Pagos
Enviado por alfredoamakusa19 • 3 de Diciembre de 2014 • Tesis • 771 Palabras (4 Páginas) • 178 Visitas
Por medio de la presente le informo las siguientes desviaciones respecto a lo estipulado en la ley federal del trabajo vigente a 2014 en relación a los contratos de jornada acumulada que se presentan como plaza vacante toda vez que el pago de dicha jornada se realiza como administrativo es decir el pago de la jornada laborada se realiza tres quincenas después de laborar la jornada de acuerdo a lo consignado en la constitución
CAPITULO V
SALARIO
ARTICULO 82. SALARIO ES LA RETRIBUCION QUE DEBE PAGAR EL PATRON AL TRABAJADOR POR SU TRABAJO.
ARTICULO 85. EL SALARIO DEBE SER REMUNERADOR Y NUNCA MENOR AL FIJADO COMO MINIMO DE ACUERDO CON LAS DISPOSICIONES DE ESTA LEY. PARA FIJAR EL IMPORTE DEL SALARIO SE TOMARAN EN CONSIDERACION LA CANTIDAD Y CALIDAD DEL TRABAJO.
EN EL SALARIO POR UNIDAD DE OBRA, LA RETRIBUCION QUE SE PAGUE SERA TAL, QUE PARA UN TRABAJO NORMAL, EN UNA JORNADA DE OCHO HORAS, DE POR RESULTADO EL MONTO DEL SALARIO MINIMO, POR LO MENOS.
ARTICULO 88. LOS PLAZOS PARA EL PAGO DEL SALARIO NUNCA PODRAN SER MAYORES DE UNA SEMANA PARA LAS PERSONAS QUE DESEMPEÑAN UN TRABAJO MATERIAL Y DE QUINCE DIAS PARA LOS DEMAS TRABAJADORES.
DE lo anterior concluyo claras violaciones a la ley federal del trabajo en su artículo 88 es claro que al presentarme puntualmente a laborar en los horarios que se me han asignado en el transcurso del año calendario demuestro mi necesidad de trabajar pero con una retribución justa y oportuna , en el transcurso del año se me han aplicado múltiples pagos administrativos que me han obligado a laborar jornadas de sábado en la noche guardias de días festivos , manifiesto mi disponibilidad para continuar laborando con la misma eficacia pero no sin recibir un sueldo acorde a lo consignado en la constitución es decir si se me va a aplicar pagos administrativos que privarían de cobrar sueldo alguno en al menos una quincena solicito de la manera más atenta y de acuerdo a derecho se modifique la jornada aunque esta sea de menor duración en cuanto 3el tiempo a desempeñar las actividades y por tanto corresponda remuneración menor o no se me considere para esta jornada con el fin de poder buscar trabajo en otra institución para así poder cumplir con las obligaciones económicas que he contraído, de la misma forma no veo como se pueda solicitar firma de re chazo de contrato cuando el mismo ofrecido no cumple con los artículos citados Ed la ley federal del trabajo en caso de insistir con la firma de rechazo solicito acudir a comisión mixta o cualquiera con capacidad de resolver lo antes citado con el compromiso de que me apegare al resultado de la decisión .
No omito comentar que dentro de las obligaciones económicas está el pago de crédito hipotecario contraído por medio de COFINAVIT, de lo anterior tengo la siguiente duda el porcentaje que al patrón corresponde
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