PRENDA MERCANTIL Y FIDEICOMISO DE GARANTIA
Enviado por AlexNV06 • 19 de Octubre de 2012 • 1.666 Palabras (7 Páginas) • 2.345 Visitas
1. EJECUCION DE LA PRENDA MERCANTIL
Concepto: “la prenda es un derecho real constituido sobre un bien mueble enajenable para garantizar el cumplimiento de una obligación y su preferencia en el pago.”
La prenda se puede constituir sobre diversos bienes, bienes corpóreos, títulos de crédito y créditos.
La prenda mercantil sobre bienes corpóreos se constituye:
a) por la entrega de los bienes al acreedor.
b) Por el deposito de los bienes o títulos en poder de un tercero que ambas partes hayan designado y a disposición del acreedor.
c) Por depósito de los bienes a disposición del acreedor, en locales cuyas llaves queden a disposición de este aun cuando los locales sean propiedad del deudor.
d) Por entrega o endoso del titulo representativo de los bienes objeto del contrato, un ejemplo seria un certificado de deposito o bono de prenda.
e) Por emisión o endoso del bono de prenda relativo.
La prenda sobre títulos de crédito se constituye:
a) si los títulos son al portador, por la entrega de ellos al acreedor o por el deposito de los títulos en poder de un tercero que las partes hayan designado y a disposición del acreedor.
b) Si los títulos son nominativos por su endoso a favor del acreedor y dicho titulo debe ser inscrito en el registro de su emisor.
c) Si los títulos no son negociables por la entrega de ellos al acreedor y notificación al deudor o con inscripción del gravamen en el registro del emisor, si se trata de títulos en los que se exija tal registro.
La prenda mercantil puede constituirse sobre créditos que consten en documentos que no sean títulos de crédito o que figuren en la contabilidad de los comerciantes cuando:
a) La prenda sobre créditos que constan en documentos se constituye por la entrega del documento al acreedor prendario, con notificación al deudor del crédito dado en prenda.
b) La prenda sobre créditos en libros solo esta autorizada a favor de instituciones de crédito; debe hacerse constar en el contrato correspondiente y los créditos dados en prenda deben especificarse en notas o relaciones. La prenda se constituye cuando la institución acreedora transcribe esas relaciones en un libro especial, en asientos sucesivos, en orden cronológico, en el que debe expresarse el día de la inscripción. En este caso, el deudor prendario se considera como mandatario del acreedor prendario, para el cobro de loa créditos y tiene las obligaciones y responsabilidades civiles y penales que corresponden al mandatario. (Art. 70 L I C)
Ejecución:
El acreedor prendario podrá solicitar al juez que autorice la venta de los bienes o títulos pignorados, en los casos siguientes:
1.- cuando se venza la obligación garantizada. (en este caso de la petición del acreedor se correrá traslado inmediato al deudor, y este en termino de 3 días podrá oponerse a la venta exhibiendo el importe del adeudo.)
2.- si el precio de los bienes o los títulos dados en prenda, baja de manera que no basten para cubrir el importe de la deuda y un 20 % mas.
3.- si el deudor no cumple con la obligación de proporcionar en tiempo los fondos necesarios para cubrir las exhibiciones que deban enterarse sobre los títulos pignorados.
En los casos 2 y 3 el deudor podrá oponerse a la venta, haciendo el pago de los fondos requeridos para efectuar la exhibición o mejorando la garantía por el aumento de los bienes o títulos dados en prenda o por la reducción de su adeudo.
Si el deudor no se opone a la venta el juez mandara que se efectué la venta al precio de cotización en la bolsa, o a falta de cotización, al precio del mercado, por medio de corredor o de dos comerciantes con establecimientos abierto en la plaza.
El corredor o comerciantes que intervengan en la venta deberán extender un certificado de ella al acreedor. El producto de la venta es conservado en prenda por el acreedor en substitución de los bienes o títulos vendidos.
2. FIDEICOMISO DE GARANTIA.
“El contrato de fideicomiso de garantía se celebra cuando una persona solicita y obtiene un préstamo de dinero, ya sea de una institución de crédito o de un particular, otorgando como prenda o garantía un bien inmueble de su propiedad, cuya entrega virtual se hace al banco que figura como fiduciaria, para que en caso de que el deudor no cumpla con la obligación contraída, de pagar la cantidad solicitada en préstamo, el banco se encargue de vender la propiedad dada en garantía y del producto de esta operación, se hará la liquidación del adeudo principal, así como de los intereses y demás gastos originados por la operación”.
2.1 Partes Que Intervienen En El Fideicomiso De Garantía.
Fideicomitente: es la persona que obtiene el préstamo, es decir el deudor, propietario de los bienes designados como garantía y que son objeto del fideicomiso.
Fiduciaria: es la institución bancaria que recibe los bienes dados en garantía, para que en caso de incumplimiento del deudor, proceda al remate de estos para la liquidación del adeudo.
Fideicomisaria: es el beneficiario, es decir el acreedor, la persona
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