PROCESO DE EXPROPIACION
Enviado por gabytasha • 3 de Junio de 2013 • Tesis • 859 Palabras (4 Páginas) • 249 Visitas
PROCESO DE EXPROPIACIONComprende tres fases fundamentales:1.- La fase administrativa: Esta fase comprende dos etapas: Una etapa previa la cual se denomina “Declaratoria de Utilidad Pública” en la cual la asamblea nacional, los consejos legislativos de los estados o los consejos municipales, declaran que una obra es de utilidad pública, a los efectos de que sean expropiados los inmuebles necesarios para su desarrollo. Se exceptúan de esta formalidad de la declaratoria previa de utilidad pública todos aquellos bienes previstos en el artículo 14 de la ley de expropiaciones que expresa lo siguiente:“Se exceptúan de la formalidad de declaratoria previa de utilidad pública las construcciones de ferrocarriles, carreteras, autopistas, sistemas de transporte subterráneo o superficial, caminos, edificaciones educativas o deportivas, urbanizaciones obreras, cuarteles, hospitales, cementerios, aeropuertos, helipuertos, los terrenos necesarios para institutos de enseñanza agrícola y pecuaria, las construcciones o ensanche de estaciones inalámbricas o conductores telegráficos; así como los sitios para el establecimiento de los postes, torres y demás accesorios de las líneas conductoras de energía eléctrica; acueductos, canales y puertos; los sistemas de irrigación y conservación de bosques, aguas y cualquiera otra relativa al saneamiento, ensanche o reforma interior de las poblaciones; la colonización de terrenos incultos y la repoblación de yermos y montes. Asimismo, las caídas de agua para instalación de plantas hidroeléctricas y construcciones anexas, únicamente en beneficio de la República, de los estados, del Distrito Capital, de los territorios federales y los municipios, con el fin de proveer de fuerza y de alumbrado eléctrico a sus poblaciones. Se exceptúan igualmente de la declaración previa de utilidad pública las obras comprendidas en los planes reguladores de los estados, del Distrito Capital y de los municipios, o en los planes de acondicionamiento o modernización de otras ciudades o agrupaciones urbanas, siempre que se elaboren y aprueben previamente por las autoridades competentes, limitándose las afectaciones a lo estrictamente necesario, salvo lo dispuesto en el artículo 15 de esta Ley. En todos estos casos bastará el decreto de la autoridad a cuya jurisdicción corresponda la obra respectiva”La segunda etapa comprende el “decreto de expropiación” dictado por el órgano del poder ejecutivo, facultad que en el orden nacional le corresponde al presidente de la república, en el orden estadal al gobernador y en los municipios al alcalde.2.- La fase amigable: La cual implica la adquisición del inmueble por la vía administrativa y de mutuo acuerdo entre las partes. En caso de que haya acuerdo se hace una compra-venta convencional, para que se de esta fase previamente se deben establecer tres peritos evaluadores que deben cumplir con cierto requisitos para poder calificar la propiedad y de los cuales
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