Presentación de tipos de proyectos inmobiliarios
Enviado por 51409679858 • 8 de Septiembre de 2018 • Informe • 4.422 Palabras (18 Páginas) • 142 Visitas
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CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA
Señor Notario:
Sírvase extender en su Registro de Escrituras Pública, una en la que conste el presente Contrato de Opción de Compra que celebran de una parte:
- CPS PERÚ S.A.C., con RUC N° XXXXXXXXXX, con domicilio en xxxxx, distrito de xxx, provincia y departamento de Lima, debidamente representada por su xxxx, el señor xxxxxx, identificado con xxx N° xx0078xx, según poderes inscritos en la Partida Electrónica N° xxxxxx del Registro de Personas Jurídicas de Lima, a quien en adelante se le denominará como PROMITENTE VENDEDOR, y de la otra parte,
- PROTECTA S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS, con RUC No. 20517207331, con domicilio en Av. Domingo Orué N° 165, piso 8, distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima, debidamente representada en este acto por su Presidente de Directorio, señor Alfredo Juan Jochamowitz Stafford, identificado con DNI N° 29266233 y por su Gerente de Inversiones, Sr. Juan Luis Valdiviezo Trelles, identificado con DNI Nº 02868232, ambos con poderes inscritos en la Partida Electrónica Nº 12067242 del Registro de Personas Jurídicas de Lima, en adelante el OPTANTE.
En los términos y condiciones siguientes:
PRIMERO: ANTECEDENTES
- El PROMITENTE VENDEDOR declara ser propietario de los siguientes inmuebles:
- Inmueble ubicado en Torre Link Tower, Avenida Manuel Olguín 335, Oficina 104, 1° piso, Monterrico, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, cuya área, linderos y medidas perimétricas constan inscritas en la partida N° 13255026 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima, y
- Estacionamientos 15 y 16 ubicados en el sótano 1 y estacionamientos 229, 230, 231, 232, 233, 234, 235 y 236 ubicados en el sótano 4 del edificio Link Tower, en adelante conjuntamente serán denomínanos “LOS INMUEBLES”.
- El PROMITENTE VENDEDOR declara que mantiene una relación de leasing con el BBVA BANCO CONTINENTAL, en virtud del contrato de arrendamiento financiero suscrito el 24 de junio de 2015 ante Notaria Pública de Lima, Dra. Clara Carnero Avalos.
- EL PROMITENTE VENDEDOR declara que mantienen un contrato de subarrendamiento con el Banco de Crédito del Perú de fecha 23 de mayo de 2013, suscrito ante Notario Público de Lima Dr. Gustavo Correa Miller.
- El OPTANTE es una empresa de seguros y reaseguros, debidamente autorizada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (en adelante LA SBS), para realizar operaciones y contratos de seguros, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y sus modificatorias, que busca adquirir LOS INMUEBLES para obtener un beneficio económico de éste arrendándolo.
- El OPTANTE, tiene la intención de adquirir LOS INMUEBLES descritos en el numeral 1.1, para obtener el beneficio económico que produce su arrendamiento.
- Por el presente documento EL OPTANTE manifiesta su interés en adquirir en propiedad LOS INMUEBLES debidamente saneados, libres de cargas y gravámenes, y con el uso adecuado para el desarrollo de sus actividades, conforme lo establecido en el presente documento.
SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO
- Del Contrato Preparatorio: El PROMITENTE VENDEDOR se obliga de manera irrevocable a celebrar en el futuro un Contrato de Compraventa, incluyendo las formalidades de suscripción de Minuta y Escritura Pública, en virtud del cual otorgan en venta real y enajenación perpetua a favor del OPTANTE, LOS INMUEBLES señalados en el numeral 1.1 anterior, por el precio de US$ 1’450,000.00 (Un millón cuatrocientos cincuenta mil y 00/100 Dólares Americanos).
