ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Parcial numero uno dp ubp


Enviado por   •  30 de Julio de 2015  •  Trabajo  •  1.274 Palabras (6 Páginas)  •  222 Visitas

Página 1 de 6

Respuesta: pregunta numero 1 .Diferencias entre delito y contravención.

dicho derecho por lo es susceptible de recibir una pena. Art 34; Inc. 6,7 CP. Según la definición de delito, en la bibliografía de origen. Manual de derecho penal en su parte general – Ricardo Núñez. Surgen diferencias muy marcadas, en relación a los bienes comprometidos. En lo inmediato, surgen la particularidad de estos dos conceptos es la siguiente : En el primero, atentan directamente en contra de los bienes jurídicos protegidos en toda su amplitud son: la vida, la integridad corporal, el honor, entre otros bienes, y también están aquellos bienes que incluyen alas personas dentro de sociedad. Como consecuencia ley persigue esta conducta, poniendo en funcionamiento todo un mecanismo en relación a la calidad de este, surgen los actos procesales, trabaja conjuntamente con los organismos que colaboran con la ley, en trabajo de dilucidar los hechos. Como por ejemplo: las de dar el inicio de una causa, se abre una investigación, se buscan testigos, entre otras medidas que sean necesarias para identificar al autor material, los cómplices si los hubiera etc., resumiendo el delito es toda conducta típica, antijurídica, culpable y punible. Por este motivo la característica de los delitos, tienen una graduación de pena más severa, cito algunas como: la reclusión, prisión, multa o inhabilitación.

En esta breve respuesta e querido marcar las diferencias, que caracterizan a los delitos, por ser estos de una importancia mas relevante para la ley.

La contravención:

Es una infracción: que en su naturaleza atentan, en contra los deberes impuestos a los individuos dentro de una legislación, que regula la actividad de la administración estatal. En este tipo de conducta no existe el dolo, la tentativa, y la culpa; supone una calidad que difiere a la del delito, es de un carácter mas leve en proporcionalidad al daño que potencialmente surja de un hecho, esta particularidad hace que el tipo de pena también presente formas leves de repeler esta conducta, el ejemplo mas puntual, es la de no comprometer la libertad de las personas, en el sentido imponer un pena.

Tipos de penas que solo se encuentran en el ámbito de la contravención. Se puede citar que esta excluida la reclusión y prisión. Por otro tipo de penas que van desde el arresto, multa, decomiso, la clausura entre otras de menor castigo. También se puede agregar, que es, una falta o infracción leve, por este motivo, la resolución de las penas tienen un sentido de inmediatez.

Respuesta pregunta numero 2

Desde mi punto vista , la manera en que resolvería la situación, seria de la explicar los contenidos de las normas, y leyes vigentes y que estas también incorporan tratados, y pactos internacionales, en sus contenidos, posteriormente inicio un desarrollo de parte del contenido mas puntual del caso. Como resultado de este tratamiento que sufrió esta ley , supone que al entrar en vigor esta reforma, se podría definir que este tipo de conducta ya no esta tipificada, en el (C.P), por este motivo ya no es punible, y de acuerdo al principio de la irretroactividad de la ley, cito en la (C.N Art. 18), se interpreta que esta ley , se debe de aplicar en el efecto retroactivo solo si causa un beneficio más benigno para el reo, en este punto en particular al derogarse el acto típico, de hurto, ya no hay delito que la ley persiga, por lo tanto no hay pena que cumplir.

Finalizando: Se puede pedir la aplicación

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (7 Kb) pdf (43 Kb) docx (13 Kb)
Leer 5 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com