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PLAN DE EMERGENCIA.


Enviado por   •  9 de Junio de 2016  •  Trabajo  •  2.101 Palabras (9 Páginas)  •  300 Visitas

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1.0          OBJETIVO

Definir los requisitos para la construcción e instalación oportuna de líneas de vida, para caídas a desnivel.

2.0        ALCANCE

Este instructivo es aplicable para las actividades de instalación de líneas de vida para caídas a desnivel, en el proyecto “Normalización Hospital de Copiapó”.

  1. DOCUMENTOS APLICABLES

PRG-SIG-GE-01         Programa de Seguridad, Salud Ocupacional y Protección del Medio Ambiente

                PRO-SIG-GE-01         Elaboración y Modificación de Documentos.

PRO-SIG-GE-03        Control de Registros.

4.0        EQUIPOS Y MATERIALES

4.1        Materiales

        

        Piolas aceradas de 2” x 3”, 2” x 2”

        Prensas Crossby de 2” x 4”, 1” x 4”

        Llave……………….

5.0        DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD

5.1        Definiciones

Personal  calificado:   Una   persona   que   tiene  la  calificación  de realizar las tareas y actividades precalificadas.

Protección contra caídas – barandas rígidas: Sistema de protección que impide efectivamente la caída de un trabajador al interior de una excavación. Debe tener la resistencia suficiente para resistir la caída de una persona.

5.2        Entrenamiento

El personal que haya sido designado como personal competente y armador de barandas de bloqueo, deberá estar entrenado y calificado para ejecutar su tarea.

 

5.3        Barandas de Bloqueo

Las barandas de bloqueo temporales deberán ser construidas para su condición de uso de acuerdo con lo establecido en este instructivo.

Las barandas de bloqueo deberán ser confeccionadas tal como se señala más abajo. Las barandas deberán confeccionarse en lugares con riesgo de caídas a desnivel en: Plantas libres hormigonadas, bordes de losa, protección de vanos, caja de ascensor, caja de escala por personal designado quien es competente en evaluar la integridad y construcción de este sistema provisorio de protección.

Las barandas de bloqueo no deben ser modificados por los trabajadores, cuando una baranda es modificada

En bordes de losa cuyos desniveles sean mayores o iguales a 0,40 mt. de profundidad se deberán usar barandas rígidas alrededor del borde de losa, con la baranda superior a una altura de 1,06 mt, y una intermedia ubicada a media distancia entre la baranda superior y el piso ( 53 cm).

La baranda rígida se construirá con pilares hechos de cuartones 2” x  3” o 2” x 2”, y las barandas con  tablas de 2” x 4”. También se podrán dos usar tablas de 1” x 4”  superpuestas, una encima de otra, para reemplazar a las 2” x  4”.  Los Pilares no deberán estar separados más de dos (2) metros entre sí.

En excavaciones menores (desniveles) a 1,0 metro deberán usar un sistema de barandas semirigidas o demarcación consistente en malla plástica de color naranja o similar de 1.06  metros de altura, con puntales de madera de 2”x 3”. Si se usa fierro de construcción como puntal de sujeción, deberá estar doblado en su punta como cayado de pastor, o cubierto con un taco de madera aprobado.

No está permitido el uso de cintas de peligro como  demarcación de excavaciones.

Las protecciones y demarcaciones deberán estar ubicados a una distancia tal del borde de la excavación que impida que ningún trabajador pueda caminar entre la protección y el borde de la excavación.

5.4        Inspecciones

Los supervisores y Capataces deberán inspeccionar las barandas de bloqueo, se revisarán diariamente para asegurarse de que se mantienen en condiciones seguras y que éstas no han sido modificados.

5.5        Especificaciones Generales de los Andamios y Procedimientos.

5.5.1        Barandas.

Todos los desniveles de trabajo sobre 0.05 mts o más desde el piso, deberán estar provistos con barandas estándares, barandas intermedias y rodapiés en los lados abiertos y en los extremos.

Todo el perímetro del nivel de trabajo, deberá contar con doble baranda, la más alta a una altura de entre 1.06 y 1.00 m. y la más baja a una altura entre 0.53 y 0.50 m. Queda absolutamente prohibido la utilización de diagonales o crucetas, fierro de construcción o cualquier material improvisado como baranda.

Los rodapiés deberán tener una altura mínima de  15 cm. de altura a nivel de  piso.        

5.5.2        Precauciones generales y requerimientos.

Cuando se necesite usar cuerda de vida y arnés de seguridad, para la confección de las barandas, la cuerda de vida deberá estar asegurada, de tal manera que la persona que use el sistema, no pueda caer a más de 1 mt. de altura.

Solamente se autoriza el uso de tablones de Álamo. Queda prohibido usar tablones de cualquier otro tipo de madera como superficie de trabajo.

Se utilizara solamente para la base de los cuerpos de andamios tablones de madera.

Todos los andamios deberán ser amarrados a una estructura o edificio para asegurar su estabilidad, desde el segundo cuerpo hacia arriba.

5.5.3        Mantención de barandas e Inspección.

La siguiente metodología es aplicable a la mantención e inspección de barandas de bloqueo:

Las barandas y/o cercos de excavaciones deberán ser periódicamente chequeadas por personal competente y mantenidos en forma segura. Las barandas de bordes de losa dañadas o débiles de cualquier manera, deberán ser reparados inmediatamente.

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