Pena De Muerte
Enviado por astridcuriel • 5 de Noviembre de 2014 • 2.447 Palabras (10 Páginas) • 203 Visitas
La Pena de Muerte en México
Las Constituciones políticas de la Republica mexicana.
Constitución de 1824
Esta constitución no contenía referencia alguna sobre la pena de muerte, lo único q denotaba es que la garantía constitucional, consistente en que la pena capital no se podría aplicar salvo en casos de excepción.
Antecedentes de la Constitución de 1857
El primer antecedente de la constitución de 1857 prevé una norma sobre la pena de muerte es el segundo proyecto de Constitución política del 2 de noviembre de 1842 ; art 13 fracción XXII. Este texto es muy similar al que se aprobó como articulo 23 en la constitución de 1857 pues en él ya se condicionaba la abolición de la pena de muerte al establecimiento de un régimen penitenciario seguro.
Constitución de 1857
Debates
El 25 de agosto de 1856 el diputado Prieto puntualizo que la pena de muerte es una violación del derecho natural y se declaro en contra de la propuesta por no resolver definitivamente la cuestión. Arriaga sostuvo q la pena de muerte era necesaria mientras no hubiera penitenciarias adecuadas con que sustituirla anoto que ya era bastante adelanto abolir la pena capital para los delitos políticos, aunque aclaro que estaba en contra, Zarco manifestó que la pena de muerte era ineficaz y estéril e Ignacio Ramírez considero al sistema absurdo e inhumano.
Texto
La constitución de 1857 en el art, 23 ya incorporo como garantía la prohibición de la pena de muerte excepto para los casos señalados en el propio texto.
Constitución de 1917
El art, 22 de la constitución política contiene un texto mediante el cual establece por un lado la prohibición tajante de aplicar la pena de muerte por delitos políticos y por otro faculta al legislador tanto federal como de fuero común a sancionar con la pena de muerte al traidor de la patria, al parricida, al homicida con alevosía, premeditación y ventaja, etc.
Códigos penales
El código penal del estado de Veracruz de 1835 contemplo la pena de muerte en los artículos 2° al 15°.
Código penal federal de 1871
Según anota Martínez de Castro que se hizo hincapié en la situación inadecuada en que se encontraban las prisiones por lo cual se determino que cuando estas se conviertan en verdaderas penitenciarias seguras de donde los presos no pudieren fugarse entonces podría abolirse sin peligro la pena capital, hacerlo antes podría comprometer la seguridad publica.
Textos
En este código penal se prescribía que la pena de muerte se reduce a la simple privación de la vida, y no podrá agravarse con circunstancia alguna que aumente los padecimientos del reo antes o en el acto de verificarse la ejecución ( art, 143°) en otros textos se preveía que la pena de muerte podría ser sustituida por prisiones extraordinarias que se aplicarían en la misma prisión ordinaria y duraría 20 años.
Código penal de 1929
El código penal de 1929, como consecuencia de su ideología positivista, cancelo la pena d muerte.
Código penal de 1931 y Anteproyectos de código penal
El código penal de 1931 nunca dio cabida a la pena de muerte. Tampoco se ha incluido esta pena en los anteproyectos del código penal (elaborados en 1949, 1958, 1963, 1983, 1990 y 1999).
Códigos penales en los estados de la republica
En la actualidad ninguno de los ordenamientos penales de las diversas identidades federativas contemplan la pena de muerte. el primer estado en abolirla fue el de Michoacán en su código penal de 1924, y Tlaxcala en 1957.
Código de justicia Militar
En este momento el único ordenamiento que dispone la pena de muerte es el código de justicia militar, para delitos como traición a la patria insubordinación con resultado de muerte den superior , rebelión, deserción , falsa alarma, asonada, y espionaje entre otros. El articulo 142 del ordenamiento castrense prescribe que la pena de muerte no deberá ser agravada con circunstancia alguna que aumente los padecimientos del reo antes o en el acto de realizarse la ejecución. Los delitos sancionados con pena de muerte se tipifican el los artículos 203, 206, 208 y 210 y en términos generales se trata de figuras diversas de traición a la patria de espionaje y contra el derecho de gentes.
El debate sobre la pena de muerte
La polémica sobre la pena de muerte debió haber concluido a mediados de siglo XVIII cuando pensadores tan brillantes como Pedro Verri , Voltaire y Beccaria, entre otros demostraron de manera contundente la inutilidad de la pena capital como respuesta a la comisión de graves delitos. La nueva política criminal humanitaria pretendía precisamente acabar con la represión irracional preconizada por las teoría punitivas absolutas cuya idea central era devolver mal por mal para abrir la puerta a las teorías prevencioncitas, la pena de muerte que proclamaba disuadir a los posibles delincuentes. Becarria se manifestó frontalmente en su contra y la califico de inútil e innecesaria para la seguridad de la sociedad un considerable numero de juristas y criminólogos han aportado a esta pena absurda y abusiva propia de los sistemas autoritarios y represivos; Mariano Ruiz Funes , Antonio Beristaín, Barberos Santos y Elías Neumann, Jeschwck. Raúl Zafaroni afirma que en los países que han abolido esta pena no han sobrevivido como consecuencia , aumento en la criminalidad, Edmundo Brown manifestó que la pena de muerte ha constituido un grave fracaso porque a pesar de su horro y su incivilidad ni ha protegido al inocente ni ha detenido la mano delos criminales, solo ha servido para ejecutar a los débiles, a los pobres, a los ignorantes y a miembros de minorías raciales. Por otra parte, afirman múltiples criminólogos que el delincuente , al realizar su conducta delictiva no piensa en las consecuencias legales del crimen porque en su mente impera la idea de que no será descubierto o de que no será capturado.
¿Tiene derecho el estado a imponer la pena de muerte?
a)El estado de derecho tiene que ser respetuoso , sin excepción alguna de la vida y los valores supremos que van unidos a esta , el estado no esta legitimado para matar. El derecho a matar de ninguna manera puede ser otorgado al estado.
b)En un estado de derecho no puede permitirse el abuso de poder sin embargo la normatividad secundaria rectora del juicio penal contiene un gran numero de reglas que constituye un abuso de poder. El juicio penal mexicano –así lo ordena el articulo 40 constitucional- y debe ser de tipo acusatorio.
¿Es pertinente la polémica sobre la pena de muerte?
a)La delincuencia crece de manera desmedida y las autoridades no logran poner freno a este gravísimo problema . las medidas que se toman no
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