Nulidad Juicio Agrario
Enviado por Antonio Prado • 6 de Mayo de 2017 • Tarea • 2.082 Palabras (9 Páginas) • 899 Visitas
EXPEDIENTE NÚMERO:
NULIDAD DE JUICIO CONCLUIDO
CC: MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL
UNITARIO AGRARIO DEL DISTRITO VEINTICUATRO,
CON SEDE EN TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO.
P R E S E N T E:
SANTOS FRANCO HERNÁNDEZ, por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones la lista y boletín de este H. Juzgado, y autorizando para los mismos efectos al Licenciado JUAN RAMÓN SÁNCHEZ DÍAZ, con cédula profesional número 1612925, Y A LOS PASANTES EN DERECHO: HAISMANI MORENO VAZQUEZ, GUILLERMO BOBADILLA HERNADEZ, JUAN SALAZAR GUADALUPE, MA. DEL CARMEN NANCI VAZQUEZ MONTES DE OCA, SAMUEL ALFONSO ARRIAGA GARCIA, JORGE ARMANDO SANCHEZ DIAZ Y ENRIQUE ANDRES GONZALEZ SANCHEZ., así mismo para que reciban toda clase de documentos aun los de carácter personal, nombrando como representante común al primero de los mencionados, ante Usted con el debido respeto comparezco para exponer:
Que en vía x y con fundamento en el artículo 737 – A fracción VII, del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Distrito Federal, vengo a demandar la NULIDAD DE JUICIO CONCLUIDO AGRARIO , por las razones que mas adelante detallaré.
Fundándome para hacerlo en los siguientes hechos y consideraciones de derecho:
H E C H O S.
- En fecha dieciocho de mayo de año dos mil siete el C. CARLOS MIRANDA JIMÉNEZ, demandó ante el Juzgado Civil Décimo Séptimo, La Terminación de Contrato de Comodato, que supuestamente celebré para con él, exhibiendo un contrato de comodato, donde aparece plasmada una firma que no es mía.
- Durante la tramitación del juicio civil, nombré como abogado patrono de mi parte al Licenciado RAFAEL FLORES MARTINEZ y JUAN RAMIREZ CARDENAS, esto con la finalidad de defender mi patrimonio, ya que yo soy el legítimo poseedor y propietario del inmueble motivo de la litis en el juicio antes mencionado.
- Se da el caso que, durante la secuela procesal mis abogados patronos mencionados con antelación, actuaron en contubernio con el abogado del señor CARLOS MIRANDA JIMÉNEZ, cuyo nombre lo es Lic. SILVANO ANTONIO DAÑINO BOLAÑOS, tal fue así que mis abogados aprovechándose que desconozco de la terminología jurídica y procedimiento, a través de engaños, me hicieron firmar un escrito desistiéndome de las pruebas confesional y testimonial, que previamente había ofrecido el suscrito durante el periodo de pruebas, aunado a esto en la prueba pericial ofrecida de mi parte, a cargo del perito en grafoscopía, DENNIS CARDOSO SÁNCHEZ, fue maquilada con el abogado SILVANO ANTONIO DAÑINO BOLAÑOS ya que éste me pidió $ 30,000.00 (treinta mil pesos 00/100 M.N.) para que el perito no dictaminara en mi contra, y me proporciono su numero de cuenta de cheques 40129275971 de la institución bancaria SANTANDER, así como del Licenciado RAFAEL FLORES MARTINEZ 4017137191 de H.S.B.C. por lo que desde este momento solicito se libre atento oficio a las instituciones bancarias a efecto de que informe a este H. Juzgado a nombre de quien se encuentra esa cuenta bancaria. puesto que el abogado de mi contrario le estaba ofreciendo dinero, y así mismo la cantidad lo era para la C. JUEZ SÉPTIMO MARIA DEL ROSARIO MANCERA PÉREZ ya que ésta, al momento de determinar su resolución, fallaría en contra mía.
- Situación que en el caso así aconteció, determinando el peritaje que la firma que se falsificó era mía, estas manifestaciones, le hice saber a la C. JUEZ MARIA DEL ROSARIO MANCERA PÉREZ, mediante un escrito de fecha treinta y uno de agosto, así mismo solicité se diera vista el Ministerio Público adscrito al juzgado dada la magnitud del problema, ya que existió contubernio entre el perito de mi parte de nombre DENNIS CARDOSO SÁNCHEZ, y los abogados RAFAEL FLORES MARTINEZ y JUAN RAMIREZ CARDENAS, con el Licenciado SILVANO ANTONIO DAÑINO BOLAÑOS, ya que a todas luces se denota que se confabularon entre si, dejándome en total estado de indefensión.
