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PODER PLEITOS Y COBRANZAS Y ACTOS DE ADMINSTRACION


Enviado por   •  27 de Enero de 2021  •  Trabajo  •  859 Palabras (4 Páginas)  •  121 Visitas

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PODER GENERAL

EN LA CIUDAD DE CIUDAD HIDLAGO CHIAPAS, A LOS 11 DIAS DEL MES DE ENERO DEL 2021, SE HACE CONSTAR EL PRESENTE PODER GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS, ACTOS DE ADMINSITRACION Y ACTOS ADMINISTRATIVOS, EN LOS TERMINOS DE LEY.

COMPARECE

LA SRA. MARIA DE LA CRUZ AGUIRRE CON NUMERO DE INE _______________, MAYOR DE EDAD, MEXICANADE NACIMIENTO, SOLTERA, CON DOMICILIO EN 11 AV. NORTE BARRIO 3 HERMANOS, CIUDAD HIDALGO CHIAPAS, INTERVIENE POR SÍ, Y TIENE LA CAPACIDAD LEGAL NECESARIA PARA FORMALIZAR ESTA ESCRITURA DE APODERAMIENTO Y DICE Y OTORGA:

QUE CONFIERE PODER, TAN AMPLIO, CUMPLIDO Y BASTANTE COMO EN DERECHO SE REQUIERA Y SEA NECESARIO, A FAVOR DE EL C. JUAN MORALES AGUIRRE, MAYOR DE EDAD, MEXICANO DE NACIMIENTO, SOLTERO, CON DOMICILIO EN _____________________, SIN PERJUICIO DE QUE EL APODERADO OSTENTE AL MISMO TIEMPO SU PROPIA REPRESENTACIÓN, AUN CUANDO TENGA INTERÉS OPUESTO AL DEL PODERDANTE O INCIDA EN AUTOCONTRATACIÓN POR CUALQUIER MOTIVO, INCLUSO POR MÚLTIPLE REPRESENTACIÓN, PARA QUE EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL PODERDANTE, Y CON RELACIÓN A TODA CLASE DE BIENES, EJERCITE LAS SIGUIENTES:

FACULTADES

PRIMERO. LA C. MARIA DE LA CRUZ AGUIRRE POR MEDIO DE ESTE INSTRUMENTO CONFIERE A FAVOR DEL C. JUAN MORALES AGUIRRE, PODER GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS, ACTOS DE ADMINISTRACIÓN Y ACTOS ADMINISTRATIVOS, PARA QUE CON TODAS LAS FACULTADES GENERALES Y LAS ESPECIALES QUE REQUIERAN CLÁUSULA ESPECIAL CONFORME LA LEY, LA REPRESENTE, EN LOS TÉRMINOS DE LOS TRES PRIMEROS PÁRRAFOS DEL ARTÍCULO 2528 DEL CÓDIGO CIVIL VIGENTE DEL ESTADO DE CHIAPAS Y SUS CORRELATIVOS DE TODOS LOS CÓDIGOS CIVILES QUE RIGEN A LA REPÚBLICA MEXICANA.

SEGUNDO.- EL PRESENTE MANDATO SE CONFIERE AMPLIO CUMPLIDO Y BASTANTE EN CUANTO A DERECHOS SE REQUIERA Y  SEA NECESARIO PARA QUE EL APODERADO PUEDA EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE SU PODERDANTE COMPARECER ANTE TODA CLASE DE AUTORIDADES CIVILES, PENALES, FISCALES, ADMINISTRATIVAS Y DEL TRABAJO, TANTO DEL ORDEN COMÚN COMO DEL FUERO FEDERAL, PARA QUE PRESENTE DEMANDAS Y QUERELLAS, LAS CONTESTE, RECONVENGA, ASISTA A TODA CLASE DE DILIGENCIAS, PRESENTE PRUEBAS, ARTICULE Y ABSUELVA POSICIONES, AUN LAS PERSONALES, RECONOZCA FIRMAS, INTERPONGA TODA CLASE DE RECURSOS, PROMUEVA JUICIOS DE AMPARO Y SE DESISTA DE LOS MISMOS, OTORGUE PERDÓN, EXIJA EL PAGO DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL Y LA REPARACIÓN DEL DAÑO, SE CONSTITUYA EN COADYUVANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO, CÉLEBRE TRANSACCIONES, Y EN FIN, EJECUTE TODAS LAS ACCIONES EN DEFENSA DE LOS INTERESES DE SU PODERDANTE.

TERCERA. - EL APODERADO PODRÁ EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE SU PODERDANTE REALIZAR TODO TIPO DE TRÁMITES ADMINISTRATIVOS Y DE ADMINISTRACIÓN, ANTE LAS DEPENDECIAS DE GOBIERNO FEDERAL ESTATAL Y MUNICIPAL ASÍ TAMBIÉN COMO EN ORGANISMOS Y DEPENDENCIAS DEL SECTOR PRIVADO, EN ESPECIAL, PARA QUE REALIZAS A SU NOMBRE CUALQUIER TRÁMITE DE LAS SECRETARÍAS DE GOBIERNO DEL ESTADO, QUEDANDO AUTORIZADO ADEMÁS PARA FIRMAR, TRAMITAR Y RECIBIR TODO TIPO DE DOCUMENTACION Y PAGOS QUE LE HAGAN A LA PODERDANTE,  LO ANTERIOR CON FUNDAMENTO EN LA FRACCIÓN SEGUNDA DEL ARTÍCULO 2528 DEL CÓDIGO CIVIL VIGENTE EN EL ESTADO DE CHIAPAS.

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