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ORGANIZACION JUDICIAL DOMINICANA


Enviado por   •  8 de Septiembre de 2013  •  1.294 Palabras (6 Páginas)  •  3.990 Visitas

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La organización Judicial Dominicana

1. Principios que rigen la organización dominicana:

1- El principio de pluralidad de los oficios jurisdiccionales

Este principio ha permitido que a una misma institución pudieren atribuírsele varias funciones, por ejemplo: Jueces de Paz y Fiscalizadores que fungen como conciliadores en ciertas materias, además de sus otras funciones; Jueces de Primera Instancia que son la alzada de los Juzgados de Paz, además de ser tribunales de primer grado que conocen, salvo restricción legal, de todas las materias; Jueces de Instrucción tienen nuevas atribuciones cautelares (Ley 24-97) además de las tradicionales funciones investigativas que el procedimiento criminal les asigna.

2- El principio de doble grado de jurisdicción

El doble grado de jurisdicción ha permitido que históricamente en nuestro país siempre los litigios y causas sólo excepcionalmente hayan sido conocidos en una sola instancia..

Actualmente impera el principio del doble grado de jurisdicción. Este principio es de orden público y está previsto (Art. 71, inciso 1) aunque no conceptualizado en nuestra Constitución. Supone la apelación como un derecho de las partes para atacar decisiones judiciales, a los fines de que un tribunal de jurisdicción más elevada conozca del asunto.

3- El principio de jerarquía de los oficios

Este principio ha supuesto una relación de dependencia administrativa del oficio inferior al oficio superior (por ejemplo en los órganos de la llamada Policía Judicial; o en el orden administrativo, la jerarquía entre Secretarios de Tribunal y auxiliares de secretaría).

En el orden jurisdiccional, la cima de la pirámide la ocupa la Suprema Corte de Justicia, la cual, constitucionalmente, ejerce el Poder Judicial (Art. 63 de la Carta Magna).

4- El principio de la división de competencia

Esta ha sido determinada dependiendo de la gravedad o trascendencia del asunto litigioso han creado el concepto de "atribución". Las normas de procedimiento han dividido las materias por áreas; así, hay una materia penal, una materia civil, una materia contenciosa-tributaria, etc.

La competencia de atribución en las áreas penales y civiles se fundamenta en la gravedad del hecho cometido y la severidad de la sanción consecuente o en el monto o trascendencia de los intereses que se litigan.

2. Organización de los tribunales.

Los tribunales se encuentran estructurados de la siguiente manera: a) Suprema corte de justicia; b) Las cortes de apelación; c) Los juzgados de primera instancia; d) Los juzgado de paz; e) Jurisdicción especializadas (contencioso administrativo, tribunal superior de tierra y los que la ley disponga si es requerido por razones de interés público o eficiencia para el tratamiento de otras materias).

La Suprema Corte de Justicia es el órgano jurisdiccional superior de todos los organismos judiciales. Estará integrada por no menos de dieciséis jueces y podrá reunirse, deliberar y fallar válidamente con el quórum determinado por la ley que establece su organización. Estará dividida en salas, de conformidad con la ley.

Cortes de apelación. Habrá las cortes de apelación y sus equivalentes que determine la ley, así como el número de jueces que deban componerlas y su competencia territorial. Conocerá de las apelaciones a las sentencias, de conformidad con la ley; Conocer en primera instancia de las causas penales seguidas a jueces de primera instancia o sus equivalentes; y Conocer de los demás asuntos que determinen las leyes.

Juzgados de primera instancia. Habrá los juzgados de primera instancia o sus equivalentes, con el número de jueces y la competencia territorial que determine la ley.

Juzgados de paz. La ley determinará el número de juzgados de paz o sus equivalentes, sus atribuciones, competencia territorial y la forma como estarán organizados.

La Jurisdicción Contencioso Administrativa estará integrada por tribunales superiores administrativos y tribunales contencioso administrativos de primera instancia. Sus atribuciones, integración, ubicación, competencia territorial y procedimientos serán determinados por la ley. Los tribunales superiores podrán dividirse en salas y sus decisiones son susceptibles de ser recurribles en casación.

Los departamentos judiciales: La organización judicial de nuestro país está organizada en departamentos judiciales, contamos con 12 departamentos establecidos por ley, de los cuales solo están funcionando 11. Dichos departamentos están conformados por los distritos judiciales que determine la ley, actualmente

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