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Nacionalidad


Enviado por   •  24 de Mayo de 2013  •  1.526 Palabras (7 Páginas)  •  287 Visitas

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Nacionalidad de las personas de derecho privado.

Sobre la nacionalidad de esta clase de personas las legislaciones nacionales han guardado reiteradamente silencio, pues concebidas dichas estructuras desde un punto de vista civil no se ha pensado en la posibilidad de conflictos de leyes provenientes de un factor de conexión que igualmente existe en las personas naturales como es la nacionalidad. Así, la determinación de dicha nacionalidad ha sido producto de la doctrina, de la jurisprudencia y de la codificación internacional. Salvo las sociedades mercantiles sobre las cuales la legislación se ha establecido distinción en cuanto a nacionalidad.

En lo que se refiere a la nacionalidad de las asociaciones, corporaciones u fundaciones, sobre ellas han existido diversos criterios para la determinación de esa nacionalidad. Así, la doctrina francesa ha establecido la "sede social" de las personas como el elemento vinculante de la nacionalidad e igualmente, se han formulado otros criterios como la atribución de la nacionalidad del país que la crea, autoriza o aprueba.

Nuestra legislación civil guarda absoluto silencio con relación a la nacionalidad de las asociaciones, corporaciones y fundaciones. El Código Bustamante, del cual forma parte Venezuela, establece en su articulo 9° una fórmula general mediante la cual cada Estado contratante aplicara su propio derecho para la determinación de la nacionalidad de origen de toda persona individual o jurídica cuando una de las nacionalidades sujetas a controversia sea la de dicho Estado.

Y en el caso concreto de las corporaciones o fundaciones su nacionalidad de origen se determinara por la ley del Estado que las autorice o apruebe y la de las asociaciones será la del país en que se constituyan y en el deban registrarse o inscribirse, si exigiese ese requisito la legislación local. Estas dos últimas disposiciones fueron reservadas por Venezuela.

Es indudable que en el caso de presentarse un conflicto de ley con relación a la determinación de la nacionalidad de una asociación, corporación o fundación y en la cual la nacionalidad venezolana este involucrada, el Juez venezolano aplicarla la fórmula general contenida en el artículo 9° del Código Bustamante, como norma expresa de carácter convencional o como principio general de derecho, según el caso, pues con este ultimo carácter ha sido aplicado reiteradamente por el Estado venezolano en casos de conflictos de nacionalidades de personas naturales.

Condición Jurídica De Los Extranjeros

Condición Jurídica de los Extranjeros

Se identifica a la condición jurídica de los extranjeros como “Los derechos que los extranjeros gozan en cada país”; en este sentido, Jean Paul Niboyet, indica: “La condición jurídica de extranjeros estará integrada por los diversos derechos y obligaciones imputables en un Estado a las personas físicas o morales que no tienen el carácter de nacionales”

*Sistemas de trato para Extranjeros.

Conforme a la doctrina del Derecho Internacional Privado, existen diversos sistemas de trato para los extranjeros, los cuales son:

A) Sistema de Reciprocidad Diplomática: El cual establece que los extranjeros tienen los derechos civiles estipulados en los tratados.

B) Sistema de la reciprocidad legislativa o de hecho: Consiste en que los estados otorgan a los extranjeros los derechos que sus nacionales gozan en el país de donde provienen.

C) Sistema de equiparación a nacionales: Este sistema concede al extranjero igualdad de derechos civiles con los nacionales hasta que una disposición legal no establezca restricciones en forma expresa.

D) Sistema de mínimo de derechos: Protege al extranjero un mínimo de derechos que la normatividad internacional ha considerado indispensable para el desarrollo de la persona y la protección de su dignidad humana.

Para Alfred Verdross los derechos que ostenta un extranjero son los siguientes:

a) Todo extranjero ha de ser reconocido como sujeto de derecho.

b) Los derechos privados adquiridos por los extranjeros de manera válida, conforme a la normatividad que rige en el Estado de emisión han de respetarse.

c) Han de concederse a los extranjeros los derechos esenciales relativos a la libertad.

d) Han de quedar abiertos a los extranjeros los procedimientos judiciales.

e) Los extranjeros han de ser protegidos contra delitos que amenacen su vida, libertad, propiedad y honor

E) Sistema angloamericano: Diversos autores consideran a Gran Bretaña y Estados Unidos en un grupo de países que concede a los...

Originaria y derivativa

2. ADQUISICIÓN ORIGINARIA Y DERIVADA

Situación tradicional

Distinción importante y con límites muy claros:.

- Nacionalidad de origen ® la atribuida a una persona desde el nacimiento en virtud de dos criterios:

· Por la pertenencia a una determinada línea o estirpe familiar ® ius sanguinis o filiación.

· Por el lugar de nacimiento ® ius soli.

- Nacionalidad derivada ® la adquirida con posterioridad al nacimiento.

· Es la adquirida de forma sobrevenida.

· Es preferible hablar de naturalización para este caso.

Hoy en día

Se ha roto la claridad de las líneas divisorias entre ambos conceptos.

La legislación vigente permite adquirir la nacionalidad de origen con posterioridad

...

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