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Perdida De Patria Potestad


Enviado por   •  12 de Mayo de 2014  •  1.831 Palabras (8 Páginas)  •  399 Visitas

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PERDIDA DE PATRIA POTESTAD

SOBRE LA CAUSAL DE MALOS TRATOS Y VIOLENCIA FAMILIAR

MARTHA DANESA HERRERA INFANTE

VS

ALEJANDRO BONILLA JIMENEZ

C. JUEZ DE LO FAMILIAR DE TLANEPANTLA CON DOMICILIO EN ATIZAPAN DE ZARAGOZA.

P R E S E N T E

Martha Danesa Herrera Infante en mi propio Derecho señalado como domicilio para oir, recibir notificaciones el ubicado en la calle DURAZNO NUMERO 23, COLONIA LA HIGERA ATIZAPAN DE ZARAGOZA ESTADO DE MEXICO y autorizado para oírlas en i nombre y recoger toda clase de documentos y valores en términos del artículo 1.79,1.93 al 1.95 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México a la Licenciada Teresa Yeni Alvarez Prado con cedula profesional numero 412002 expedida por la dirección general de profesiones, atentamente comparezco a exponer

Q U E, por medio del presente escrito, y en términos de los dispuesto por los artículos 4, 8, y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado de México, en relación con los artículos 4.225, 4.226, 4.227 4.228 del Código Civil vigente en el Estado de México, vengo a promover JUICIO PRIVILEGIADO DE PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD, en contra del Señor ALEJANDRO BONILLA JIMENEZ, a quien le señaló como domicilio para ser debidamente y legalmente notificado y emplazado el ubicado en CALLE 5 DE MAYO 11 A CUAUTITLAN IZCALLI, y toda vez, que el domicilio del demandado se encuentra fuera de esta Jurisdicción, solicito muy respetuosamente en términos del artículo 2.114 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado de México, gire atento exhorto al Honorable Juzgado de lo Civil y Familiar de TLALNEPANTLA con domicilio en Atizapán de Zaragoza y/o al Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México según corresponda, a fin de que en auxilio de las labores de este Juzgado, se sirvan practicar la citación a conciliación procesal y/o emplazamiento al demandado, a quien le reclamo las siguientes:

P R E S T A C I O N E S:

A. EN CARÁCTER URGENTE LA GUARDA Y CUSTODIA PROVISIONAL Y EN EL MOMENTO PROCESAL OPORTUNO LA DEFINITIVA A FAVOR DE LA SUSCRITA DE MI MENOR HIJA DE NOMBRE: ALEJANDRA BONILLA HERRERA

B. LA PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD SOBRE LA MENOR HIJA DE NOMBRE ALEJANDRA BONILLA HERRERA, NACIDA DENTRO DEL MATRIMONIO DISUELTO CON ANTERIORIDAD Y EN VIRTUD DE QUE HAN TRANSCURRIDO DOS AÑOS DESDE LOS CUALES SE MANIFIESTA MALTRATO Y VIOLENCIA ESTOS ACTOS REALIZADOS POR EL DEMANDADO ALEJANDRO BONILLA JIMENEZ.

C. EL PAGO DE UNA PENSION ALIMENTICIA PARA NUESTRA HIJA MENOR DE EDAD DE NOMBRE ALEJANDRA BONILLA HERRERA EL ASEGURAMIENTO DE LA PENSION QUE SEA FIJADA CONFORME A LA LEY

D. EL PAGO DE GASTOS Y COSTAS DEL PRESENTE JUICIO.

FUNDO MI DEMANDA EN LOS SIGUIENTES HEHCOS Y CONSIDERACIONES DE HEHCO Y DE DERECHO

HECHOS

I. Con fecha de 10 de abril de 2007 se llevó a cabo la disolución del vínculo matrimonial con el cual acredito con la respectiva copia certificada del acta de divorcio numero: 2047/2007.

II. De acuerdo con el convenio l que se llegó el 10 de abril de 2007 la menor cuyo nombre es : ALEJANDRA BONILLA HERRERA

III. De 10 años de edad quedo bajo La patria potestad del señor Alejandro Bonilla Jiménez en el cual se asentó en la acta den Divorcio anexada al ocurso

IV. El señor ALEJANDRO BONILLA HERRERA ha vivido con nuestra hija menor Alejandra Bonilla Herrera la cual ha sufrido de maltrato violencia dentro del domicilio señalado como Calle 5 de mayo 11 a Cuautitlán Izcalli desde hace tres años obteniéndose de dejarme verla los días correspondientes al acuerdo de divorcio al que se llegó.

V. El ultimo día que la vi fue el día 13 de Diciembre de 2013 la cual iba por la calle con una bolsa de mandado y platicamos por un periodo de tiempo de 10 minutos en lo cual pude percatarme que tenía moretones en ambas manos y brazo en ese momento dentro de esos 20 minutos la lleve al médico el cual me expidió un documento para certificarle a usted su señoría y así mismo la cual anexo a este ocurso

VI. La menor de edad Alejandra Bonilla herrera manifestó que se abstiene de vivir con el demandado Alejandro Bonilla Jiménez y a solicitud de la menor me encuentro ante usted

VII. Por todo lo anterior, me veo en la necesidad de traerme a vivir con migo en Atizapán de Zaragoza a mi menor hijo, a fin de alejarlo del peligro que es y representa su padre, sin embargo, ha ocasionado el enojo y molestia del Señor ALEJANDRO Bonilla Jiménez amenazándome de forma verbal en sus cinco sentidos y en estado etílico, que si me atrevo a llevármelo va a ir a mi domicilio para quitarme a mi menor hijo y llevárselo consigo, por lo que me veo en la necesidad de solicitar de forma respetuosa a su Señoría decrete la GUARDA Y CUSTODIA DEFINITIVA DE MI MENOR HIJA Alejandra Bonilla Herrera A FAVOR DE LA SUSCRITA y condene al demandado a la PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD SOBRE EL MENOR, por ser lo procedente conforme a derecho.

DERECHO

I. Al fondo son aplicables los artículos disponibles contenidos en los artículos 4.223 y 4.224 y demás relativos y aplicables al Código Civil del Estado de México

II. Determinan el procedimiento los artículos 2.59,2.64,2.62 demás relativos y aplicables al código de Procedimientos Civiles del Estado de México

III. Rigen la competencia los artículos 1.28,

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