- Así las cosas y en la audiencia de fecha 12 de septiembre del año dos mil siete, asistí sin la acesorìa de mis entonces abogados, puesto que estos ya no me daban la cara, ni contestaban mis llamadas hechas a sus números telefónicos, la C. JUEZ MARIA DEL ROSARIO MANCERA PÉREZ, me mandó llamar a su oficina , diciéndome de manera grosera y prepotente “ MIRE SEÑOR A MI NO ME VA A DIFAMAR, EN NINGUN MOMENTO A MI SE ME ENTREGO DINERO ALGUNO Y EN ESTE MOMENTO LE PIDO QUE MEJOR FIRME EL CONVENIO QUE AQUÍ EL ABOGADO SILVANO ANTONIO DAÑINO BOLAÑOS LE PRESENTA Y ASI SE DEJA DE TENER PROBLEMAS CON LA JUSTICIA, POR QUE SINO YO LE VOY A INICIAR UNA ACTA PENAL ASI ES QUE DEJESE DE ANDAR DE TONTERIAS Y FIRME LO QUE LE ESTAN PROPONIENDO”, por lo que en ese momento el suscrito sin saber que hacer y ante la presión que era objeto por parte de la C. Juez, salió de su cubículo y le comentó a la Lic. CECILIA ANDUIZA VALERA secretaria de acuerdos “MIRE AQUÍ EL SEÑOR VA A FIRMAR ESTE CONVENIO RECIBALE LA RATIFICACION DEL MISMO Y QUE FIRME” por lo que la secretario me pidió que me presentara a firmar el convenio al otro día por que ese día ya eran las 3:00 p.m. y se REGRESO LA SEÑORA JUEZ A SU CUBICULO DICIENDO DE NUEVA CUENTA QUE YO LA ESTABA DIFAMANDO Y QUE ELLA YA HABÍA INICIADO UNA AVERIGUACIÓN PREVIA EN CONTRA MÍA, POR EL DELITO DE DIFAMACIÓN, ADEMÁS QUE ME ENCONTRABA EN GRAVES PROBLEMAS Y PODÍA IR A AL CÁRCEL, QUE MEJOR ME CONVENÍA ARREGLAR MI PROBLEMA Y QUE AHÍ PARARÍA TODO, QUE ACEPTARA LA PROPUESTA DEL ABOGADO SILVANO ANTONIO DAÑINO BOLAÑOS PARA NO METERME MAS EN PROBLEMAS, FUE ASÍ QUE SALIENDO DE LA OFICINA DE LA C. JUEZ MARIA DEL ROSARIO MANCERA PÉREZ, me abordó el licenciado SILVANO ANTONIO DAÑINO BOLAÑOS, mostrándome un convenio en donde me obligo a desocupar la casa en un plazo no mayor de tres meses, manifestándome que estaba metido en problemas asta el cuello y era mejor aceptar lo que el proponía para evitar ir a al cárcel, es así que presionado por la C. JUEZ MARIA DEL ROSARIO MANCERA PÉREZ y el abogado de mi contraparte SILVANO ANTONIO DAÑINO BOLAÑOS aunado a esto ante la ausencia de mis abogados defensores, firmé el convenio que ese mismo día se exhibió en el juzgado y al día siguiente me citaron a ratificar el convenio.
- Es así que aprovechándose que desconozco, del procedimiento civil, y aunado a mi problema físico facial, engañosamente y a través de presión psicológica y ante el temor que me procesaran penalmente firme el convenio para la conclusión del juicio civil, sumado a esto también la presión que ejerció sobre mi la C. JUEZ MARIA DEL ROSARIO MANCERA PÉREZ. Tal es el caso que en fecha 13 de noviembre del año dos mil siete, solicité mediante promoción, copias certificadas de todo lo actuado en el Juicio Terminación De Contrato, bajo el número de expediente 309/07, pero la C. Juez, en el auto de fecha 14 de noviembre del año dos mil siete, negó las mismas mencionando que una vez que aclarara ante que autoridad exhibiría las constancias proveería lo conducente. Así mismo pido por este conducto se solicite mediante oficio, que sean remitidas las copias certificadas del expediente 339/07 radicado en el Juzgado Décimo Séptimo Civil, cuyo juicio lo es la Terminación de Contrato de Comodato, a este H. Juzgado, a efecto de que sea sustentado y corroborado mi dicho en la presente nulidad de juicio.
D E R E C H O.
1.- Son aplicables en cuanto al fondo del asunto los artículos 792, 798 y demás relativos del Código Civil vigente en el Distrito Federal.
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