cambiar de la nacionalidad en nuestro derecho. Diversas Constituciones y la Ley de Naturalización de 1940 prohibieron expresamente la posibilidad del venezolano de cambiar y perder su nacionalidad, situación que Lorenzo Herrera Mendoza calificó de antijurídica, impolítica, contradictoria, injusta y sobre todo, fecunda en inconvenientes y conflictos.

Esta situación, sin embargo, fue modificada por la Constitución de 1947 y posteriormente la vigente Constitución de la República de Venezuela (1961) donde se establece que "la nacionalidad venezolana se pierde... por opción o adquisición voluntaria de otra nacionalidad".

2. La Situación de la Venezolana que se Casare con Extranjero.

En principio, la Constitución Nacional señala que la venezolana que se casare con extranjero conserva su nacionalidad. Sin embargo, la propia Constitución Nacional en su Artículo 38 establece que, la venezolana que se casare con extranjero pierde la nacionalidad venezolana y adquiere según la nacional del marido, la nacionalidad de éste.

Por tanto, la venezolana que se casare con extranjero no pierde por ese solo hecho la nacionalidad venezolana a manos que, acumulativamente adquiera la nacionalidad del marido según la Ley Nacional de éste declare al Estado venezolano su voluntad contraria a conservar la nacionalidad venezolana.

La Constitución, no establece la forma de esta declaración de voluntad. Sin embargo, bien puede aplicarse por vía analógica el dispositivo consagrado en el Artículo 41 eiusdem, exigiendo que esa declaración de voluntad se haga en forma auténtica.

Pérdida de la Nacionalidad Venezolana derivada

La Previsión Constitucional y el Régimen Transitorio: De acuerdo con la Constitución vigente, la nacionalidad venezolana derivada se pierde por revocación de la naturalización mediante sentencia judicial de acuerdo con la Ley modificando sustancialmente lo consagrado por la vigente

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