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Poder Pleitos Y Cobranzas


Enviado por   •  4 de Mayo de 2014  •  1.634 Palabras (7 Páginas)  •  482 Visitas

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--- INSTRUMENTO: NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PFC

--- TOMO : VEINTINUEVE

--- LIBRO : SEIS

--- En Bucerías, Bahía de Banderas, Nayarit, a 21 veintiuno de marzo de 2014 dos mil catorce, Yo, Adán Meza Barajas, titular de la notaria veintinueve de la primera demarcación notarial del Estado, hago constar:

--- Poder General Judicial para Pleitos y Cobranzas Limitado, que otorga “Ingeniería Desarrollos y Construcciones”, Sociedad Anónima de Capital Variable, representada por su Administrador Único, el señor Javier Ramos Contreras, de conformidad con las siguientes:

----------------------- C L Á U S U L A S

--- ÚNICA.- “Ingeniería Desarrollos y Construcciones”, Sociedad Anónima de Capital Variable, representada por su Administrador Único, el señor Javier Ramos Contreras, otorga a favor de los señores Guillermo Lage González y Jonathan Francisco Alonso de Rubín, Poder General Judicial para Pleitos y Cobranzas Limitado, para que lo ejerciten, conjunta o separadamente, en todo lo que se refiera y se relacione con la obtención de los billetes de depósito que a continuación se señalan, lo cual incluye, de manera enunciativa más no limitativa, la representación ante cualquier autoridad gubernamental, administrativa y judicial para obtener además el cobro en efectivo de:

--- 1.- Billete de Depósito adquirido por Elsa María Gracia Anguiano Díaz, bajo el recibo oficial número 30817550 tres, cero, ocho, uno, siete, cinco, , cinco, cero, con fecha 17 diecisiete de noviembre del 2010 dos mil diez, expedido por la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco, valioso por la cantidad de $430,000.00 cuatrocientos treinta mil pesos moneda nacional, por el concepto que en dicho documento se indica, siendo beneficiario “Ingeniería, Desarrollos y Construcciones”, Sociedad Anónima de Capital Variable.

--- 2.- Billete de Depósito adquirido por Elsa María Gracia Anguiano Díaz, bajo el recibo oficial número 30880708 tres, cero, ocho, ocho, cero, siete, cero, ocho, con fecha 25 veinticinco de noviembre del 2010 dos mil diez, expedido por la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco, valioso por la cantidad de $50,000.00 cincuenta mil pesos moneda nacional, por el concepto que en dicho documento se indica, siendo beneficiario “Ingeniería, Desarrollos y Construcciones”, Sociedad Anónima de Capital Variable.

--- Este poder es limitado en cuanto a su objeto, pero general en cuanto a sus facultades, por lo que los apoderados quedan investidos de las siguientes:

--- A.- Poder General para Pleitos y Cobranzas, con todas las facultades generales y aun las especiales que de acuerdo con la ley requieran poder o cláusula especial, en términos del primer párrafo de los artículos 2554 dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil Federal, así como del Código Civil del Distrito Federal y 1926 mil novecientos veintiséis del Código Civil para el Estado de Nayarit; 1959 mil novecientos cincuenta y nueve del mismo Código Estatal y sus correlativos en los demás Códigos Civiles de todos los Estados que integran la Federación.

--- De manera enunciativa y no limitativa, se mencionan entre otras facultades, las siguientes:

--- I.- Para intentar y desistirse de toda clase de procedimientos, inclusive el juicio de amparo;

--- II.- Para transigir;

--- III.- Para comprometer en árbitros;

--- IV.- Para absolver y articular posiciones;

--- V.- Para recibir pagos en nombre de la poderdante;

--- VI.- Para presentar, ratificar denuncias y querellas en materia penal y para desistirse de ellas cuando lo permita la Ley, facultados para interponer y formular formal querella en contra de quien o quienes resulten responsables, por el delito o delitos que resulten, cometidos en agravio de la poderdante.

--- Este poder se ejercitará ante las autoridades judiciales conjuntamente con quien tenga título profesional de Licenciado en Derecho.

--------------- EXISTENCIA LEGAL Y REPRESENTACIÓN -----------------

--- I).- Declara el señor Javier Ramos Contreras, que acredita la existencia legal de su representada “Ingeniería Desarrollos y Construcciones”, Sociedad Anónima de Capital Variable, misma que está legalmente capacitada para la celebración de éste acto, y que la representación que ostenta no le ha sido revocada, limitada, ni en forma alguna modificada, y lo acredita como sigue:

--- 1.- Mediante primer testimonio de la escritura número 61,150 sesenta y un mil ciento cincuenta de fecha 08 ocho de junio de 1995 mil novecientos noventa y cinco, otorgada ante la fe del licenciado Carlos Hermosillo Pérez, notario público número cuarenta y cuatro, con residencia en la ciudad de México, Distrito Federal, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de dicha ciudad, el día diez de julio del mismo año, bajo folio mercantil número 200025, se hizo constar la constitución de “Ingeniería Desarrollos y Construcciones”, Sociedad Anónima de Capital Variable, con duración de noventa y nueve años, domicilio en la ciudad de México, Distrito Federal, de nacionalidad mexicana, con cláusula de admisión de extranjeros, con capital social mínimo de doscientos mil nuevos pesos moneda nacional, siendo el máximo ilimitado, y, teniendo por objeto, entre otros, la realización

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