- EL OPTANTE tiene la facultad de optar por la compra de LOS INMUEBLES durante el plazo que se establece en el presente Contrato, en cuyo caso EL PROMITENTE VENDEDOR deberá suscribir los documentos de transferencia de propiedad correspondientes. En contraparte, y en caso transcurra el plazo pactado en el presente contrato, sin que el OPTANTE haya hecho efectiva su opción, el PROMITENTE VENDEDOR tiene expedito su derecho de ofrecer LOS INMUEBLES a terceros.
- Condiciones Suspensivas: Durante el plazo del presente contrato, ambas partes se encuentran obligadas al cumplimiento de los compromisos que a continuación son señalados, debiendo para tal efecto informar a la contraparte sobre su cumplimiento mediante una carta simple o correo electrónico:
- Opción preferente del Banco de Crédito del Perú (en adelante BCP): EL PROMITENTE VENDEDOR declara que mantienen un contrato de subarrendamiento con el Banco de Crédito del Perú en virtud del cual deben respetar la opción preferente de compra que mantienen la mencionada entidad bancaria hasta por un plazo de 90 días según lo señalado en la Cláusula de “obligaciones de la subarrendadora” en el numeral 3.5. En tal sentido es preciso que el BCP declare su negativa a usar dicha opción preferente o que en su defecto transcurra el plazo establecido en el contrato.
- Autorización del BBVA Banco Continental: en su calidad de Titular Registral y en virtud del contrato de leasing descrito en el numeral 1.2 de la Cláusula Primera, El BBVA Banco Continental deberá prestar su consentimiento y debida autorización a EL PROMITENTE VENDEDOR. Documento que deberá ser obtenido por escrito.
- Inmueble libre de cargas y/o gravámenes: EL PROMITENTE VENDEDOR deberá entregar un Certificado Negativo de Cargas y Gravámenes de LOS INMUEBLES, en caso existiese alguna carga o gravamen en la partida de LOS INMUEBLES EL PROMITENTE VENDEDOR procederá a su costo a levantarlo.
TERCERO: PLAZO DEL CONTRATO PREPARATORIO
- Ambas partes declaran que el plazo del presente Contrato será desde la fecha de suscripción del presente documento hasta el 31 de marzo de 2017. Durante dicho plazo o sus prórrogas, EL PROMITENTE VENDEDOR se obliga a no ofrecer ni transferir LOS INMUEBLES a terceros.
- Excepcionalmente, aun cuando no se haya cumplido con las Condiciones expuestas en el numeral 2.3.3 anterior, EL OPTANTE se reserva el derecho de ejercer la opción de adquirir LOS INMUEBLES en propiedad, conforme a los términos y condiciones pactados en el presente documento. Para tal efecto, El OPTANTE deberá enviar una carta notarial a EL PROMITENTE VENDEDOR dándole a conocer su posición, ante lo cual ambas partes deberán suscribir el contrato de compraventa definitiva de LOS INMUEBLES, dentro del término de diez (10) días hábiles de recibida la mencionada carta notarial, utilizando para ello el texto que debidamente suscrito por las partes en señal de conformidad, formará parte integrante del presente documento como Anexo A “Texto de la Minuta de Compraventa”, la misma que en adelante y para efectos del presente documento será denominada como la “Minuta”. Por su parte la escritura pública deberá ser otorgada por EL PROMITENTE VENDEDOR una vez cumplidos los términos y condiciones previstos para ello en la propia Minuta.
- En este punto y para los efectos de lo previsto en el artículo 1415° del Código Civil, las partes dejan expresa constancia que los elementos y condiciones del contrato definitivo de compraventa acordados son aquellos que se encuentran en el Anexo señalado anteriormente (la Minuta).
CUARTO: FORMA DE PAGO
El precio de LOS INMUEBLES queda convenido en de US$ 1’450,000.00 (Un millón cuatrocientos cincuenta mil y 00/100 Dólares Americanos) el cual será pagado de la manera siguiente:
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