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PROCEDIMIENTOS SUSTITUTIVOS DE LA EJECUTIVIDAD EN EL DERECHO TRIBUTARIO ARGENTINO


Enviado por   •  4 de Febrero de 2014  •  27.201 Palabras (109 Páginas)  •  349 Visitas

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María Virginia PAREDES

Tristán Oscar CONDE

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"PROCEDIMIENTOS SUSTITUTIVOS

DE LA EJECUTIVIDAD EN EL

DERECHO TRIBUTARIO ARGENTINO"

MARIA VIRGINIA PAREDES

TRISTAN OSCAR CONDE

María Virginia PAREDES

Tristán Oscar CONDE

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INTRODUCCIÓN

El presente trabajo es producto del estudio y la reflexión de sus autores,

conscientes de la cada vez más difícil tarea del Estado en su función múltiple de la

asignación de los recursos para la producción de servicios públicos y el problema

económico de la asignación óptima de los recursos disponibles para la satisfacción

de las necesidades públicas y privadas.

El caso en análisis se refiere específicamente a la República Argentina. La

crisis que azota a este país, y que la ha llevado a pasar de una a otra etapa

traumática, con caídas históricas de su Producto Bruto Interno, de porcentajes

inusitados de recesión, de pasar de la hiperinflación a la deflación y nuevamente a

la inflación, y por sobre todas las cosas de niveles importantes de desocupación,

hacen que los sentidos deban aguzarse para colaborar en la salida del problema.

Si podemos arriesgar una afirmación categórica de que se ha resentido la

potestad administrativa del Estado en su función tributaria, en tanto mes a mes los

porcentajes recaudatorios bajan significativamente; si las pequeñas y medianas

empresas se encuentran en convocatoria de acreedores y las multinacionales

mudan sus fábricas a otros países, podemos arriesgar también la afirmación de que

la administración y gestión imperativa del Estado para lograr los recursos

suficientes para la satisfacción de las necesidades públicas y privadas, se encuentra

en crisis.

Ante ello, el interrogante es si es viable desplazar ese tipo de

administración y gestión por la variante de una administración y gestión

negociada?, no será oportuno debatir públicamente un cambio de actitud de parte

del Estado con el pueblo soberano y consensuar con ellos modos alternativos de

contribuir al gasto público?, lograr que esta contribución legítima sea

esencialmente voluntaria, y a la vez dentro del marco acotado que establece el

artículo 4° de la Constitución Nacional, cuando expresa que los recursos del Tesoro

Nacional se conforman con “...las demás contribuciones que equitativa y

proporcionalmente a la población imponga el Congreso general...”.

Para llegar a dar respuestas a esos interrogantes, es necesario

considerar la evolución de lo que ha significado y significa hoy el Estado, tanto

como abstracción o como ente capaz de representar a los miembros individuales

de la población y lograr la obediencia de los individuos, y también analizar la

evolución del pensamiento en materia de finanzas públicas y como han

influenciado en ella los acontecimientos reales.

Resulta oportuno destacar la decadencia de las ideologías políticas que

en determinado momento dominaron diferentes Estados del mundo, lo que

conlleva necesariamente a buscar alternativas creativas que ayuden a encontrar

soluciones constructivas a los problemas que hoy se plantean, fundamentalmente

en la aplicación de políticas económicas en pos de lograr la obtención del fin

último, del bienestar general.

A medida que vemos crecer al Estado, la complejidad de la política

aumenta cuantitativamente, tanto por la automultiplicación de la tecnoburocracia

María Virginia PAREDES

Tristán Oscar CONDE

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como por la diversificación de las funciones del Estado social y el aumento de los

instrumentos de acción y sus relaciones, sin contar la política que debe desplegar

el Estado para responder al transnacionalismo económico y las tensiones de poder

en el contexto mundial, lo cual lleva a los gobiernos nacionales, en nombre de la

estabilización del mercado y de la justicia social, a controlar el ingreso y egreso

foráneo de capitales al mercado interno, protegiendo así la competencia

extranacional y la redistribución económica.

Pero dar respuesta a ese avance transnacional implica un fortalecimiento

en el orden interno, revalorizando los factores de producción y adoptando

decisiones política-tributarias coherentes que permitan afianzar las fuentes de

financiamiento para la satisfacción de las necesidades públicas y privadas. Hoy, en

las condiciones institucionales del Estado Argentino, no se ha avanzado un solo

paso en pos del logro de esa meta.

Ahora bien, este proceso globalizador, integrador en materia económica

entre los paises, ha dejado por cierto a los contribuyentes casi en estado de

indefensión ante la presión que se ejerce sobre ellos; sin embargo, esto lleva a

revalorizar la defensa de los derechos fundamentales, es decir los derechos del

hombre como tal, del ciudadano frente al interés general. La Administración no

puede ya tener incidencia contra los derechos subjetivos del contribuyente en

forma arbitraria, si así ocurriera, queda habilitada la vía para que sl sujeto accione

para defender la integridad de su ámbito vital.

Podemos decir en ese sentido, que nuestra convivencia social se

encuentra afectada tanto por la inestabilidad de las políticas aplicadas como por la

falta de cooperación entre los actores que hacen al Estado; entonces, qué mejor

que para salvarnos de la desintegración y la desestabilización que valernos de

medios cooperativos como la negociación para satisfacer los objetivos

perseguidos?. Qué mejor que interactuar conjuntamente, de manera simultánea,

aplicando el razonamiento, mirando hacia adelante para prever las consecuencias

y lograr la aplicación de una justicia equitativa?.

Es nuestra intención proponer una alternativa de solución a las

controversias que se suscitan en Derecho Tributario, si bien novedosa, no es

menos cierto que ello implica adherir con agrado a las teorías planteadas por

autores de la talla de Juan Ramón de Páramo Argüelles; Tulio Rosembuj; Susana

Camila Navarrine; Rubén O. Asorey; Ana Isabel Piaggi; Parejo Alfonso, entre

otros, que sostienen “evitar la confrontación de los conflictos, promoviendo, en

cambio, la alternativa de afrontarlos abierta y limpiamente” (Procedimientos

Tributarios Consensuados

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