PREGUNTAS DE MERCANTIL 2017 EXAMEN FINAL
Enviado por rafapoptun • 3 de Junio de 2017 • Monografía • 2.729 Palabras (11 Páginas) • 382 Visitas
PREGUNTAS DE MERCANTIL 2017
EXAMEN FINAL
- QUE ES EL PAGARÉ.
Es el título mediante el cual el sujeto que lo libra, promete pagar una cantidad al beneficiario sin que pueda sujetarse la obligación o condición alguna.
- ELEMENTOS PERSONALES DEL PAGARÉ.
- EL LIBRADOR O LIBRADO: El sujeto que sea el librador será el librado.
- BENEFICIARIO: Persona que recibirá el pago.
- REQUISITOS DEL PAGARÉ.
- Nombre
- Fecha y lugar de su creación
- Indicar qué derecho incorpora
- Fecha y lugar de cumplimiento
- Firma del creador
- Promesa incondicional de pago
- Nombre del beneficiario.
- CUANDO PROCESE EL PROTESTO EN EL PAGARÉ.
El pagaré es protestable, y procese únicamente el protesto POR FALTA DE PAGO.
- FORMA DE CIRCULACIÓN DEL PAGARÉ.
Su circulación será a la orden, de acuerdo al artículo 490 inciso 2; están permitidos los intereses.
- DIFERENCIA ENTRE LA LETRA DE CAMBIO Y EL PAGARÉ.
LETRA DE CAMBIO | PAGARÉ |
Contienen orden incondicional de pagar una cantidad de dinero. | Contiene una promesa de pago en dinero. |
Elementos Personales distintos: Librador, librado y beneficiario. | El Librador y Librado son el mismo, y un beneficiario. |
Se puede emitir a favor de un tercero. | Solo se emite a cargo propio. |
Solo se pueden pactar intereses cuando su vencimiento sea A La Vista y a Cierto Tiempo Vista. | Es libre de pagar y pactar intereses. |
- QUE ES EL CHEQUE.
Es un documento por medio del cual el Librador puede disponer del dinero, previamente depositado ante una institución bancaria, quien será El Librado, y que le sirven al banco para determinar el saldo de su obligación con el librador.
- CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DEL CHEQUE.
- El Librador, solo puede ser una institución bancaria.
- El Banco será quien emitirá el Título de Crédito; es el único emisor.
- Se pueden crear de dos formas: A la orden y al Portador.
- Es necesario que previo a emitir el cheque, el Librador provea de fondos al Librado.
- SU CREACIÓN.
El librado entregará al librador los formularios, sobre los cuales se emitirá el cheque.
- REQUISITOS DEL CHEQUE.
- Nombre del Título: Cheque.
- Lugar y fecha de la creación.
- El derecho que el título incorpora. Cantidad de dinero por el cual se gira el cheque.
- Firma del creador.
- Nombre del Banco o Librado.
- ELEMENTOS PERSONALES.
- LIBRADOR: Persona que emite el cheque. (cuentahabiente)
- LIBRADO: Que es el Banco, persona jurídica a la que se le da orden de pagar la suma de dinero que se le indica al cheque.-
- BENEFICIARIO: Persona que recibe el dinero.
- CONFUSIÓN DENTRO DE LOS ELEMENTOS PERSONALES.
- LIBRADOR Y LIBRADO: Se da cuando el creador del cheque es la misma persona que lo pagará. (el Banco emite su propio cheque de su cuenta y lo paga)
- LIBRADO Y BENEFICIARIO: Es cuando el Banco será a quien se le pague la suma de dinero contenida en el cheque.
- LIBRADOR Y BENEFICIARIO: Cuando el que emite el cheque es el que lo cobrará.
- FORMA DE CIRCULACIÓN DEL CHEQUE.
Se puede emitir por su forma de circulación: A la orden. (a nombre de la persona); y Al Portador.
- FORMA DE VENCIMIENTO DEL CHEQUE.
Vence A La Vista.
Su forma de vencimiento del cheque, es pagadero a la vista, lo cual significa que deberá de ser pagado en su presentación.
- CARACTERÍSTICAS DE SU PRESENTACIÓN Y PAGO.
- LA FORMA: Su pago requiere que el cheque sea exhibido y deberá ser entregado a quien lo paga. (al librado o Banco, aun cuando su pago sea parcial).
- EL TIEMPO: Deberá ser presentado para su pago dentro de los 15 DÍAS calendario, contados a partir de su creación.
Si el beneficiario se presenta pasados los 15 días, el cheque le podrá ser pagado siempre y cuando: Tenga Fondos; que no haya sido revocado; vence 6 meses máximo.
El librador tiene la obligación de mantener los fondos dentro de los 15 días, sino, incurre en Estafa Mediante Cheque. Después de los 15 días se vuelve causal.
- SU LEGITIMACIÓN:
- ACTIVA: Cuando el librador (el banco) verifican que la suma consignada sea efectivamente la registrada con anterioridad.
- PASIVA: Si el cheque es emitido al portador, será legitimado por la persona que se presente a cobrarlo.
Si el cheque es emitido A LA ORDEN, la persona que se presente para su cobro, deberá identificarse.
Si el cheque es TRANSFERIDO, debe identificarse el endoso y al endosatario.
- LUGAR: El lugar para presentarse a cobrar el cheque, será el de las demás agencias centrales o sucursales de las entidades bancarias, ya sea en forma directa o por cámaras de compensación.
- EFECTOS DEL RETRASO EN LA PRESENTACIÓN DEL CHEQUE.
Si el cheque es presentado fuera de los 15 días calendario, contados a partir de la fecha de su creación, ocurre lo siguiente:
- Pierde el derecho a la acción cambiaria. (Judicial)
- Se podría dar la posibilidad de que el cheque sea Revocado por el Librador, o ya no tiene la obligación de mantener los fondos para poder emprender la estafa mediante cheque.
- CASOS EN LOS QUE EL LIBRADOR NO ESTÁ OBLIGADO AL PAGO.
- Que el librador no haya provisto de fondos.
- Cuando el título no tenga validez.
- Cuando la firma no coincida.
- Cuando los datos del cheque estén alterados.
- Cuando el librador haya revocado el cheque. (por robo de chequera)
- Cuando el beneficiario del cheque no se ha legitimado para cobrarlo.
- Cuando sea un cheque a la orden y el beneficiario no se identifique.
- Por prescripción de los derechos. (6 meses).
- COMO PROTESTAR EL CHEQUE.
- Por medio de Acta Notarial.
- Por la razón puesta por la institución bancaria, por la Cámara de compensación.
- EFECTO POR FALTA DE PROVISIÓN DE FONDOS.
El librador debe proveer de fondos al librado antes de la emisión del cheque, sino lo hiciere, dispone de 15 días para proveerlo y no incurrir en el delito de Estafa Mediante Cheque.
- REVOCATORIA DE UN CHEQUE.
- El librador puede revocar la orden de pagar un cheque transcurrido el pazo de 15 días.
- Antes del vencimiento del plazo de 15 días, puede revocar únicamente por motivo de extravío del talonario o por obtención de este de manera ilegítima.
- Si el librador revoca el cheque antes del vencimiento del plazo para su presentación sin causa justa, quedará expuesto ante el tenedor por la responsabilidad de Daños y Perjuicios.
- CADUCIDAD DE LA ACCIÓN CAMBIARIA. (mercantil)
La acción cambiaria contra el librador y demás signatarios, caduca por no haber sido protestado el cheque en el tiempo indicado.
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