PLANEACION TRIBUTARIA ACTIVIDADES A REALIZAR
Enviado por ginjoha • 24 de Noviembre de 2017 • Documentos de Investigación • 1.043 Palabras (5 Páginas) • 258 Visitas
PLANEACION TRIBUTARIA
ACTIVIDADES A REALIZAR
- Relacione en una página el principio de progresividad tributaria con los impuestos directos e indirectos.
R/ El principio de progresividad hace referencia al reparto de la carga tributaria entre los diferentes obligados a su pago, según la capacidad contributiva de la que disponen, es decir, es un criterio de análisis de la proporción del aporte total de cada contribuyente en relación con su capacidad contributiva.
El principio de progresividad del sistema, relevante en este proceso, invita a valorar el destino y los efectos del gasto público financiado con los recursos recaudados. En la sentencia C-419 de 1995, la Corte explicó que el principio de progresividad se deduce del principio de equidad vertical, puesto que aquél “permite otorgar un tratamiento diferencial en relación con los contribuyentes de mayor renta, de manera que progresivamente terminan aportando más ingresos al Estado por la mayor tributación a que están obligados.”
hay una concurrencia entre los principios de progresividad y equidad -en la medida en que ambos se refieren a la distribución de las cargas que impone el sistema tributario y los beneficios que éste genera-, una diferencia importante entre ellos consiste en que el principio de equidad es un criterio más amplio e indeterminado de ponderación, relativo a la forma como una disposición tributaria afecta a los diferentes obligados o beneficiarios a la luz de ciertos valores constitucionales, mientras que el principio de progresividad mide cómo una carga o un beneficio tributario modifica la situación económica de un grupo de personas en comparación con los demás.
La progresividad es un principio de justicia tributaria presente en nuestra Constitución en el arto. 114, igual que lo es la capacidad contributiva y la igualdad. Eso significa que el sistema tributario debe seguir esta lógica de actuación, la que es de obligatorio cumplimiento por parte del legislador al momento de crear tributos. Debido a ello, técnicamente la progresividad significa gravar con porcentajes que crecen en cuantía debido al aumento de la base imponible o nivel de riqueza. Esto es lo que hace nuestro Impuesto sobre la Renta en el arto. 21 de la Ley de Equidad Fiscal respecto de las personas naturales al establecer diversas escalas de imposición que tienen tipos de gravamen o porcentajes del 10, 15, 20, 25 y 30% según el mayor nivel de riqueza, mientras que para las personas jurídicas se establece un tipo único del 30%.
El principio de progresividad, sin embargo, no es aplicable a todos los tributos. Los tributos indirectos, en particular, escapan a la aplicación de este principio, por su conformación técnica y la forma especial de administración, contrario a lo que sucede con los impuestos directos, especialmente el Impuesto sobre la Renta, cuyo cumplimiento adquiere un carácter imperativo.
- Elabore un cuadro en el que consigne los impuestos nacionales y el tipo de formulario que se utiliza para su declaración.
IMPUESTO | TIPO DE FORMULARIO |
Declaración Informativa Precios de Transferencia | 120 |
Declaración Impuesto Sobre la Renta para la Equidad CREE | 140 |
Declaración Anual de Activos en el Exterior | 160 |
Declaración de Renta y Complementarios Personas Naturales y Asimiladas No Obligadas a llevar Contabilidad | 210 |
Certificado de Ingresos y Retenciones para Personas Naturales Empleados Año Gravable 2016 | 220 |
Declaración Anual de Impuesto Mínimo Alternativo Simple (IMAS) para Trabajadores por Cuenta Propia | 240 |
Declaración del Régimen Simplificado del Impuesto Nacional al Consumo | 315 |
Declaración Mensual de Retenciones en la Fuente | 350 |
Formulario para Liquidar y Consignar el Aporte Especial de las Notarías para la Administración de Justicia | 400 |
Declaración Semanal Gravamen a los Movimientos Financieros | 410 |
Declaración Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM | 430 |
Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales | 490 |
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