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PREGUNTAS DE MERCANTIL 2017 EXAMEN FINAL


Enviado por   •  3 de Junio de 2017  •  Monografía  •  2.729 Palabras (11 Páginas)  •  382 Visitas

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PREGUNTAS DE MERCANTIL 2017

EXAMEN FINAL

  1. QUE ES EL PAGARÉ.

Es el título mediante el cual el sujeto que lo libra, promete pagar una cantidad al beneficiario sin que pueda sujetarse la obligación o condición alguna.

  1. ELEMENTOS PERSONALES DEL PAGARÉ.
  1. EL LIBRADOR O LIBRADO: El sujeto que sea el librador será el librado.
  2. BENEFICIARIO: Persona que recibirá el pago.

  1. REQUISITOS DEL PAGARÉ.
  • Nombre
  • Fecha y lugar de su creación
  • Indicar qué derecho incorpora
  • Fecha y lugar de cumplimiento
  • Firma del creador
  • Promesa incondicional de pago
  • Nombre del beneficiario.
  1. CUANDO PROCESE EL PROTESTO EN EL PAGARÉ.

El pagaré es protestable, y procese únicamente el protesto POR FALTA DE PAGO.

  1. FORMA DE CIRCULACIÓN DEL PAGARÉ.

Su circulación será a la orden, de acuerdo al artículo 490 inciso 2; están permitidos los intereses.

  1. DIFERENCIA ENTRE LA LETRA DE CAMBIO Y EL PAGARÉ.

LETRA DE CAMBIO

PAGARÉ

Contienen orden incondicional de pagar una cantidad de dinero.

Contiene una promesa de pago en dinero.

Elementos Personales distintos: Librador, librado y beneficiario.

El Librador y Librado son el mismo, y un beneficiario.

Se puede emitir a favor de un tercero.

Solo se emite a cargo propio.

Solo se pueden pactar intereses cuando su vencimiento sea A La Vista y a Cierto Tiempo Vista.

Es libre de pagar y pactar intereses.

  1. QUE ES EL CHEQUE.

Es un documento por medio del cual el Librador puede disponer del dinero, previamente depositado ante una institución bancaria, quien será El Librado, y que le sirven al banco para determinar el saldo de su obligación con el librador.

  1. CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DEL CHEQUE.
  1. El Librador, solo puede ser una institución bancaria.
  2. El Banco será quien emitirá el Título de Crédito; es el único emisor.
  3. Se pueden crear de dos formas: A la orden y al Portador.
  4. Es necesario que previo a emitir el cheque, el Librador provea de fondos al Librado.

  1. SU CREACIÓN.

El librado entregará al librador los formularios, sobre los cuales se emitirá el cheque.

  1. REQUISITOS DEL CHEQUE.
  1. Nombre del Título: Cheque.
  2. Lugar y fecha de la creación.
  3. El derecho que el título incorpora. Cantidad de dinero por el cual se gira el cheque.
  4. Firma del creador.
  5. Nombre del Banco o Librado.

  1. ELEMENTOS PERSONALES.
  1. LIBRADOR: Persona que emite el cheque. (cuentahabiente)
  2. LIBRADO: Que es el Banco, persona jurídica a la que se le da orden de pagar la suma de dinero que se le indica al cheque.-
  3. BENEFICIARIO: Persona que recibe el dinero.
  1. CONFUSIÓN DENTRO DE LOS ELEMENTOS PERSONALES.
  1. LIBRADOR Y LIBRADO: Se da cuando el creador del cheque es la misma persona que lo pagará. (el Banco emite su propio cheque de su cuenta y lo paga)
  2. LIBRADO Y BENEFICIARIO: Es cuando el Banco será a quien se le pague la suma de dinero contenida en el cheque.
  3. LIBRADOR Y BENEFICIARIO: Cuando el que emite el cheque es el que lo cobrará.
  1. FORMA DE CIRCULACIÓN DEL CHEQUE.

