PLANEACION. Recomendaciones para la elaboración de los Acuerdos Aprender a Convivir
Enviado por rebecakitty • 14 de Junio de 2018 • Apuntes • 14.572 Palabras (59 Páginas) • 281 Visitas
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Gobernador Constitucional del Estado de Yucatán.
Lic. Rolando Rodrigo Zapata Bello
Secretario de Educación del Gobierno del Estado de Yucatán
Mtro. Delio José Peniche Novelo
Directora General de Desarrollo Educativo y Gestión Regional
Mtra. Martha María Patricia López González
Encargado de la Dirección de Desarrollo Educativo
Mtro. Juan Carlos Santana Estrada
Coordinadora Estatal del Programa Escuelas de Tiempo Completo
Dra. Fanny Leonor R de León Ruiz
Responsable de los Secretarios Técnicos Regionales
Dra. Sonia Isabel Ruiz Novelo
Elaboración: Coordinación Estatal del PETC
Responsable del Área académica
Mtro. Freddy Ariel Celaya Cordero
Colaboración y revisión
Mtra. Rocío del Alba Gutiérrez Ruiz
Secretaria Técnica de la Región Mérida 5
Lic. Luis Fernando Velázquez Cabrera
Equipo Estatal del Programa Nacional de Convivencia
Mtra. María Patricia Cabrera Rivero
Lic. Eloisa Herrera
Departamento de Desarrollo Humano de la SEGEY
Diseño Gráfico y editorial
Lic. Alejandra Montserrat Hernández Piña
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Índice
Consideraciones previas, 7
Recomendaciones para la elaboración de los Acuerdos Aprender a Convivir, 9
Introducción, 11
- Marco Normativo, 16
- Glosario, 17
III. Contenido, 19
1. Establecimiento de normas
2. Clasificación y gradualidad de las faltas
3. Medidas disciplinarias
4. Reparación del daño
5. Proceso para la aplicación de la medida disciplinaria (Debido proceso)
6. Difusión de los acuerdos Aprender a convivir
7. Seguimiento y evaluación de los Acuerdos Aprender a Convivir
8. Vigencia de los Acuerdos Aprender a Convivir
IV. Referencias, 33
V. Anexos, 35
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Consideraciones previas
Los Acuerdos Aprender a Convivir son documentos elaborados por los centros escolares de educación básica, cuyo fin es gestionar la convivencia en el nivel de la escuela; es decir, debe ser un instrumento orientador con carácter formativo. Para lograrlo, en su construcción se debe considerar lo siguiente:
- Se deberá elaborar con la participación de todos los integrantes del centro escolar, mediante el consenso, adaptándose al contexto social cultural en el que se encuentra inmerso y las prioridades del mismo.
- Contemplar como eje rector y atender al sustento legal de los Lineamientos Generales para el Establecimiento de Ambientes de Convivencia Escolar Democrática, Inclusiva y Pacífica (SEGEY 2015); descritos en el capítulo 3, art. 8-12 y capítulo 4, art. 13-20.
- Retomar información del Análisis del contexto y de los diagnósticos realizados previamente por los Consejos Técnicos Escolares realizados previamente, en los que se identifiquen: las características de la escuela y su entorno, así como la situación real de la convivencia en el mismo, que permita la construcción de acciones de promoción e intervención adecuadas para mejorar la convivencia guardando relación estrecha con la Ruta de Mejora (SEP, 2015) - Plan de Mejora- diseñado por la escuela.
- Construir, conocer y asumir los acuerdos escolares de convivencia por y para toda la comunidad escolar.
- En la redacción de las normas de convivencia se debe considerar la redacción precisa y claridad en el lenguaje de los comportamientos esperados, a partir de los derechos y deberes de la comunidad escolar, respetando la dignidad, los derechos humanos, el interés superior de las niñas, niños y adolescentes, así como las distintas etapas de desarrollo de la infancia y la juventud.
- En el establecimiento de las medidas disciplinarias que se implementarán ante las conductas contrarias a las normas de convivencia, es decir las que incumplen los deberes y/o violentan los derechos de las demás personas de la comunidad escolar; deberá prevalecer un carácter formativo para la comunidad escolar, respetando la dignidad, los derechos humanos, el interés superior de las niñas, niños o adolescentes y las distintas etapas de desarrollo de la infancia y la juventud.
- Se establecen responsables de las medidas disciplinarias con la finalidad de realizar una intervención inmediata, eficaz y eficiente; quienes realicen esta intervención serán especificados en el AAC y sus intervenciones también deberán basarse en las medidas disciplinarias establecidas en el AAC; ante una situación no contemplada se recomienda asesorarse con la autoridad escolar, por ejemplo: Cuando una conducta de falta de disciplina en el aula, la o el responsable de aplicar la medida deberá ser la (el) docente del grupo, sin embargo, cuando la situación no se contempla en el AAC, puede apoyarse con el director o directora para la definición de ésta.
- El establecimiento de rutas de intervención específica y la aplicación de protocolos establecidos por la autoridad jurídica, las cuales se implementarán ante las conductas graves o reiteradas contrarias a las normas de convivencia, tales como violencia en cualquiera de sus manifestaciones; acoso escolar; maltrato infantil; delitos sexuales; consumo; portación y/o distribución de sustancias dañinas; posesión y/o uso de arma blanca, arma de fuego o instrumento que ponga en riesgo la salud o integridad de los integrantes de la comunidad escolar.
- En esta primera fase de construcción, correspondiente al ciclo escolar 2017-2018, al finalizar la construcción de los Acuerdos Aprender a Convivir (AAC), se recomienda realizar un ejercicio de evaluación con apoyo de la “Rúbrica para analizar el proceso de elaboración y componentes generales de Acuerdos Aprender a Convivir” que se anexa a la presente guía, con la finalidad de validar su construcción.
Recomendaciones para la elaboración de los Acuerdos Aprender a Convivir
La presente guía pretende acompañar a los directivos escolares y sus colectivos para la construcción del documento “Acuerdos Aprender a Convivir (AAC)” por lo que se sugiere lo siguiente:
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