PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECUAL.
Enviado por Zaid_1984 • 22 de Enero de 2016 • Reseña • 1.139 Palabras (5 Páginas) • 232 Visitas
PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECUAL (INFORMÁTICA)[pic 1]
CUEVAS ORTÍZ ELVIA*, MARTÍNEZ MARTÍNEZ JESSICA DEL CARMEN*, MOLINA MENDOZA LUZ MARÍA SUSANA*, MUÑOZ DÍAZ JESÚS IVÁN*, TÉLLEZ TELLO ESMERALDA BELEM*
*Alumno del quinto cuatrimestre de la licenciatura en Derecho, Plantel Balderas de la materia Derecho Informático, Profr. Dr. Francisco Antonio Santamaría Damián. 9/enero/16.
Introducción.
Tenemos conocimiento que una persona física o empresa que innova, que se ha encaminado a consolidarse en el corazón de los clientes y en un punto competitivo en el mercado, debe gestionar el aseguramiento de los beneficios que la innovación conlleva frente a la competencia. Este aspecto se denomina Propiedad Intelectual (PI) la cual está integrada por una serie de derechos de carácter personal y/o patrimonial que atribuyen al autor y a otros titulares la disposición y explotación de sus obras y prestaciones. La legislación consiste en la protección de los procesos y resultados de la innovación para obtener los beneficios de su uso y explotación. La cuestión no solo es innovar sino protegerse. En materia de Derechos de autor podemos decir que el reconocimiento de los derechos morales ya existían desde el derecho romano, el copyright es una figura que se originó en la Gran Bretaña en el año de 1710, en un primer momento, el copyright se define como la libertad exclusiva para imprimir o multiplicar copias de libros, hojas de música impresa y planos. En una segunda época, el copyright se extendió para comprender el derecho de ejecución pública así como los demás actos de reproducción; por último, la tercera etapa cubre tanto obras originales como producciones que no requieren originalidad para ser sujetas a protección, en la actualidad el copyright confiere derechos a las producciones (grabaciones de sonido), transmisiones de radio, televisión o vía cable y señala como actos restringidos la reproducción (copying); es decir, expedir copias al público; el derecho a realizar adaptaciones a la obra; el control de la renta; la ejecución pública por cualquier modo de representación ya sea acústica o visual; el préstamo al público de la obra; la radiodifusión y la transmisión por cable de la obra. Estos estatutos han sufrido una serie de reformas en todo el mundo a través del tiempo, por ejemplo en la década de los 80s, se hace de manifiesto que cada uno de los derechos puede transferirse o ser objeto de licencia en forma separada o conjunta, el periodo de duración se limita a un número de años posteriores al fallecimiento del autor. Es importante señalar que los primeros países en llevar a cabo la reglamentación en materia de Derecho de Autor lo son el Reino Unido y los Estados Unidos de América, los cuales se rigen bajo el sistema del COMMON LAW.
Desarrollo y conclusión.
Básicamente, la PI reviste mucha importancia en la investigación. Se relaciona con el esfuerzo de una creación intelectual al realizar una obra literaria, artística, con las imágenes, dibujos y modelos empleados comercialmente. Se debe hacer notar la existencia de dos clases, la que se refiere a patentes, marcas e indicaciones geográficas de origen que es la propiedad industrial. La otra es el derecho de autor, o sea, productores de fonogramas sobre sus grabaciones, organismos de radiodifusión, derechos de los artistas, ejecutantes e intérpretes, así como creadores de nuevos programas informáticos, etc., que necesariamente le retribuirán ganancia financiera y su reconocimiento público.
Es conveniente hablar ahora de las principales características del tipo de PI. En primera instancia, derechos conexos al derecho de autor que se refieren a aquellos que sin ser autores contribuyen en la ejecución, emisiones de radio y comunicación y el proceso de poner al público esa obra. En segundo término, la Marca es un signo distintivo de producción perteneciente a una persona o empresa, en el caso que nos ocupa, como Microsoft, Apple, etc., este sistema ayuda al consumidor a identificar la calidad acorde a sus necesidades. En tercer lugar, referente a dibujos o modelo industrial, es toda forma volumétrica o plana que dará apariencia exterior al producto y también sirve de prototipo de fabricación exclusiva y novedosa (como un modelo de celular). Como cuarto punto, Patente es un conjunto de derechos exclusivos otorgados por el gobierno al creador de un producto para ser explotado industrialmente, es como la PI, que se puede alquilar, vender, heredar. Son valoradas relativamente para estimar el cobro del impuesto e inducen al inventor a revelar la fórmula para el avance de la sociedad en un lapso de tiempo. La patente garantiza la exclusividad de explotación de la idea (por ejemplo, un equipo novedoso para cirugía, o un equipo de cómputo, con nuevos atributos en el hardware o en el software).
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