Se puede emitir por su forma de circulación: A la orden. (a nombre de la persona); y Al Portador.

  1. FORMA DE VENCIMIENTO DEL CHEQUE.

Vence A La Vista.

Su forma de vencimiento del cheque, es pagadero a la vista, lo cual significa que deberá de ser pagado en su presentación.

  1. CARACTERÍSTICAS DE SU PRESENTACIÓN Y PAGO.
  • LA FORMA: Su pago requiere que el cheque sea exhibido y deberá ser entregado a quien lo paga. (al librado o Banco, aun cuando su pago sea parcial).
  • EL TIEMPO:        Deberá ser presentado para su pago dentro de los 15 DÍAS calendario, contados a partir de su creación.

Si el beneficiario se presenta pasados los 15 días, el cheque le podrá ser pagado siempre y cuando: Tenga Fondos; que no haya sido revocado; vence 6 meses máximo.

El librador tiene la obligación de mantener los fondos dentro de los 15 días, sino, incurre en Estafa Mediante Cheque.  Después de los 15 días se vuelve causal.

  • SU LEGITIMACIÓN:
  1. ACTIVA: Cuando el librador (el banco) verifican que la suma consignada sea efectivamente la registrada con anterioridad.

  1. PASIVA: Si el cheque es emitido al portador, será legitimado por la persona que se presente a cobrarlo.

Si el cheque es emitido A LA ORDEN, la persona que se presente para su cobro, deberá identificarse.

Si el cheque es TRANSFERIDO, debe identificarse el endoso y al endosatario.

  • LUGAR: El lugar para presentarse a cobrar el cheque, será el de las demás agencias centrales o sucursales de las entidades bancarias, ya sea en forma directa o por cámaras de compensación.

  1. EFECTOS DEL RETRASO EN LA PRESENTACIÓN DEL CHEQUE.

Si el cheque es presentado fuera de los 15 días calendario, contados a partir de la fecha de su creación, ocurre lo siguiente:

  1. Pierde el derecho a la acción cambiaria. (Judicial)
  2. Se podría dar la posibilidad de que el cheque sea Revocado por el Librador, o ya no tiene la obligación de mantener los fondos para poder emprender la estafa mediante cheque.

  1. CASOS EN LOS QUE EL LIBRADOR NO ESTÁ OBLIGADO AL PAGO.
  1. Que el librador no haya provisto de fondos.
  2. Cuando el título no tenga validez.
  3. Cuando la firma no coincida.
  4. Cuando los datos del cheque estén alterados.
  5. Cuando el librador haya revocado el cheque. (por robo de chequera)
  6. Cuando el beneficiario del cheque no se ha legitimado para cobrarlo.
  7. Cuando sea un cheque a la orden y el beneficiario no se identifique.
  8. Por prescripción de los derechos. (6 meses).
  1. COMO PROTESTAR EL CHEQUE.
  • Por medio de Acta Notarial.
  • Por la razón puesta por la institución bancaria, por la Cámara de compensación.
  1. EFECTO POR FALTA DE PROVISIÓN DE FONDOS.

El librador debe proveer de fondos al librado antes de la emisión del cheque, sino lo hiciere, dispone de 15 días para proveerlo y no incurrir en el delito de Estafa Mediante Cheque.

  1. REVOCATORIA DE UN CHEQUE.
  1. El librador puede revocar la orden de pagar un cheque transcurrido el pazo de 15 días.
  2. Antes del vencimiento del plazo de 15 días, puede revocar únicamente por motivo de extravío del talonario o por obtención de este de manera ilegítima.
  3. Si el librador revoca el cheque antes del vencimiento del plazo para su presentación sin causa justa, quedará expuesto ante el tenedor por la responsabilidad de Daños y Perjuicios.

  1. CADUCIDAD DE LA ACCIÓN CAMBIARIA. (mercantil)

La acción cambiaria contra el librador y demás signatarios, caduca por no haber sido protestado el cheque en el tiempo indicado.

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