Opción De Compra Y Venta
Enviado por marilualexis • 22 de Julio de 2013 • 663 Palabras (3 Páginas) • 304 Visitas
Entre RAIZA TORO REYES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº: V-26.414.745, denominada en lo sucesivo “LA COMPRADORA”, por una parte y por la otra LORBIS GUILARTE DIANA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº: V-11.059.239, denominada en lo sucesivo “LA VENDEDORA” se ha convenido en celebrar un contrato de Opción de Compraventa, contenido en las cláusulas siguientes:
PRIMERA: “LA VENDEDORA” se compromete a vender y “LA COMPRADORA”, a comprar un inmueble constituido por unas bienhechurías consistentes en una casa, fabricada con paredes de bloque, techo de platabanda, piso de cemento pulido, la casa consta de dos (2) habitaciones, una (1) cocina-sala-comedor, Un (1) baño, estas bienhechurías tienen servicio de luz eléctricas y sus tuberías de aguas blancas, la casa esta distinguida con el Nº 5-A. Las prenombradas bienhechurías se encuentran construidas en la segunda planta, de la casa de mi propiedad distinguida con el Nº 5, Calle El Serrucho, del Barrio Jabillito, Charallave, jurisdicción del Municipio Cristóbal Rojas del Estado Miranda.
SEGUNDA: El inmueble objeto de la presente promesa de compraventa pertenece a “LA VENDEDORA” por haberlas construido con dinero de su propio peculio.-
TERCERA: El precio mediante el cual LA COMPRADORA se compromete a adquirir, y LA VENDEDORA se compromete a vender el inmueble es la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. 50.000,00) que LA COMPRADORA pagará en dinero en efectivo a completa y entera satisfacción de LA VENDEDORA en el acto formalización del documento definitivo de compraventa.
CUARTA: El plazo de esta Opción es de DOSCIENTOS DIEZ (210) días continuos, contados a partir de la fecha del presente compromiso, Es decir se formalizara la compra venta para el día 28 de octubre de 2013.
QUINTA: LA VENDEDORA declara que recibe en este acto de manos de LA COMPRADORA la cantidad de VEINTICINCO MIL BOLIVARES FUERTES ( Bs. 25.000,00) como arras en garantía y en señal de su intención de adquirir el inmueble para el día 28 de octubre de 2013, deberá pagar la cantidad restante de VEINTICINCO MIL BOLIVARES FUERTES ( Bs. 25.000,00), Si el documento de compraventa no se formaliza dentro del plazo señalado en la cláusula cuarta del presente contrato, por culpa de LA COMPRADORA, la cantidad señalada en esta cláusula quedará a favor de LA VENDEDORA por concepto de indemnización de los daños y perjuicios que ese incumplimiento de LA COMPRADORA pudiere ocasionarle, quedando definitivamente terminado este
contrato sin que las partes queden nada más que reclamarse, salvo que LA VENDEDORA señale por prorrogar la vigencia de este compromiso. Si la formalización del documento definitivo no se efectúa en el plazo señalado por culpa de LA VENDEDORA, este quedará obligado a devolverle
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